Radicado: 11001-03-15-000-2023-05614-00 Demandante: Diego Fernando Ortiz y otros 1 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 6013506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERA PONENTE: MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO Bogotá, tres (3) de octubre de dos mil veintitrés (2023) Referencia Acción de tutela Radicado 11001-03-15-000-2023-05614-00 Demandante DIEGO FERNANDO ORTIZ Y OTROS Demandado TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE NARIÑO Y OTRO ASUNTO AUTO QUE ADMITE DEMANDA DE TUTELA Por reunir los requisitos legales el despacho dispone: 1.
Admitir la demanda presentada por Diego Fernando Ortiz, María Inés Ortiz, Libardo Leonel Córdoba Ortiz, Edier Duván Córdoba Ortiz, Rubi Natalia Córdoba Ortiz y Luz Silvana Córdoba Ortiz, quienes actúan a través de apoderado judicial, contra el Tribunal Administrativo de Nariño y el Juzgado Cuarto (4) Administrativo de Pasto. 2. En calidad de parte demandada, notificar al Tribunal Administrativo de Nariño y el Juzgado Cuarto (4) Administrativo de Pasto, entregándoles copia de la demanda y de los anexos. 3.
En calidad de tercero, notificar a la Nación, Rama Judicial, Dirección Ejecutiva de Administración Judicial de Nariño, a la Fiscalía General de la Nación, quienes actuaron como demandados en el proceso de reparación directa; a los señores Luis Alberto Rodríguez Ortiz, Dylan Andrey Rodríguez Becerra, Oscar Darío Córdoba Ortiz, Stefani Tatiana Córdoba, quienes actuaron como demandantes en dicho proceso y a los demás demandantes, demandados y terceros que actuaron dentro del proceso Nro. 52001-33-33- 004-2017-00209-00/01, entregándoles copia de la demanda y de los anexos. 1.
Oficiar al Juzgado Cuarto (4) Administrativo de Pasto, para que, notifique a los señores Luis Alberto Rodríguez Ortiz, Dylan Andrey Rodríguez Becerra, Oscar Darío Córdoba Ortiz, Stefani Tatiana Córdoba y a lo demás demandantes, demandados y terceros con interés que actúen en el proceso Nro. 52001-33-33-004-2017-00209-00/01. Para tal efecto, remítaseles copia de la acción, de los anexos y de esta providencia, para que, en el término de dos (2) días y por el medio más expedito, ejerzan su derecho de defensa siempre que lo consideren pertinente y necesario.
Una vez realizado este trámite, el Juzgado deberá remitir constancia de dicha notificación efectuada en debida forma. 4. Oficiar al Juzgado Cuarto (4) Administrativo de Pasto, para que, remita en medio digital y en el término de dos (2) días copia del expediente Nro. 52001- 33-33-004-2017-00209-00/01. 5. Notificar el presente auto a las partes y a los terceros vinculados.
Para tal efecto, remítaseles copia de la acción, de los anexos y de esta providencia, Radicado: 11001-03-15-000-2023-05614-00 Demandante: Diego Fernando Ortiz y otros 2 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 6013506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co para que, en el término de dos (2) días y por el medio más expedito, ejerzan su derecho de defensa siempre que lo consideren pertinente y necesario. 6.
Tener como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos aportados con la demanda. 7. Reconocer al abogado Andrés Felipe Castillo Rosero como apoderado de la parte demandante, en los términos del poder conferido (Samai, índice 2). Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente) MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO