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11001031500020230044400Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Auto interlocutorio2023-01-31

Radicación interna: 662 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Martin Gonzalo Bermudez Muñoz

Actor: Jorge Eliecer Silva Merchan·Demandado: Presidencia De La Republica

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado Ponente: MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Bogotá D.C., tres (3) de febrero de dos mil veintitrés (2023) Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2023-00444-00 Accionante: Jorge Eliécer Silva Merchán Accionado: Presidencia de la República Tema: Acción de tutela por acción u omisión de autoridad pública / Admisión de la tutela / Cumplimiento de los requisitos de admisibilidad.

AUTO Jorge Eliécer Silva Merchán interpone -en nombre propio- acción de tutela contra la Presidencia de la República, para obtener la protección de su derecho fundamental de petición, pues dicha autoridad no le respondió su derecho de petición radicado el 10 de noviembre de 2022. Por reunir los requisitos legales, el Despacho dispone: Primero. Admitir la acción de tutela presentada por Jorge Eliécer Silva Merchán contra la Presidencia de la República.

Segundo. Notificar la presente providencia a la Presidencia de la República, para que dentro del término de dos (2) días contados a partir de la notificación, se pronuncie sobre las pretensiones y hechos de la acción de tutela. Tercero. Las anteriores notificaciones se realizarán vía correo electrónico y los anexos se incluirán como archivo adjunto del mismo modo.

Los pronunciamientos de los notificados deberán remitirse por correo electrónico a la dirección indicada por la Secretaría General en el momento de la notificación. Cuarto. Una vez recibida la información solicitada y cumplido el plazo para que las partes presenten sus informes, la Secretaría General remitirá al despacho vía correo electrónico, las respuestas y documentos que se alleguen.

Quinto. Publíquese la presente providencia en la página web de la Corporación.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Con firma electrónica MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Magistrado