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11001031500020250183301Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Aclaración voto2025-06-11

Radicación interna: 5554 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Fredy Hernando Ibarra Martínez

Actor: Jose Raul Rodriguez Jimenez·Demandado: Tribunal Administrativo Del Atlantico

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2025-01833-01 Accionante: José Raúl Rodríguez Jiménez Accionado: Tribunal Administrativo de Atlántico Aclaración de voto de Alberto Montaña Plata Expongo los motivos que me llevan a aclarar el voto en la decisión proferida en el caso de la referencia, en la cual, mediante Sentencia de 20 de junio de 2025, se revocó la sentencia impugnada y, en su lugar, se negó el amparo invocado, después de sostener que: 1) el Tribunal Administrativo de Atlántico no incurrió en una mora injustificada respecto de la solicitud de 24 de octubre de 2024 de apertura de incidente de desacato, porque no se aportó constancia de su radicación, y 2) no se vulneró el derecho de petición, debido a que la petición de 27 de febrero de 2025, en la que se solicitó un pronunciamiento sobre la solicitud de 24 de octubre de 2024, en realidad, era un memorial de impulso procesal.

Debo decir que, aunque estoy de acuerdo con lo anterior, me aparto del exhorto efectuado al Juzgado 3 Administrativo de Barranquilla, comoquiera que, tal y como se indicó en la decisión, contra aquel no se formuló ninguna pretensión ni se alegó una mora judicial, de manera que el haber dispuesto que, en el menor tiempo posible, profiriera sentencia complementaria en el proceso con radicado No. 08001-33-33-003-2014- 00481-00/01, escapó de la solicitud de amparo.

Firmado electrónicamente ALBERTO MONTAÑA PLATA