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11001031500020220494300Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección C)Auto interlocutorio2022-09-14

Radicación interna: 7972 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Jaime Enrique Rodríguez Navas

Actor: Margarita Maria Botero Arango·Demandado: Consejo De Estado-Sección Segunda-Subsección A-Sala De Conjueces

CONSEJERO PONENTE: JAIME ENRIQUE RODRÍGUEZ NAVAS Bogotá D.C., dieciséis (16) de septiembre de dos mil veintidós (2022) Radicado número: 11001-03-15-000-2022-04943-00 Accionante: Margarita María Botero Arango Accionado: Consejo de Estado-Sección Segunda-Subsección A-Sala de Conjueces Referencia: Acción de tutela AUTO ADMISORIO Margarita María Botero Arango, solicitó el amparo de su derecho fundamental de petición, que consideró vulnerado por la Sala de Conjueces de la Subsección A de la Sección Segunda del Consejo de Estado con ocasión a la falta de resolución de una solicitud que presentó, el 18 de febrero de 2022, al interior del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho con número radicado 76001-23-33-000-2013-00320-02.

El anterior proceso fue iniciado por Felipe Santiago Restrepo Posada (quien cedió sus derechos a Margarita María Botero Arango), en contra de la Nación-Rama Judicial-Dirección Ejecutiva de Administración Judicial. En consecuencia, el Despacho, al encontrar reunidos los requisitos previstos en el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991 y por tener competencia para conocer de la presente acción de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Constitución Política y en el referido decreto,

RESUELVE

PRIMERO: ADMITIR la solicitud de amparo instaurada por Margarita María Botero Arango, en contra de la Sala de Conjueces de la Subsección A de la Sección Segunda del Consejo de Estado.

SEGUNDO: SOLICITAR a la Sala de Conjueces de la Subsección A de la Sección Segunda del Consejo de Estado que informe a este Despacho los nombres y direcciones de las personas que integran la parte demandante, la parte demandada y terceros dentro del proceso con radicado número 76001-23-33-000-2013-00320-02.

TERCERO: VINCULAR al presente trámite, como terceros interesados a la Nación-Rama Judicial-Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y a quienes hayan participado en el proceso con radicado número 76001-23-33-000-2013-00320-02, de acuerdo con el informe que se expida en virtud de la orden contenida en el numeral segundo de esta providencia.

CUARTO: NOTIFICAR el presente auto a las partes de la forma más expedita posible. Esta providencia deberá ser publicada en las páginas web del Consejo de Estado y de la Rama Judicial. La Secretaría General solamente devolverá el expediente al Despacho, una vez se haya efectivamente notificado a los sujetos procesales.

QUINTO: COMUNICAR a las partes que podrán presentar informes sobre los hechos en que se sustenta la presente acción, en el término de tres (3) días contados a partir del recibo de la notificación. Estos se considerarán rendidos bajo juramento (artículos 19 y 20 del Decreto 2591 de 1991).

SEXTO: OFICIAR a la Sala de Conjueces de la Subsección A de la Sección Segunda del Consejo de Estado para que allegue, por cualquier medio, a este despacho el expediente radicado número 76001-23-33-000-2013-00320-02 en el término de tres (3) días contados a partir de la notificación de la presente providencia.

SÉPTIMO: SUSPENDER los términos de la presente acción constitucional hasta tanto se dé cumplimiento a las órdenes impartidas en esta providencia y el expediente regrese al Despacho desde la Secretaría General. Notifíquese y Cúmplase, JAIME ENRIQUE RODRÍGUEZ NAVAS Magistrado