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11001031500020230685700Consejo de Estado · Sección PrimeraAuto interlocutorio2023-11-09

Radicación interna: 10743 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Germán Eduardo Osorio Cifuentes

Actor: Genys Martin Jinete Mendoza·Demandado: Comision Nacional De Disciplina Judicial

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá, D.C., diez (10) de noviembre de dos mil veintitrés (2023) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2023-06857-00 Accionante: GENYS MARTÍN JINETE MENDOZA Asunto: Admite demanda Auto Interlocutorio Procede este Despacho a pronunciarse respecto de la admisión de la acción de tutela presentada por el señor Genys Martín Jinete Mendoza contra la providencia de 17 de octubre 2023, proferida por la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, dentro del proceso disciplinario identificado con el número único de radicación 08001-11-02-000-2021-00874-00/01, por considerar vulnerados sus derechos fundamentales al debido proceso y a la defensa.

Consideraciones del Despacho Por ajustarse a lo previsto en el artículo 14 del Decreto Ley 2591 de 19 de noviembre de 19911, se admitirá la presente acción de tutela. Asimismo, se vincularán en calidad de terceros con interés directo en las resultas del proceso al señor José Aquimín González Parra y a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Atlántico, autoridad que conoció en primera instancia el proceso disciplinario.

En mérito de lo expuesto, el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, Sala Unitaria, RESUELVE:

PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela promovida por el señor Genys Martín Jinete Mendoza contra la Comisión Nacional de Disciplina Judicial.

SEGUNDO: NOTIFICAR esta decisión a los magistrados de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial. Igualmente, se les REMITIRÁ copia de la solicitud de tutela para que rindan informe sobre el particular, dentro de los dos (2) días siguientes a la notificación de esta providencia. 1 «Por el cual se reglamenta la acción de tutela consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política». 2 Radicación: 11001-03-15-000- 2023-06857-00 Accionante: Genys Martín Jinete Mendoza TERCERO: VINCULAR al señor José Aquimín González Parra y a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Atlántico, como terceros con interés directo en las resultas del proceso y, en consecuencia, se dispone REMITIRLES copia de la solicitud de tutela, para que se pronuncien sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de este proveído.

CUARTO: Ténganse como pruebas, en cuanto fueren conducentes y por el valor que en derecho les corresponda, los documentos aportados por la parte actora con la solicitud de tutela.

QUINTO: Ofíciese a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Atlántico para que remita, en el término de la distancia y con destino al proceso de la referencia copia física o digital del expediente identificado con el número único de radicación 08001-11-02-000-2021-00874-00/01, contentivo del proceso disciplinario. Vencidos los plazos antes señalados, vuelvan las diligencias al Despacho para resolver lo pertinente.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, (Firmado electrónicamente) GERMÁN EDUARDO OSORIO CIFUENTES Consejero de Estado