Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado ponente: Fredy Ibarra Martínez Radicado: 08001-23-33-004-2017-00063-01 (64578) Demandante: VATIA SA ESP Demandado: Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla Referencia: Controversias contractuales Salvamento de voto de Alberto Montaña Plata Me aparto de la decisión mayoritaria porque en ella se omitió delimitar, de manera adecuada, las dos instituciones jurídicas y fuentes diversas de las obligaciones en estudio, que hicieron parte de las pretensiones: la responsabilidad patrimonial y el enriquecimiento sin causa.
Por otra parte, en el Acuerdo Distrital invocado como causa jurídica no se determinó la manera en la que se debía remunerar la liquidación y el recaudo del impuesto de alumbrado público (como sí lo hicieron las posteriores Resoluciones de la CREG). Ese acto administrativo no podía ser tomado como una causa justificada del empobrecimiento, pues allí no se estableció que la prestación debía hacerse a título gratuito o sin contraprestación alguna, como ocurrió con la expedición de la Ley 1819 de 2016.
Finalmente, en la decisión se invocaron los consabidos 3 supuestos que fueron anunciados en la SU de 19 de noviembre de 2012 (exp. 24897), como si constituyeran una lista cerrada y exclusiva de causales en las que procede la declaratoria del enriquecimiento sin causa, y se pasó por alto que la jurisprudencia del Consejo de Estado se ha apartado, de manera reiterada, y cada vez con mayor frecuencia, de una lectura restrictiva de aplicación exclusiva de supuestos1, que fueron enunciados para casos en los que se ejecutan prestaciones sin el respaldo de un contrato estatal, para las entidades cuyo régimen de contratación sea la Ley 80 de 1993, y no como una lista reducible a todos los casos en los que se produce un enriquecimiento sin causa.
Firmado electrónicamente ALBERTO MONTAÑA PLATA Magistrado 1 Cf. Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Sentencia de 6 de febrero de 2020, exp. 46361.