Micelio
11001032600020140006800Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Aclaración voto2014-06-06

Radicación interna: 51258 · LEY 1437 EXTENSION DE JURISPRUDENCIA

Ponente: Fredy Hernando Ibarra Martinez

Actor: Maria Edilia Lemus De Ramirez·Demandado: Nacion - Rama Judicial Consejo Superior De La Judicatura Y Otro, La Nacion - Fiscalia General De La Nacion - Otros

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado Ponente: Fredy Ibarra Martínez Radicado: 11001-03-26-000-2014-00068-00 (51.258) Demandante: María Edilia Lemus de Ramírez y otros Demandados: Nación- Rama Judicial y otro Referencia: Recurso extraordinario de Extensión de Jurisprudencia – Ley 1437 de 2011 Aclaración de voto de Alberto Montaña Plata En la decisión adoptada por la Sala, se niega la solicitud de extensión de jurisprudencia presentada por la parte demandante habida consideración de que: 1) la sentencia de unificación de 28 de agosto de 2013, no unificó el régimen de responsabilidad en los casos de privación de la libertad; 2) las circunstancias fácticas entre esta última decisión y la privación de la señora María Edilia Lemus Ramírez son diferentes; 3) la SU de 28 de agosto de 2013, no se encuentra vigente y 4) la solicitud de extensión de jurisprudencia sólo cabe para casos en los cuales la entidad (a quien se hizo la solicitud) tiene competencia para reconocer directamente lo que se está pidiendo.

Comparto la decisión adoptada por la Sala de negar la solicitud de extensión de jurisprudencia, sin embargo, no comparto que para ello fueran utilizados los primeros 3 argumentos expuestos en el párrafo anterior, primero, porque conllevan a un estudio del fondo del asunto, y, segundo, porque dicho análisis era innecesario si se tiene en cuenta que la solicitud, de entrada, era improcedente, pues, el reconocimiento de daños causados por hechos y omisiones se excluyen del ámbito de competencia de la autoridad administrativa a través del mecanismo de extensión de la jurisprudencia. Firmado electrónicamente ALBERTO MONTAÑA PLATA Magistrado