CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá, D.C., veintiocho (28) de septiembre de dos mil veintitrés (2023) Número único de radicación: 11001-03-15-000-2023-05363-00 Referencia: Acción de tutela Actor: JOSUÉ SÁNCHEZ CHACÓN Asunto: Admite demanda AUTO INTERLOCUTORIO Por ajustarse a las formalidades previstas en el Decreto Ley 2591 de 19 de noviembre de 19911, se admite la acción de tutela presentada por el señor JOSUÉ SÁNCHEZ CHACÓN contra el JUZGADO CUARENTA Y CINCO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ y la SECCIÓN PRIMERA -SUBSECCIÓN “B”- DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, por estimar que le vulneraron sus derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia, al haber proferido, respectivamente, las providencias de 29 de julio de 2022 y 17 de marzo de 2023; y 11 de mayo del presente año, dentro del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho identificado con el número único de radicación 2022-00267-01.
En consecuencia, se dispone: 1 "Por el cual se reglamenta la acción de tutela consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política". 2 Número único de radicación: 11001-03-15-000-2023-05363-00 Actor: JOSUÉ SÁNCHEZ CHACÓN Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co a): Notifíquese a los magistrados de la Sección Primera -Subsección “B”- del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
Remítaseles copia de la solicitud de tutela, para que si a bien lo tienen rindan informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co b): Por tener interés directo en las resultas del proceso, vincúlense y notifíquese al señor LUIS ANTONIO ROJAS NIEVES y a la SUPERINTENDENCIA DE ECONOMÍA SOLIDARIA, parte demandada dentro del proceso que dio origen a la presente acción. Remítaseles copia de la solicitud de tutela al señor Luis Antonio Rojas Nieves y a la Superintendente de Economía Solidaria, para que si a bien lo tienen rindan informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co c): Ténganse como pruebas, en cuanto fueren conducentes y por el valor que en derecho les corresponda, los documentos aportados por el actor con la solicitud de tutela. d): Tiénese a la doctora CLARA LUCÍA GOENAGA GUARNIZO como apoderada especial del actor, de conformidad con el poder obrante en el expediente. 3 Número único de radicación: 11001-03-15-000-2023-05363-00 Actor: JOSUÉ SÁNCHEZ CHACÓN Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co e): Ofíciese al Juzgado Cuarenta y Cinco Administrativo del Circuito de Bogotá para que remita, en el término de la distancia, con destino al proceso de la referencia, copia física o digital del expediente identificado con el número único de radicación 2022-00267-01, contentivo del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho promovido por el actor contra el señor LUIS ANTONIO ROJAS NIEVES y la SUPERINTENDENCIA DE ECONOMÍA SOLIDARIA, al correo electrónico secgeneral@consejodeestado.gov.co
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, (Firmado electrónicamente) NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN Consejera