Micelio
11001031500020230186700Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección A)Auto interlocutorio2023-04-17

Radicación interna: 2918 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Jose Roberto Sachica Mendez

Actor: Javier Alberto Gomez Agudelo·Demandado: Tribunal Administrativo De Cundinamarca Seccion Segunda Subseccion E

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A Consejero Ponente: JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ Bogotá D.C., veintiuno (21) de abril de dos mil veintitrés (2023) Radicación: 11001-03-15-000-2023-01867-00 Accionante: Javier Alberto Gómez Agudelo Accionado: Tribunal Administrativo de Cundinamarca – Sección Segunda – Subsección “E” Referencia: Acción de tutela – Admisión Javier Alberto Gómez Agudelo instauró demanda de tutela contra la Sección Segunda, Subsección “E” del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, con el fin de obtener la protección de sus derechos fundamentales a la igualdad, trabajo, debido proceso, igualdad y acceso a la administración de justicia. Considera que tales prerrogativas fueron vulneradas por la autoridad accionada al proferir la sentencia del 30 de septiembre de 2022, al interior del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho1 que promovió el actor contra la Nación – Consejo Superior de la Carrera Notarial – Superintendencia de Notariado y Registro y la Universidad Nacional de Colombia.

Por reunir los requisitos legales, el Despacho: R E S U E L V E PRIMERO: ADMITIR la demanda.

SEGUNDO: VINCULAR a la Nación – Consejo Superior de la Carrera Notarial, a la Superintendencia de Notariado y Registro y a la Universidad Nacional de Colombia, en calidad de terceros interesados.

TERCERO: DECRETAR como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la demanda.

CUARTO: REQUERIR al Juzgado Trece Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá para que remita, en medio magnético, copia del expediente identificado con el radicado número 11001-33-35-013-2017-00037-00/01.

QUINTO: NOTIFICAR la presente decisión a la Sección Segunda, Subsección “E” del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, a la Nación - Consejo Superior de la Carrera Notarial, a la Superintendencia de Notariado y Registro y a la Universidad Nacional de Colombia. Para tal efecto, la Secretaría General de la Corporación remitirá en la forma indicada, a las respectivas direcciones de correo electrónico, 1 Identificado con número de radicado 11001-33-35-013-2017-00037-01.

Radicación: 11001-03-15-000-2023-01867-00 Accionante: Javier Alberto Gómez Agudelo Accionado: Tribunal Administrativo de Cundinamarca – Sección Segunda – Subsección “E” Referencia: Acción de tutela – Admisión 2 copia de la demanda junto con sus anexos, así como de esta providencia. Lo anterior, para que, en el término de dos (2) días, la autoridad accionada rinda informe sobre los hechos objeto de la solicitud de amparo y los terceros con interés hagan uso de sus derechos de contradicción y defensa.

SEXTO: NOTIFICAR la presente decisión a la parte demandante por correo electrónico.

SÉPTIMO: COMUNICAR la presente decisión a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado para que, si lo considera pertinente, dentro del marco de las competencias a ella asignadas, intervenga en el presente asunto.

NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE, FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE2 JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ Nota: se deja constancia de que esta providencia fue aprobada en la fecha de su encabezado y que se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI del Consejo de Estado, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar su integridad y autenticidad en el enlace https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador.

Igualmente puede acceder al aplicativo de validación escaneando con su teléfono celular el código QR que aparece a la derecha. Se recuerda que, con la finalidad de tener acceso al expediente, los abogados tienen la responsabilidad de registrarse en el sistema Samai. 2 VF