CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado Ponente: MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Bogotá D.C., tres (3) de mayo de dos mil veintitrés (2023) Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2023-02119-00 Accionante: Rafael Bohórquez Contreras Accionados: Administradora Colombiana de Pensiones Colpensiones Tema: Acción de tutela contra actos administrativos / Se remite por competencia. AUTO Rafael Bohórquez Contreras interpuso –a través de apoderada judicial– una acción de tutela contra la Administradora Colombiana de Pensiones Colpensiones, para obtener el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso, seguridad social, Igualdad, mínimo vital y vida digna, pues, a juicio del actor, la autoridad accionada mediante la Resolución SUB 54478 del 24 febrero de 2022 no tuvo en cuenta todas sus semanas de cotización para efectos de la reliquidación de la pensión de vejez.
De conformidad con el artículo 1.2 del Decreto 333 de 2021: <<Las acciones de tutela que se interpongan contra cualquier autoridad, organismo o entidad pública del orden nacional serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia, a los Jueces del Circuito o con igual categoría>>. En ese orden de ideas, la competencia para conocer de este asunto no es del Consejo de Estado.
En mérito de lo expuesto, el Despacho
RESUELVE
PRIMERO. Por la Secretaría General de esta Corporación REMÍTASELE, a la mayor brevedad posible, la acción de tutela presentada por Rafael Bohórquez Contreras a los Juzgados Laborales del Circuito de Bogotá, con el fin de que se adelante el trámite correspondiente.
SEGUNDO. PUBLÍQUESE la presente providencia en la página web de la Corporación.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Con firma electrónica MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Magistrado