Radicado: 25000-23-37-000-2018-00707-01 (26724) Demandante: Wilson Reyes Garzón Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA ACLARACION DE VOTO Referencia Nulidad y Restablecimiento del Derecho Radicación 25000-23-37-000-2018-00707-01 (26724) Demandante WILSON REYES GARZÓN Demandado UGPP Aclaro el voto para precisar que, en el caso de los comerciantes dada su actividad económica, sus aportes al sistema de seguridad social deben causarse en el mes de diciembre momento en el cual: (i) se establece la utilidad del ejercicio anual, (ii) se determina la capacidad de pago del sujeto (iii) y se comprueba la base de la contribución para los obligados a llevar contabilidad, sin embargo acompaño la decisión por cuanto como lo establece el fallo, la UGPP determinó los aportes a la seguridad social con base en el promedio mensual de los ingresos obtenidos por el demandante durante la vigencia fiscal 2014 según su declaración de renta, sin que dicha información y la periodicidad fuera desvirtuada por el contribuyente cuando la carga de la prueba estaba en él radicada.
En los anteriores términos, dejo presentada mi aclaración de voto. Atentamente, (Firmado electrónicamente) MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO