CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A Consejero ponente: JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ Bogotá D.C., veintidós (22) de mayo de dos mil veinticuatro (2024) 1. Por cumplir lo establecido en el artículo 213 del CCA, modificado por el artículo 68 de la Ley 1395 de 2010, y reunir los demás requisitos legales, se ADMITEN los recursos de apelación oportunamente interpuestos por la parte demandante1 y la sociedad Energía para el Amazonas S.A. E.S.P2, contra el auto del 6 de octubre de 2023, proferido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección C, a través del cual se dio apertura al trámite probatorio del litisconsorte necesario por pasiva, se negó el decreto de algunas pruebas y se corrió traslado para alegar de conclusión. 2.
Por Secretaría de Sección, DEJAR a disposición de las partes, durante tres (3) días, los memoriales que sustentan los recursos de apelación. 3. Para efectos de notificación, téngase en cuenta la información que se encuentre registrada en la Secretaría de la Sección Tercera de esta Corporación.
NOTIFÍQUESE por estado electrónico esta providencia a las partes, en atención a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 2213 de 2022 y, personalmente al representante del Ministerio Público. FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ Nota: se deja constancia de que esta providencia fue aprobada en la fecha de su encabezado y que se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar la integridad y autenticidad del presente documento en el link https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8080/Vistas/documentos/evalidador.
Igualmente puede acceder al aplicativo de validación escaneando con su teléfono celular el código QR que aparece a la derecha. Se recuerda que, con la finalidad de tener acceso al expediente, los abogados tienen la responsabilidad de registrarse en el sistema Samai. VF 1 Visible a índice 214 del aplicativo Samai del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. 2 Visible a índice 213 del aplicativo Samai del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
Radicación: 25000-23-26-000-2010-00597-01 (71.134) Demandante: Mauricio Salazar Sierra, Importadora y Distribuidora de Colombia Ltda. y otros Demandado: Nación - Ministerio de Minas y Energía Referencia: Nulidad y restablecimiento del derecho