Micelio
11001031500020220047600Consejo de Estado · Sección Segunda (Subsección B)Auto interlocutorio2022-01-19

Radicación interna: 591 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Carmelo Perdomo Cueter

Actor: Jaime Laguado Duarte·Demandado: Comision Nacional De Disciplina Judicial

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA SUBSECCIÓN B Consejero sustanciador: Carmelo Perdomo Cuéter Bogotá, D. C., veinticuatro (24) de enero de dos mil veintidós (2022) Acción: Tutela Expediente: 11001-03-15-000-2022-00476-00 Actor: Jaime Laguado Duarte Accionados: Magistrados de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial Actuación: Admite tutela Mediante la acción de la referencia, el señor Jaime Laguado Duarte, quien actúa en nombre propio, demanda el amparo de sus derechos constitucionales fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia y buen nombre, presuntamente quebrantados por los señores magistrados de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial.

Comoquiera que la presente acción alcanza a satisfacer los requisitos básicos previstos en el artículo 14 del Decreto ley 2591 de 1991, se procederá a su admisión y se ordenará notificar esta decisión a las partes por el medio más expedito y eficaz. Por tanto, se requerirá de las autoridades accionadas rendir el informe necesario para el esclarecimiento de los hechos narrados por el tutelante y allegar la documentación que repose en sus archivos relacionada con estos.

Asimismo, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 13 del Decreto 2591 de 1991, se dispondrá vincular al señor Mario Enrique Loturco, toda vez que fue el disciplinado en el asunto dentro del que se dictó la providencia que aquí se cuestiona. Por último, se solicitará, a través de secretaría general, de la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Norte de Santander y Arauca copia del expediente disciplinario 54001-11-02-000-2017-00408-001, que deberá ser enviada en medio magnético al correo electrónico secgeneral@consejodeestado.gov.co, habilitado por esta Corporación para tal propósito. 1 Según lo verificado en la página electrónica de la Rama Judicial (http://procesos.ramajudicial.gov.co/consultaprocesos).

Expediente: 11001-03-15-000-2022-00476-00 Jaime Laguado Duarte contra los señores magistrados de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial 2 En consecuencia, se DISPONE: 1º. Admítese la acción de tutela instaurada por el señor Jaime Laguado Duarte contra los señores magistrados de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial. 2º.

Por secretaría general, a través del medio más eficaz, notifíquese la decisión adoptada mediante este proveído a las autoridades demandadas, para que en el término de dos (2) días se pronuncien acerca de la presente acción. Igualmente y por el medio más expedito y eficaz, infórmese al tutelante sobre la admisión de este trámite. 3º.

Requiérese de las autoridades accionadas informen a este despacho sobre el conocimiento que tengan de los hechos planteados por el actor y remitan la documentación que repose en sus archivos relacionada con estos. Para tal efecto se concede el término de dos (2) días contados desde el recibo de la respectiva comunicación, previa la notificación ordenada. 4º.

Vincúlase a este asunto constitucional al señor Mario Enrique Loturco y désele a conocer la interposición de esta acción, para cuyo efecto se deberá adjuntar copia de su texto, con el propósito de que se pronuncie en el lapso de dos (2) días sobre el conocimiento que tenga de los hechos planteados por el demandante. 5º. Solicítese, a través de secretaría general, con carácter URGENTE de la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Norte de Santander y Arauca copia del expediente disciplinario 54001-11-02-000-2017-00408-00, que deberá ser enviada en medio magnético al correo electrónico secgeneral@consejodeestado.gov.co, e indíquesele que de no tenerlo en su poder dé traslado de este requerimiento a la corporación o despacho correspondiente.

Notifíquese y cúmplase, Firmado electrónicamente CARMELO PERDOMO CUÉTER