Micelio
11001031500020230442000Consejo de Estado · Sección PrimeraAuto interlocutorio2023-08-22

Radicación interna: 7101 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Nubia Margoth Peña Garzon

Actor: Anderson Yulian Delgado Chala·Demandado: Presidente De La República Y Otro

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá, D. C., veinticuatro (24) de agosto de dos mil veintitrés (2023) Referencia ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000- 2023-04420-00 Accionante: ANDERSON YULIÁN DELGADO CHALA Accionados: PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y OTRA Auto que admite acción de tutela Procede este Despacho a pronunciarse respecto de la admisión de la acción de tutela presentada por el señor Anderson Yulián Delgado Chala contra el Presidente de la República y a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado -ANDJE-1, por considerar vulnerado su derecho fundamental de petición, por cuanto no ha recibido respuesta de fondo, clara y concreta a la solicitud2 que les envió, vía electrónica, el 28 de junio de 2023, en la que pidió radicar ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos -CIDH- una consulta a efectos de que se determine si “[…] el inciso 2 del artículo 102 de la Ley 1123 de 2007 y el inciso 2 del artículo 12 y artículo 25 de la Ley 1952 de 2019, vulneran el derecho a la imparcialidad e igualdad de los abogados colombianos”.

Consideraciones del Despacho: Por ajustarse a lo previsto en el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991, se admitirá la presente acción de tutela. En mérito de lo expuesto el Despacho, R E S U E L V E:

PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela promovida por el señor Anderson Yulián Delgado Chala contra el Presidente de la República y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado -ANDJE-.

SEGUNDO: NOTIFICAR esta decisión a los accionados. Igualmente, se le REMITIRÁ copia de la solicitud de tutela para que rinda informe sobre el particular, dentro de los dos (2) días siguientes a la notificación de esta providencia. 1 Mediante Oficio de 6 de julio de 2023, le fue remitido por competencia el referido derecho de petición. 2 Dicho escrito fue radicado el 7 de julio de 2023 a los correos electrónicos notificacionesjudiciales@presidencia.gov.co y contacto@presidencia.gov.co. 2 Radicación: 11001-03-15-000-2023-04420-00 Accionante: Anderson Yulián Delgado Chala TERCERO: Ténganse como pruebas, en cuanto fueren conducentes y por el valor que en derecho les corresponda, los documentos aportados por el actor con la solicitud de tutela.

CUARTO: OFÍCIESE al Presidente de la República y a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado -ANDJE-, para que informen, en el término de la distancia, sobre el trámite impartido a la solicitud presentada por el actor, vía electrónica el 28 de junio de 2023, y remitida por competencia a esta última autoridad el 6 de julio del presente año. Vencido el plazo antes señalado, vuelvan las diligencias al Despacho para resolver lo pertinente.

NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE, (Firmado electrónicamente) NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN (E) Consejera de Estado P:(15)