Radicado: 25000-23-37-000-2017-01093-01 (28984) Demandante: Sony Colombia S.A. Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 6013506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERO PONENTE: WILSON RAMOS GIRÓN Bogotá D.C., veintiséis (26) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024) Referencia: Nulidad y restablecimiento del derecho Radicación: 25000-23-37-000-2017-01093-01 (28984) Demandante: Sony Colombia S.A. Demandada: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN Asunto: auto que resuelve manifestación de impedimento Corresponde a la Sala decidir sobre la manifestación de impedimento presentado por la consejera Myriam Stella Gutiérrez Argüello mediante escrito del 4 de septiembre de 20241, en el cual adujo estar impedida para conocer del presente asunto, por la relación de amistad íntima con la abogada Elsy Alexandra López Rodríguez, apoderada de la parte demandante.
Lo anterior, conforme con el numeral 9 del artículo 141 del Código General del Proceso, que dispone lo siguiente: Artículo 141. CAUSALES DE RECUSACIÓN. Son causales de recusación las siguientes: […] 9. Existir enemistad grave o amistad íntima entre el juez y alguna de las partes, su representante o apoderado. Como en reiteradas ocasiones lo ha indicado la Sala Plena de esta Corporación, las causales de impedimento, por ser taxativas y de aplicación restrictiva comportan una excepción al cumplimiento de la función jurisdiccional que le corresponde al juez, por lo tanto, están delimitadas por el legislador.
Por ende, no pueden extenderse o ampliarse a criterio del juez o de las partes, por cuanto la escogencia de quien la decide no es discrecional2. Conforme a lo expuesto, la Sala considera que en el presente caso los hechos alegados configuran la causal de impedimento invocada por la magistrada Myriam Stella Gutiérrez Argüello, por lo cual se declarará fundado el impedimento y se le separará del conocimiento del presente asunto.
En consecuencia, se RESUELVE 1. Declarar fundado el impedimento manifestado por la magistrada Myriam Stella Gutiérrez Argüello. En consecuencia, se le separa del conocimiento del presente asunto. 1 Samai, índice 04. 2 Consejo de Estado. Sala Plena. Auto del 23 de septiembre de 2003. Proceso. 11001-03-15-000-2003-01060-01. M.P. Jesús María Lemos Bustamante.
Radicado: 25000-23-37-000-2017-01093-01 (28984) Demandante: Sony Colombia S.A. Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 6013506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 2 2. Remitir el expediente al despacho que sigue en turno para que continúe el trámite del proceso. Notifíquese y cúmplase. Este auto se estudió y aprobó en sesión de la fecha.
(Firmado electrónicamente) STELLA JEANNETTE CARVAJAL BASTO Presidenta (Firmado electrónicamente) MILTON CHAVES GARCÍA (Firmado electrónicamente) WILSON RAMOS GIRÓN