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11001032400020200022800Consejo de Estado · Sección PrimeraSentencia2020-07-10

Radicación interna: 351 · LEY 1437 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO

Ponente: Nubia Margoth Peña Garzon

Actor: Hamm Ag·Demandado: Superintendencia De Industria Y Comercio

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá, D.C., catorce (14) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024) CONSEJERA PONENTE: NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Referencia: Medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho Actora: HAMM AG TESIS: ENTRE EL SIGNO NOMINATIVO CUESTIONADO “HAMM” Y LAS MARCAS NOMINATIVAS Y MIXTAS “HAMA”, “HAM-LET”;

“H.A.M”, “HAMP HAMP SYNERGY” y “JAM”, PREVIAMENTE REGISTRADAS A FAVOR DE LOS TERCEROS CON INTERÉS DIRECTO EN LAS RESULTAS DEL PROCESO, EXISTEN SEMEJANZAS ORTOGRÁFICAS Y FONÉTICAS, ASÍ COMO CONEXIDAD COMPETITIVA EN LAS CLASES 4ª, 7ª, 8ª, 9ª, 12, 14, 16, 17, 18, 25, 34, 35 y 37 DE LA CLASIFICACIÓN INTERNACIONAL DE NIZA, POR LO QUE NO PUEDEN COEXISTIR PACÍFICAMENTE EN EL MERCADO.

SENTENCIA DE ÚNICA INSTANCIA La Sala decide, en única instancia, la demanda promovida por la sociedad HAMM AG., mediante apoderado y en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, previsto en el artículo 138 del CPACA, tendiente a obtener las siguientes declaraciones: 1ª. Son nulas las resoluciones núms. 80995 de 7 de diciembre de 2017, “Por la cual se niega parcialmente una solicitud de registro marcario”, expedida por el director de signos distintivos de 2 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co la Superintendencia de Industria y Comercio1; y 1277 de 23 de enero de 2020, “Por la cual se resuelve un recurso de apelación”, emanada del superintendente delegado para la propiedad industrial de dicha entidad. 2ª.

Que, como consecuencia de la declaración de nulidad de las resoluciones en mención, a título de restablecimiento del derecho, se ordene a la SIC conceder el registro como marca del signo nominativo “HAMM”. 3ª. Que se ordene expedir copia de la sentencia para su publicación en la Gaceta de la Propiedad Industrial. I.- FUNDAMENTOS DE HECHO Y DERECHO I.1.

La actora en la demanda señaló como hechos relevantes, en síntesis, los siguientes: 1º: Que el 9 de junio de 2026 solicitó el registro como marca del signo nominativo “HAMM”, para distinguir productos y servicios comprendidos en las clases 4ª, 7ª, 8ª, 9ª, 12, 14, 16, 17, 18, 25, 28, 1 En adelante SIC. 3 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 34, 35, 36, 37, 38, 41 y 422 de la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de las Marcas3. 2 El referido signo se solicitó para distinguir los siguientes productos y servicios: “[…] Clase 4ª: Aceites y grasas para uso industrial; aceites de motor; aceites para engranajes; lubricantes; preparaciones para desempolvar; preparaciones para absorber, humedecer y concentrar el polvo; aditivos no químicos para carburantes, combustibles, lubricantes y aceites industriales; combustibles (incluidas gasolinas para motores) y combustibles de alumbrado; grasas, ceras y fluidos industriales; agentes de desmoldeo, a saber, aceites y grasas; aditivos relacionados con los productos mencionados, comprendidos en esta clase.

Clase 7ª: Equipos mecánicos para trabajos de construcción, movimiento de tierras, trituración, procesamiento, minería y agricultura; bombas, compresores, generadores y ventiladores; equipos de traslado y manipulación; equipos de levantamiento y alzamiento; motores, cadenas cinemáticas y partes genéricas de máquinas; acoplamientos para máquinas y componentes de transmisión (excepto para vehículos terrestres); filtros (partes de máquinas o motores); cajas para filtros (partes de máquinas o motores); máquinas de construcción; instrumentos de construcción mecánicos, neumáticos, hidráulicos y electrónicos (no accionados manualmente); máquinas e instrumentos mecánicos para trabajos de construcción, arrastre, minería, procesamiento, demolición y agricultura, en particular máquinas para romper rocas, máquinas para romper hormigón, compactadoras, instrumentos compactadores, concentradores, aplanadoras, rodillos para el movimiento de tierras, compactadoras, rodillos en tándem, rodillos con ruedas de caucho, rodillos estáticos, rodillos de niveladoras, bulldozers, niveladoras y máquinas para el trabajo de tierras; esparcidores de aglutinantes, grava y virutas; pilones (máquinas); máquinas e instrumentos mecánicos para la construcción de carreteras, el movimiento de tierras, la minería a cielo abierto y subterránea, la ingeniería estructural y civil, el trabajo de tierras, el trabajo en carreteras, el trabajo con piedras, el trabajo con asfalto, el trabajo con hormigón, la reparación de carreteras, el reciclaje de superficies de carreteras, el reciclaje de asfalto, el reciclaje de betún, la demolición de carreteras, la ruptura de superficies de carreteras, la trituración, la ruptura, el trabajo en superficies de carreteras, la construcción de vertederos, la estabilización y compactación de tierras; máquinas e instrumentos de compactación, en particular para el movimiento de tierras, la construcción de carreteras y la construcción de vertederos; partes y herramientas de los productos mencionados, en particular rodillos, tambores, rodillos y tambores vibratorios, rodillos y tambores oscilatorios, rodillos y tambores para compactar, romper y triturar, dispositivos de accionamiento de traslación, mecanismos de accionamiento vibratorios, mecanismos de accionamiento oscilatorios, motores, unidades de accionamiento, mecanismos de accionamiento híbridos, placas hidráulicas, placas vibratorias (placas compactadoras vibratorias), vibradoras, elementos de mecanismos de accionamiento, suspensiones, mecanismos de control, juntas, partes de desgaste, piezas de repuesto, herramientas de alto rendimiento de metales duros, herramientas para compactar, herramientas para aplastar, herramientas para romper, herramientas para fresar, soportes de herramientas, sistemas de soporte para el cambio de herramientas, revestimientos para rodillos y tambores, alojamientos de tambores, piezas de carrocerías, chasis, cabinas de conductores, soportes de dirección, espejos, depósitos, depósitos de agua, barras de trituración y aplastamiento, placas de trituración y aplastamiento, sistemas de frenado, frenos, forros de freno, pinzas de freno y zapatas de freno; herramientas de mano que (no sean accionadas manualmente); herramientas para máquinas; herramientas de aflojado para tapones de cierre (no accionadas manualmente); herramientas eléctricas; herramientas mecánicas; herramientas automáticas (no accionadas manualmente); herramientas hidráulicas (no accionadas manualmente); herramientas neumáticas (no accionadas manualmente); equipos mecánicos para la elevación y bajada de máquinas y partes de máquinas; tubos en cuanto partes a medida de máquinas; mecanismos de control mecánicos, hidráulicos y neumáticos; cubiertas y partes de cubiertas, en particular en forma de cadenas, anillos y bandas, para partes de máquinas, en particular para rodillos y tambores; carenados y partes de carenados, en particular en forma de cadenas, anillos y bandas, para partes de máquinas, en particular para rodillos y tambores; lonas adaptadas para máquinas, en particular para rodillos y tambores; revestimientos adaptados para máquinas, en particular para rodillos y tambores; bujías de encendido; dispositivos de arranque; gatos (máquinas); gatos eléctricos, neumáticos e hidráulicos; partes y accesorios de todos los productos mencionados, comprendidos en esta clase; separadores electrostáticos.

Clase 8ª: Herramientas e instrumentos de mano (accionados manualmente), en particular, para el tratamiento de materiales y para trabajos de construcción, reparación y mantenimiento; herramientas de aflojado para tapones de cierre (accionadas manualmente); herramientas de elevación; bombas accionadas manualmente para lubricantes, aceites y grasas industriales; instrumentos accionados manualmente para la distribución de lubricantes, aceites y grasas industriales; tambores para el enrollado y desbobinado de cordeles y cuerdas (accionados manualmente); tornillos de banco; gatos 4 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co accionados manualmente; partes y accesorios de todos los productos mencionados, comprendidos en esta clase.

Clase 9ª: Aparatos e instrumentos científicos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de supervisión (inspección), de control, de regulación, de salvamento y de enseñanza; aparatos, unidades y sistemas de control electrónico; aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la electricidad; aparatos e instrumentos para la captura, grabación, transmisión, recepción y reproducción de sonidos, imágenes y datos; equipos de comunicación; soportes de datos para ilustraciones, sonidos y datos; máquinas de calcular; equipos de procesamiento de datos; ordenadores; software y hardware; periféricos informáticos; extintores; datos grabados; equipos audiovisuales y de tecnologías de la información; imanes, magnetizadores y desmagnetizadores; aparatos, instrumentos y cables eléctricos; dispositivos, equipos, potenciadores y correctores ópticos; dispositivos y equipos de seguridad, protección y señalización; dispositivos de navegación, orientación, posicionamiento, seguimiento, identificación y elaboración de mapas; instrumentos de navegación; instrumentos, dispositivos, aparatos y controladores de medición, detección y vigilancia; instrumentos, dispositivos y aparatos para la medición y la indicación de la rigidez, el grado de compactación, la capacidad de soporte de carga y la temperatura del suelo, en particular, de superficies de carreteras y tierras; reguladores de temperatura; dispositivos y aparatos eléctricos y electrónicos, así como equipos compuestos por dichos productos, para telemática, telecomunicaciones y procesamiento de datos; aparatos, instrumentos, software y hardware para el seguimiento, la supervisión, la operación, el control remoto y las pruebas técnicas de productos de ingeniería mecánica y eléctrica, productos de ingería estructural, ingeniería civil y minería, instalaciones, vehículos, aparatos y máquinas industriales; dispositivos de prueba y control de calidad; instrumentos eléctricos de prueba; aparatos eléctricos y electrónicos para la evaluación del funcionamiento y fallos de productos de ingeniería mecánica y eléctrica, productos de ingería estructural, ingeniería civil y minería, instalaciones, vehículos, aparatos y máquinas industriales; aparatos de laboratorio y de investigación científica; unidades de filtración de laboratorio; aparatos de análisis y diagnóstico (excepto para uso médico); simuladores; dispositivos de dosificación; dispositivos láser, de infrarrojos y de ultrasonidos (excepto para uso médico); láseres que no sean para uso médico; conmutadores; cajas de control eléctricas, armarios de distribución y tableros de control; tableros de control eléctrico; palancas de mando; sensores; detectores; diodos electroluminiscentes; bocinas de señalización; zumbadores; letreros luminosos; reflectores ópticos; espejos ópticos; radiotransmisores y radiorreceptores; antenas; antenas en cuanto aparatos de comunicación; transmisores; receptores ópticos y eléctricos; aparatos de señalización y paneles de señalización metálicos (luminosos o mecánicos); tableros de información; instrumentos, dispositivos y aparatos de nivelación; aparatos de control remoto; dispositivos eléctricos y electrónicos para la elevación o bajada de máquinas o partes de máquinas; indicadores de nivel de aceite; componentes de circuitos eléctricos; cables e hilos eléctricos; componentes de conexión eléctrica; relés eléctricos; fusibles; bornes (electricidad); tarjetas de circuitos y circuitos eléctricos; dispositivos de audio y receptores de radio; altavoces; ecualizadores gráficos; baterías; cargadores de pilas y baterías; amplificadores eléctricos; ropa de protección y seguridad contra accidentes o lesiones; calzado de protección; cascos de protección; gafas, en particular, gafas de seguridad para la protección de los ojos y gafas de sol; películas expuestas con fines educativos; películas cinematográficas con fines educativos; tarjetas llave (codificadas); partes y accesorios de todos los productos mencionados, comprendidos en esta clase.

Clase 12: Vehículos de transporte; tractores de semirremolque; remolques para el transporte de cargas; vehículos de carga baja; camiones remolcadores; camiones; remolques para vehículos de motor terrestres; unidades basculantes para vehículos; vagonetas; volantes; ruedas; neumáticos; llantas de ruedas; cámaras de aire para neumáticos; equipos de reparación para neumáticos y cámaras de aire de neumáticos; trenes transmisores de potencia, incluidos motores, para vehículos terrestres; componentes de acoplamiento y de transmisión para vehículos terrestres; cadenas de accionamiento y árboles de transmisión para vehículos terrestres; partes de carrocería para vehículos; rejillas de radiador para vehículos; bastidores; sistemas de frenado, frenos, pinzas de freno, zapatas de freno y forros de freno para vehículos; rascadores para neumáticos; limpiaparabrisas; lonas adaptadas para vehículos y remolques de vehículos; revestimientos adaptados para vehículos y remolques de vehículos; sistemas de alarma para vehículos; retrovisores para vehículos; bombas de aire para inflar neumáticos; partes y accesorios de todos los productos mencionados, comprendidos en esta clase.

Clase 14: Metales preciosos y sus aleaciones, así como imitaciones de los mismos; piedras preciosas y perlas, así como imitaciones las mismas; vehículos y máquinas en miniatura (adornos) de metales preciosos; artículos de joyería; artículos de relojería e instrumentos cronométricos; joyeros y estuches para relojes; llaveros de fantasía; estatuas, figuritas, adornos, monedas y fichas de piedras o metales preciosos o semipreciosos o chapados con estos, así como sus imitaciones; obras de arte de metales preciosos; partes y accesorios de todos los productos mencionados, comprendidos en esta clase.

Clase 16: Papel; cartón; productos de imprenta; artículos de papel; artículos de papelería; instrumentos de escritura y estampación; bolígrafos; plumas estilográficas; lápices; material de dibujo; estuches para 5 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co artículos de papelería y materiales de dibujo; imágenes; fotografías; tarjetas postales; tarjetas postales ilustradas; tarjetas de felicitación desplegables; tarjetas de felicitación; calcomanías; tarjetas de intercambio que no sean para juegos; dibujos; diagramas; planos; mapas de papel o de materias plásticas flexibles; periódicos; publicaciones periódicas; revistas (publicaciones periódicas); libros; cartillas (cuadernillos); catálogos; libros de consulta; manuales; libretas; calendarios; álbumes; marcapáginas; sellos; etiquetas que no sean de tela; materiales y soportes de arte y decoración; sobres de papelería; colas de papelería o para uso doméstico; brochas para pintores; artículos de oficina (excepto muebles); material de instrucción o material didáctico (excepto aparatos); obras de arte y figuras de papel o cartón, y maquetas de arquitectura; posavasos de papel o de cartón; materiales filtrantes de papel; bolsas y artículos de papel, cartón o materias plásticas para empaquetar, embalar y almacenar; fundas para dinero; productos de papel desechables; partes y accesorios de todos los productos mencionados, comprendidos en esta clase.

Clase 17: Obturadores, materiales de sellado y masillas de relleno; materiales aislantes, de amortiguación y de aislamiento; tuberías, tubos y mangueras flexibles, así como sus piezas accesorias, incluidas válvulas; tuberías, tubos y mangueras no metálicos (excepto para la construcción); acoplamientos y conectores no metálicos para tuberías, tubos, mangueras y cables; productos de materias plásticas semiacabados; materias plásticas en forma de hojas, películas, bloques, varillas y tubos; materiales sin procesar y semiprocesados (no adaptados para usos específicos), comprendidos en esta clase, a saber, poliéster, fibras minerales, películas de materias plásticas flexibles (que no sean para empaquetar), materias plásticas semiprocesadas, fibras plásticas (que no sean para uso textil), materias plásticas recicladas, elastómeros, materiales sintéticos y compuestos, a saber, fibras de carbono, acetato de celulosa, fibras de vidrio y lana de vidrio, celulosa, fibras impregnadas con resinas sintéticas; productos acabados o semiacabados (adaptados para usos específicos), comprendidos en esta clase, a saber, moldes de ebonita, moldes de caucho para la producción de bordes de caminos, caucho semielaborado, a saber, molduras, materias plásticas semiprocesadas de moldeo por inyección, materiales amortiguadores, materiales de embalaje, amortiguadores de vibraciones, estatuas y obras de arte, a saber, figuritas de caucho y películas decorativas de materias plásticas en cuanto productos semiacabados, películas antideslumbrantes para cristales de ventanas (ahumadas), cubiertas de caucho para componentes eléctricos, cubiertas de caucho para interruptores, películas de protección de materias plásticas (que no sean para empaquetar), revestimientos de tambores de caucho (productos semiacabados), anillos de estanqueidad, juntas de cilindros, espaciadores (que no sean elementos de fijación para tuberías), membranas de sellado y materiales filtrantes sintéticos semiprocesados, cintas adhesivas, tiras, bandas y películas, forros de embrague, materiales de restauración y reparación de neumáticos, cintas de marcado y artículos de protección de caucho; partes y accesorios de todos los productos mencionados, comprendidos en esta clase.

Clase 18: Artículos de equipaje, bolsas, billeteras y otros tipos de estuches de transporte; morrales; paraguas y sombrillas; bastones; artículos de guarnicionería; partes y accesorios de todos los productos mencionados, comprendidos en esta clase. Clase 25: Prendas de vestir; calzado; artículos de sombrerería; partes y piezas accesorias de los productos mencionados, comprendidas en esta clase.

Clase 28: Vehículos y máquinas en miniatura (a escala reducida); vehículos y máquinas en miniatura (artículos de juego); juguetes, juegos, artículos de juego y souvenirs; equipos y artículos de deporte; decoraciones festivas (comprendidas en esta clase) y árboles de Navidad artificiales; partes y accesorios de todos los productos mencionados, comprendidos en esta clase.

Clase 34: Artículos para fumadores, en particular encendedores; ceniceros; fósforos (cerillas); partes y accesorios de todos los productos mencionados, comprendidos en esta clase. Clase 35: Gestión empresarial; administración comercial; publicidad; difusión de anuncios; alquiler de espacios publicitarios; servicios de marketing y promoción de ventas; consultoría sobre administración comercial; consultoría sobre la gestión y organización empresariales; servicios de información comercial; demostraciones de productos y servicios de presentación de productos, asimismo por Internet; dirección y organización de ferias con fines comerciales y publicitarios; servicios de transacciones comerciales y suministro de información al consumidor, a saber, servicios de subastas, organización de contactos comerciales, servicios de compra colectiva, evaluaciones en relación con cuestiones comerciales, organización de competiciones con fines publicitarios, servicios comerciales de agencias, servicios de importación y exportación, servicios de negociación e intermediación, servicios de pedidos, servicios de comparación de precios, servicios de adquisición por cuenta de terceros, servicios de suscripción; servicios de análisis, investigación e información empresariales; procesamiento de datos (trabajos de oficina); recopilación electrónica de datos; recopilación y sistematización de datos e información en bases de datos electrónicas; gestión de calidad, a saber, optimización de procesos mediante planificación organizativa; recopilación de estadísticas; análisis costo beneficio; análisis del precio de costo; estudios comerciales sobre la utilización de la capacidad; gestión de proyectos empresariales; gestión 6 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co organizativa de proyectos y gestión organizativa de flotas de vehículos y máquinas, y consultoría organizativa y comercial conexa; explotación de líneas directas de información, de quejas y de emergencia, asimismo en línea, a saber, recogida, compilación y reenvío de solicitudes o quejas de clientes por teléfono o medios electrónicos; servicios de agencias de importación y exportación; programación organizativa del tiempo de funcionamiento y la localización de productos de ingeniería mecánica y eléctrica, productos de ingería estructural, ingeniería civil y minería, instalaciones, vehículos, aparatos y máquinas industriales; servicios de relocalización de empresas; búsqueda de patrocinadores; servicios de venta minorista y mayorista, también por Internet, de aceites y grasas industriales, aceites de motor, aceites para engranajes, lubricantes, preparaciones para quitar el polvo, preparaciones para absorber, humedecer y concentrar el polvo, aditivos no químicos para carburantes, combustibles, lubricantes y aceites industriales, combustibles (incluidos carburantes para motores), combustibles para el alumbrado, grasas, ceras y fluidos industriales, agentes de desmoldeo, a saber, aceites y grasas, equipos mecánicos para trabajos de construcción, movimiento de tierras, trituración, procesamiento, minería y agricultura, bombas, compresores, generadores, ventiladores, equipos de traslado y manipulación, equipos de elevación y levantamiento, motores, sistemas de propulsión, partes genéricas de máquinas, acoplamientos para máquinas y componentes de transmisión (excepto para vehículos terrestres), filtros (partes de máquinas o motores), cajas para filtros (partes de máquinas o motores), máquinas de construcción, instrumentos de construcción mecánicos, neumáticos, hidráulicos y electrónicos (no accionados manualmente), máquinas e instrumentos mecánicos para trabajos de construcción, arrastre, minería, procesamiento, demolición y agricultura, en particular máquinas para romper rocas, máquinas para romper hormigón, compactadoras, instrumentos compactadores, concentradores, aplanadoras, rodillos para el movimiento de tierras, compactadoras, rodillos en tándem, rodillos con ruedas de caucho, rodillos estáticos, rodillos de niveladoras, bulldozers, niveladoras y máquinas para el trabajo de tierras, esparcidores de aglutinantes, grava y virutas, pisones (máquinas), máquinas e instrumentos mecánicos para la construcción de carreteras, el movimiento de tierras, la minería a cielo abierto y subterránea, la ingeniería estructural y civil, el trabajo de tierras, el trabajo en carreteras, el trabajo con piedras, el trabajo con asfalto, el trabajo con hormigón, la reparación de carreteras, el reciclaje de superficies de carreteras, el reciclaje de asfalto, el reciclaje de betún, la demolición de carreteras, la ruptura de superficies de carreteras, la trituración, la ruptura, el trabajo en superficies de carreteras, la construcción de vertederos, la estabilización y compactación de tierras, máquinas e instrumentos de compactación, en particular para el movimiento de tierras, la construcción de carreteras y la construcción de vertederos, partes de máquinas, en particular herramientas, rodillos, tambores, rodillos y tambores vibratorios, rodillos y tambores oscilatorios, rodillos y tambores para compactar, romper y triturar, dispositivos de accionamiento de traslación, mecanismos de accionamiento vibratorios, mecanismos de accionamiento oscilatorios, motores, unidades de accionamiento, mecanismos de accionamiento híbridos, placas hidráulicas, placas vibratorias (placas compactadoras vibratorias), vibradoras, elementos de mecanismos de accionamiento, suspensiones, mecanismos de control, juntas, partes de desgaste, piezas de repuesto, herramientas de alto rendimiento de metales duros, herramientas para compactar, herramientas para aplastar, herramientas para romper, herramientas para fresar, soportes de herramientas, sistemas de soporte para el cambio de herramientas, revestimientos para rodillos y tambores, alojamientos de tambores, piezas de carrocerías, chasis, cabinas de conductores, soportes de dirección, espejos, depósitos, depósitos de agua, barras de trituración y aplastamiento, placas de trituración y aplastamiento, sistemas de frenado, frenos, forros de freno, pinzas de freno y zapatas de freno, herramientas de mano (no accionadas manualmente), herramientas para máquinas, herramientas de aflojado para tapones de cierre (no accionadas manualmente), herramientas eléctricas, herramientas mecánicas, herramientas automáticas, herramientas hidráulicas (no accionadas manualmente), herramientas neumáticas (no accionadas manualmente), equipos mecánicos para la elevación y bajada de máquinas y partes de máquinas, tubos en cuanto partes a medida de máquinas, mecanismos de control mecánicos, hidráulicos y neumáticos, cubiertas y partes de cubiertas, en particular en forma de cadenas, anillos y bandas, para partes de máquinas, en particular para rodillos y tambores, carenados y partes de carenados, en particular en forma de cadenas, anillos y bandas, para partes de máquinas, en particular para rodillos y tambores, lonas adaptadas para máquinas, revestimientos adaptados para máquinas, bujías de encendido, arranques, gatos (máquinas), gatos eléctricos, neumáticos e hidráulicos, herramientas e instrumentos de mano (accionados manualmente), en particular para el tratamiento de materiales y para trabajos de construcción, mantenimiento y reparación, herramientas de aflojado para tapones de cierre (accionadas manualmente), herramientas de elevación, bombas accionadas manualmente para lubricantes y aceites y grasas industriales, instrumentos accionados manualmente para la distribución de lubricantes y aceites y grasas industriales, tambores para el enrollado y desbobinado de cordeles y cuerdas, tornillos de banco, gatos accionados manualmente, aparatos e instrumentos científicos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de supervisión (inspección), de control, de regulación, de salvamento y de enseñanza, aparatos, unidades y sistemas electrónicos de control, aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación y control de la electricidad, aparatos e instrumentos para la captura, grabación, transmisión, recepción y reproducción de sonidos, imágenes o datos, equipos de comunicación, soportes de datos para ilustraciones, sonidos y datos, máquinas de calcular, equipos de procesamiento de datos, ordenadores, software y hardware, periféricos informáticos, extintores, datos grabados, equipos audiovisuales y de 7 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co tecnologías de la información, imanes, magnetizadores y desmagnetizadores, aparatos, instrumentos y cables eléctricos, dispositivos, equipos, potenciadores y correctores ópticos, dispositivos y equipos de seguridad, protección y señalización, dispositivos de navegación, orientación, posicionamiento, seguimiento, identificación y elaboración de mapas, instrumentos de navegación, instrumentos, dispositivos, aparatos y controladores de medición, detección y vigilancia, instrumentos, dispositivos y aparatos para la medición y la indicación de la rigidez, el grado de compactación, la capacidad de soporte de carga y la temperatura del suelo, en particular de superficies de carreteras y tierras, reguladores de temperatura, dispositivos y aparatos eléctricos y electrónicos, así como equipos compuestos por dichos productos, para telemática, telecomunicaciones y procesamiento de datos, aparatos, instrumentos, software y hardware para el seguimiento, la supervisión, la operación, el control remoto y las pruebas técnicas de productos de ingeniería mecánica y eléctrica, productos de ingería estructural, ingeniería civil y minería, instalaciones, vehículos, aparatos y máquinas industriales, dispositivos de prueba y control de calidad, instrumentos eléctricos de prueba, aparatos eléctricos y electrónicos para la evaluación del funcionamiento y fallos de productos de ingeniería mecánica y eléctrica, productos de ingería estructural, ingeniería civil y minería, instalaciones, vehículos, aparatos y máquinas industriales, aparatos de investigación científica y de laboratorio, unidades filtrantes para laboratorios, aparatos de análisis y diagnóstico (que no sean para uso médico), simuladores, dispositivos de dosificación, dispositivos láser, de infrarrojos y de ultrasonidos (que no sean para uso médico), láseres (que no sean para uso médico), interruptores, cajas de control eléctricas, armarios de distribución y tableros de control, paneles de control eléctricos, palancas de mando, sensores, detectores, diodos electroluminiscentes, bocinas de señalización, zumbadores, letreros luminosos, reflectores ópticos, espejos ópticos, radiotransmisores y radiorreceptores, antenas, antenas en cuanto aparatos de comunicación, transmisores, receptores ópticos y eléctricos, aparatos de señalización y paneles de señalización metálicos (luminosos o mecánicos), tableros de información, instrumentos, dispositivos y aparatos de nivelación, separadores electrostáticos, aparatos de control remoto, dispositivos eléctricos y electrónicos para la elevación o bajada de máquinas o partes de máquinas, indicadores de nivel de aceite, componentes de circuitos eléctricos, cables e hilos eléctricos, componentes de conexión eléctrica, relés eléctricos, fusibles, bornes (electricidad), tarjetas de circuitos y circuitos eléctricos, dispositivos de audio y receptores de radio, altavoces, ecualizadores gráficos, baterías, cargadores de baterías, amplificadores eléctricos, ropa de protección y seguridad contra accidentes o lesiones, calzado de protección, cascos de protección, gafas, en particular gafas de seguridad para la protección de los ojos y gafas de sol, películas expuestas con fines educativos, películas cinematográficas con fines educativos, tarjetas llave (codificadas), vehículos de transporte, tractores de camiones, remolques para el transporte de cargas, vehículos de carga baja, camiones de remolque, camiones, remolques para vehículos terrestres de motor, unidades basculantes para vehículos, vagonetas, volantes, ruedas, neumáticos, llantas de ruedas, cámaras de aire para neumáticos, equipos de reparación para neumáticos y cámaras de aire de neumáticos, sistemas de propulsión, incluidos los motores para vehículos terrestres, componentes de acoplamiento y de transmisión para vehículos terrestres, cadenas de accionamiento y árboles de transmisión para vehículos terrestres, piezas de carrocería de vehículos, rejillas de radiador para vehículos, bastidores, sistemas de frenado, frenos, pinzas de freno, zapatas de freno y forros de freno para vehículos, rascadores para neumáticos, limpiaparabrisas, lonas adaptadas para vehículos y remolques de vehículos, revestimientos adaptados para vehículos y remolques de vehículos, sistemas de alarma para vehículos, espejos para vehículos, bombas de aire para neumáticos, metales preciosos y sus aleaciones, e imitaciones de estos, piedras preciosas y perlas, e imitaciones de estos, vehículos y máquinas en miniatura (adornos) de metales preciosos, artículos de joyería, artículos de relojería e instrumentos cronométricos, joyeros y estuches para relojes, llaveros de fantasía, estatuas, figuritas, adornos, monedas y fichas, de piedras o metales preciosos o semipreciosos, o chapados con estos, o imitaciones de estos, obras de arte de metales preciosos, papel, cartón, productos de imprenta, artículos de papel, artículos de papelería, instrumentos de escritura y estampado, bolígrafos, plumas estilográficas, lápices, materiales de dibujo, estuches para artículos de papelería y materiales de dibujo, ilustraciones, fotografías, tarjetas postales, tarjetas postales ilustradas, tarjetas de felicitación desplegables, tarjetas de felicitación, calcomanías, tarjetas de intercambio (que no sean para juegos), dibujos, diagramas, planos, mapas de papel o de materias plásticas flexibles, periódicos, publicaciones periódicas, revistas (publicaciones periódicas), libros, cartillas, catálogos, libros de consulta, manuales, libretas, calendarios, álbumes, marcapáginas, sellos, marcadores (que no sean de materias textiles), materiales y soportes de arte y decoración, sobres de papelería, colas de papelería o para uso doméstico, brochas para pintores, artículos de oficina (excepto muebles), materiales de instrucción y pedagógicos (excepto aparatos), obras de arte y figuras de papel o cartón, y maquetas de arquitectura, posavasos de papel o de cartón, materiales filtrantes de papel, bolsas y artículos de embalaje, empaquetado y almacenamiento de papel, cartón o materias plásticas, fundas para dinero, productos de papel desechables, juntas, selladores, materiales de relleno, materiales aislantes, de amortiguación y de aislamiento, tuberías, tubos y mangueras flexibles, así como sus piezas accesorias, incluidas válvulas, tuberías, tubos y mangueras no metálicos (que no sean para la construcción), acoplamientos y conectores no metálicos para tuberías, tubos, mangueras y cables, productos de materias plásticas semiacabados, materias plásticas en láminas, películas, bloques, varillas y tubos, materiales sin procesar y semiprocesados (no adaptados para usos específicos), a saber, poliéster, fibras minerales, películas de materias plásticas flexibles (excepto para empaquetar), materias plásticas semiprocesadas, fibras 8 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co plásticas (que no sean para uso textil), materias plásticas recicladas, elastómeros, materiales sintéticos y compuestos, a saber, fibras de carbono, acetato de celulosa, fibras de vidrio y lana de vidrio, celulosa, fibras impregnadas con resinas sintéticas, productos acabados o semiacabados (adaptados para usos específicos), a saber, moldes de ebonita, moldes de caucho para la producción de bordes de caminos, caucho semielaborado, a saber, molduras, materias plásticas semiprocesadas de moldeo por inyección, materiales amortiguadores, materiales para empaquetar, amortiguadores de vibraciones, estatuas y obras de arte, a saber, figuritas de caucho y películas decorativas de materias plásticas en cuanto productos semiacabados, películas antideslumbrantes para cristales de ventanas (ahumadas), cubiertas de caucho para componentes eléctricos, cubiertas de caucho para interruptores, películas de protección de materias plásticas (que no sean para empaquetar), revestimientos de tambores de caucho (productos semiacabados), anillos de estanqueidad, juntas de cilindros, inducidos, conectores, espaciadores (excepto elementos de fijación para tuberías), membranas de sellado y materiales filtrantes sintéticos semiprocesados, cintas adhesivas, tiras, bandas y películas, forros de embrague y forros de freno, materiales de restauración y reparación de neumáticos, cintas de marcado y artículos de protección de caucho, artículos de equipaje, bolsos, billeteras y otros tipos de carteras, mochilas, paraguas, sombrillas, bastones, artículos de guarnicionería, prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería, vehículos y máquinas en miniatura (a escala reducida), vehículos y máquinas en miniatura (artículos de juego), juguetes, juegos, artículos de juego, souvenirs, equipos y artículos de deporte, adornos para fiestas, árboles de Navidad artificiales, artículos para fumadores, en particular encendedores, ceniceros, fósforos, así como partes y piezas accesorias de los productos mencionados; arrendamiento, alquiler y leasing de productos asociados con la prestación de los servicios mencionados, comprendidos en esta clase; servicios de asesoramiento e información sobre los servicios mencionados, comprendidos en esta clase.

Clase 36: Servicios de seguros; servicios inmobiliarios; préstamos prendarios; servicios financieros, monetarios y bancarios; servicios de recaudación de fondos y patrocinio; servicios de gestión financiera y de gestión de bienes inmuebles; servicios financieros; consultoría, tasaciones y valoraciones financieras; análisis financieros; financiación y servicios de financiación; organización de financiamientos y financiaciones; servicios de leasing y arrendamiento con opción de compra (expresión demasiado vaga a juicio de la Oficina Internacional - Regla 13.2)b) del Reglamento Común); consultoría sobre financiamiento, financiación, leasing y arrendamiento con opción de compra; servicios de caución y garantías; arrendamiento, alquiler y leasing de productos asociados con la prestación de los servicios mencionados, comprendidos en esta clase; servicios de asesoramiento e información sobre los servicios mencionados, comprendidos en esta clase.

Clase 37: Construcción; supervisión de obras de construcción; consultoría sobre construcción; edificación, construcción y demolición; servicios de estabilización de tierras; servicios de compactación de tierras; servicios de minería; servicios de movimiento de tierras; construcción de carreteras; construcción de canales; construcción de vertederos; servicios de trituración de sólidos (comprendidos en esta clase); arrendamiento, alquiler y leasing de máquinas de construcción, compactadoras, instrumentos compactadores, concentradores, aplanadoras, rodillos para el movimiento de tierras, compactadoras, rodillos en tándem, rodillos con ruedas de caucho, rodillos estáticos y rodillos de niveladoras, y sus partes; servicios de instalación, limpieza, reparación y mantenimiento de máquinas de construcción, compactadoras, instrumentos compactadores, concentradores, aplanadoras, rodillos para el movimiento de tierras, compactadoras, rodillos en tándem, rodillos con ruedas de caucho, rodillos estáticos y rodillos de niveladoras, y sus partes; servicios de instalación, limpieza, reparación y mantenimiento de hardware, productos de ingeniería mecánica y eléctrica, productos de ingería estructural, ingeniería civil y minería, instalaciones, vehículos, aparatos y máquinas industriales, y sus partes; servicios de instalación, limpieza, reparación y mantenimiento de estructuras, en particular, edificios, canales y carreteras; tratamiento contra la herrumbre; aplicación de recubrimientos superficiales, en particular aplicación de recubrimientos de protección de superficies; arrendamiento, alquiler y leasing de productos asociados con la prestación de los servicios mencionados, comprendidos en esta clase; servicios de asesoramiento e información sobre los servicios mencionados, comprendidos en esta clase; consultoría técnica sobre la construcción; consultoría técnica sobre la compactación de tierras y la estabilización de tierras.

Clase 38: Servicios de telecomunicación; servicios de comunicaciones para el intercambio de datos en formato electrónico; comunicación por transmisión digital, radio, ordenador, Internet, satélite, telemática y cable; servicios de telemática (comprendidos en esta clase); suministro de acceso a bases de datos electrónicas y redes de comunicación electrónicas; leasing de tiempo de acceso a bases de datos electrónicas y redes de comunicación electrónicas; alquiler de tiempo de acceso para permitir la utilización de software en línea no descargable; arrendamiento, alquiler y leasing de productos asociados con la prestación de los servicios mencionados, comprendidos en esta clase; servicios de asesoramiento e información sobre los servicios mencionados, comprendidos en esta clase; suministro de acceso electrónico a datos de posición y señales de corrección de satélites.

Clase 41: Educación; instrucción; organización, coordinación y realización de cursos, talleres y seminarios; formación, en particular, sobre la seguridad en el trabajo y el funcionamiento, la utilización, 9 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 2°: Que, publicada la solicitud en la Gaceta de la Propiedad Industrial, no se presentó oposición alguna por parte de terceros. la reparación y el mantenimiento de vehículos, aparatos y máquinas, y sus partes; servicios de centros de formación para la obtención de permisos de conducir; prestación de servicios de clubes de educación; servicios de entretenimiento; organización y dirección de loterías, competiciones y concursos; prestación de servicios de clubes de admiradores, a saber, entretenimiento, educación, actividades deportivas y culturales; servicios recreativos en clubes; actividades deportivas y culturales; publicación y elaboración de informes; producción de películas con fines educativos; arrendamiento, alquiler y leasing de productos asociados con la prestación de los servicios mencionados, comprendidos en esta clase; servicios de asesoramiento e información sobre los servicios mencionados, comprendidos en esta clase.

Clase 42: Investigación y servicios científicos y tecnológicos; servicios de análisis e investigación industrial; consultoría y planificación técnicas; planificación de proyectos técnicos; planificación de obras de construcción; servicios de TI, a saber, desarrollo, programación, instalación, implementación, actualización, mantenimiento y reparación de software, desarrollo de hardware, servicios de alojamiento, software como servicio (SaaS), alquiler de software, alquiler de hardware e instalaciones informáticas, servicios de consultoría, asesoramiento e información sobre TI, servicios de seguridad, protección y restauración de TI (expresión demasiado vaga a juicio de la Oficina Internacional - Regla 13.2)b) del Reglamento Común), servicios de conversión y duplicación de datos, servicios de codificación de datos, análisis y diagnósticos informáticos, investigación, desarrollo e implementación de ordenadores y sistemas informáticos, programación informática, servicios de gestión de proyectos informáticos, minería de datos, servicios informáticos comprendidos en esta clase, servicios tecnológicos en relación con ordenadores, servicios de redes informáticas, servicios de migración de datos, servicios tecnológicos, a saber, generación, registro y análisis de datos de posición y señales de corrección de satélites, actualización de sitios web por cuenta de terceros y supervisión de sistemas informáticos mediante acceso remoto; servicios de prueba, autenticación y control de calidad; consultoría técnica sobre productos de ingeniería mecánica y eléctrica, productos de ingería estructural, ingeniería civil y minería, instalaciones, vehículos, aparatos y máquinas industriales, y sus partes; consultoría tecnológica sobre la operación de vehículos, aparatos y máquinas, y sus partes; servicios de diseño; servicios de ingeniería; investigación sobre la ingeniería mecánica, la ingeniería eléctrica y la construcción; investigaciones y prospecciones geológicas; investigación y desarrollo de productos; desarrollo de procesos industriales; desarrollo de nuevos productos y tecnologías por cuenta de terceros; desarrollo de productos de ingeniería mecánica y eléctrica, productos de ingería estructural, ingeniería civil y minería, instalaciones, vehículos, aparatos y máquinas industriales, y sus partes; planificación y diseño de obras de construcción; pruebas de seguridad y pruebas técnicas (asimismo mediante acceso remoto) de hardware, software, productos de ingeniería mecánica y eléctrica, productos de ingería estructural, ingeniería civil y minería, instalaciones, vehículos, aparatos y máquinas industriales, y sus partes; detección y diagnóstico de fallos de hardware, software, productos de ingeniería mecánica y eléctrica, productos de ingería estructural, ingeniería civil y minería, instalaciones, vehículos, aparatos y máquinas industriales, y sus partes; control remoto, supervisión remota, mantenimiento remoto y seguimiento electrónico de hardware, software, productos de ingeniería mecánica y eléctrica, productos de ingería estructural, ingeniería civil y minería, instalaciones, vehículos, aparatos y máquinas industriales, y sus partes (expresión considerada demasiado vaga a juicio de la Oficina Internacional - Regla 13.2)b) del Reglamento Común); servicios de medición; elaboración de peritajes técnicos; servicios de pronósticos meteorológicos; desarrollo técnico de modelos y conceptos para la gestión integrada, producción y logística de empresas comerciales; planificación y desarrollo de proyectos de construcción y proyectos para la compactación y estabilización de tierras; servicios de laboratorio; servicios de química; servicios de física; servicios arquitectónicos; dibujo técnico; planificación urbana; planificación técnica de obras de construcción; desarrollo técnico de conceptos de uso para hardware, software, productos de ingeniería mecánica y eléctrica, productos de ingería estructural, ingeniería civil y minería, instalaciones, vehículos, aparatos y máquinas industriales, y sus partes; gestión de proyectos técnicos; servicios de pruebas técnicas; servicios tecnológicos, a saber, producción y análisis de datos sobre procesos de construcción, procesos de compactación de tierras y procesos de estabilización de tierras; evaluación técnica de datos sobre procesos de construcción, procesos de compactación de tierras y procesos de estabilización de tierras; grabación electrónica de datos; arrendamiento, alquiler y leasing de productos asociados con la prestación de los servicios mencionados, comprendidos en esta clase; servicios de asesoramiento e información sobre los servicios mencionados, comprendidos en esta clase; ingeniería civil y de estructuras. […]”. 3 En adelante Clasificación Internacional de Niza. 10 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 3º: Que mediante la Resolución núm. 80995 de 7 de diciembre de 20174, el director de signos distintivos de la SIC denegó parcialmente el registro como marca del signo nominativo “HAMM”, para distinguir productos y servicios en las clases 4ª, 7ª, 8ª, 9ª, 12, 14, 16, 17, 18, 25, 34, 35 y 37 de la Clasificación Internacional de Niza, por encontrarlo, de oficio, similarmente confundible con las marcas nominativas y mixtas previamente registradas: i) “HAMA”, en las clases 8ª, 11, 16, 18 y 20, de propiedad de HAMA GMBH [&] CO.

KG; ii) “HAMP HAMP SYNERGY”, en las clases 1ª, 4ª, 7ª, 9ª y 12, cuyo titular es la sociedad HONDA GIKEN KOGYO KABUSHIKI KAISHA; iii) “H.A.M.”, en la Clase 25, de propiedad de la compañía CREACIONES H.A.M. S.A.S.; iv) “HAM-LET”, en la Clase 6ª, cuyo titular es HAM-LET (ISRAELCANADA) LTD.; y iv) “JAM”, en la Clase 16, de propiedad del señor LUIS ALEXANDER ANDRADE PLAZA. 4º: Que contra el citado acto administrativo interpuso recurso de apelación, siendo resuelto de manera confirmatoria a través de la Resolución núm. 1277 de 23 de enero de 2020, emanada del Superintendente Delegado para la Propiedad Industrial de la SIC.

I.2.- Fundamentó, en síntesis, los cargos de violación, así: 4 Se resalta que mediante dicho acto administrativo la SIC solamente concedió el registro como marca del signo nominativo “HAMM”, para distinguir productos y servicios en las clases 28, 36, 38, 41 y 42 de la Clasificación Internacional de Niza. 11 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Que la SIC al expedir las resoluciones acusadas violó el artículo 136, literal a), de la Decisión 486 de 14 de septiembre de 2000, de la Comisión de la Comunidad Andina5, por indebida interpretación, por cuanto, a su juicio, el signo solicitado “HAMM” no es similarmente confundible con las marcas previamente registradas citadas de oficio por dicha entidad.

Adujo que frente a las marcas previamente registradas, “HAMA”, el signo cuestionado, “HAMM”, presenta diferentes secuencias vocálicas y consonánticas; y que, además, cuenta con una letra “A” en su terminación, lo que genera un impacto visual y fonético distinto, máxime si se tiene en cuenta que la vocal “A”, de la expresión solicitada, produce un sonido abierto, mientras que la consonante “M”, de las marcas previamente registradas, genera un sonido cerrado, bilabial y nasal.

Que al variar la estructura ortográfica y fonética de las expresiones referidas, el consumidor promedio estaría en plena capacidad de reconocerlas y diferenciarlas en el mercado. Explicó que en relación con las marcas previamente registradas “HAMP HAMP SYNERGY”, tampoco se presenta riesgo de confusión 5 En adelante Decisión 486. 12 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co y/o asociación, por lo que pueden coexistir pacíficamente en el mercado, habida cuenta que son diferentes desde los puntos de vista ortográfico, fonético y gráfico.

Indicó que sí existen diferencias en la secuencia consonántica de las expresiones referidas, pues las previamente registradas cuentan con las consonantes “H-M-P”, mientras que el signo solicitado presenta las letras “H-M-M”. Mencionó que los registros previos tienen una expresión adicional y distintiva, esto es, “SYNERGY”, la cual le otorga suficiente distintividad para diferenciarse del signo solicitado, lo que le permite a los consumidores identificar e individualizar cada uno de ellos en el mercado.

Que en cuanto a la marca citada de oficio por la SIC, “H.A.M.”, a su juicio, no se evidencian similitudes susceptibles de generar riesgo de confusión en el público consumidor con el signo cuestionado “HAMM”. Manifestó que los signos confrontados presentan diferencias desde el punto de vista fonético, toda vez que la marca previamente registrada, al contar con signos de puntuación (.) entre cada una de las letras, genera que su pronunciación sea “HACHE” “A” “EME”, lo 13 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co que genera un impacto fonético absolutamente distinto del signo solicitado “HAMM”.

Señaló que en relación con la marca previamente registrada, “HAM- LET”, a su juicio, no existe riesgo de confusión, puesto que es diferente frente a la expresión cuestionada “HAMM”, al estar la primera conformada por dos palabras separadas por un guion (-) y contar con elementos adicionales como lo es el vocablo “LET”. Sostuvo que la secuencia vocálica y consonántica de tales expresiones enfrentadas es disímil, lo que refuerza las diferencias desde los puntos ortográfico y fonético.

Que en relación con el registro previo “JAM”, también es posible observar que no existen similitudes desde los puntos de vista ortográfico, fonético y gráfico, dado que presentan distintos diseños, así como diferentes estructuras ortográficas. Arguyó que tampoco se presenta conexidad competitiva entre el signo solicitado “HAMM” y las marcas previamente registradas citadas de oficio por la SIC, puesto que no identifican los mismos productos ni servicios; no son comercializados en los mismos canales de publicidad, su finalidad es diferente; no son reemplazables entre sí. 14 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Explicó que lo anterior se debe a que presentó una solicitud de limitación de los productos y servicios que pretende distinguir en las clases 4ª, 7ª, 8ª, 9ª, 12, 14, 16, 17, 18, 25, 34, 35 y 37 de la Clasificación Internacional de Niza, con la finalidad de que se evidenciara, aún más, las diferencias entre los productos y servicios que fueron comparados.

II.- CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA II.1. La SIC solicitó denegar las pretensiones de la demanda, por cuanto las pretensiones incoadas carecen de apoyo jurídico y sustento legal. Aseguró que las diferencias entre las expresiones enfrentadas son insuficientes para que sea procedente el registro del signo cuestionado, máxime si se tiene en cuenta que tienen que valorarse en conjunto, sin desprender alguna partícula.

Indicó que la similitud fonética y ortográfica es evidente, dada la reproducción de letras y sílabas que componen las marcas previamente registradas, además que conserven una secuencia similar, esto es, HAMM”, “HAMA”, “H.A.M”, “HAM-LET” y “HAMP HAMP SYNERGY”. 15 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Sostuvo que también existe conexidad entre los productos y servicios que identifican el signo cuestionado y las marcas previamente registradas.

II.-2. Las sociedades HAMA GMBH [&] CO. KG, HONDA GIKEN KOGYO KABUSHIKI KAISHA, CREACIONES H.A.M. S.A.S., HAM- LET (ISRAELCANADA) LTDA. y el señor LUIS ALEXANDER ANDRADE PLAZA, terceros con interés directo en las resultas del proceso, a pesar de ser notificados en debida forma6, guardaron silencio. III.- TRÁMITE DE LA ACCIÓN Mediante providencia de 18 de febrero de 2022, se ordenó prescindir de llevarse a cabo la Audiencia Inicial establecida en el artículo 180 del CPACA, en aplicación de lo previsto en el artículo 182ª de la Ley 1437 de 18 de enero de 20117, adicionado por el artículo 42 de la Ley 2080 de 29 de enero de 20218, toda vez que se trata de un asunto de puro derecho y en el que, además, no se formularon excepciones previas y no había prueba alguna que practicar durante la referida diligencia, pues las aportadas eran documentales. 6 Mediante auto admisorio de 16 de diciembre de 2020, obrante en el índice 11 del expediente digital agregado al sistema SAMAI y en concordancia con las constancias de entrega elaboradas por la Secretaría de la Sección Primera, obrantes en los índices 125, 26, 104 y 105 ibidem. 7 CPACA. 8 “Por medio de la cual se reforma el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437 de 2011- y se dictan otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción”. 16 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Habida cuenta que no se propusieron excepciones previas o mixtas, no se adoptó decisión al respecto.

Acto seguido se procedió a la fijación del litigio, en los siguientes términos: Que el objeto del presente litigio, de acuerdo con la demanda y la contestación de la misma, consiste en determinar si las resoluciones núms. 80995 de 7 de diciembre de 2017 y 1277 de 23 de enero de 2020, mediante las cuales la SIC denegó el registro como marca del signo nominativo “HAMM”, a nombre de la sociedad HAMM AG, para distinguir productos y servicios comprendidos en las clases 4ª, 7ª, 8ª, 9ª, 12, 14, 16, 17, 18, 25, 28, 35, 35, 36, 37, 38, 41 y 42 de la Clasificación Internacional de Niza, vulneran o no lo previsto en el artículo 136, literal a), de la Decisión 486.

Las partes no tuvieron objeción a la fijación del litigio en los términos expuestos. El Despacho sustanciador dispuso tener como pruebas, en cuanto fueren conducentes y por el valor que en derecho les corresponda, los documentos aportados con la demanda y la contestación presentada por la entidad demandada. 17 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Mediante providencia de la misma fecha se suspendió el proceso para efectos de elaborar y remitir vía electrónica, por la Secretaría de la Sección Primera, la solicitud de interpretación prejudicial.

IV.- ALEGATOS DE CONCLUSIÓN IV.-1. La actora reiteró los argumentos expuestos en la demanda y, además, señaló que en el caso sub examine las expresiones “HAMM”, “HAMA”, “HAM-LET”, “H.A.M”, “HAMP HAMP SYNERGY” y “JAM” no son confundibles, pues poseen letras y/o vocablos que las hacen diferentes frente el público consumidor. IV.-2. La parte demandada insistió en denegar las pretensiones de la demanda.

Al efecto, señaló que es evidente el riesgo de confusión entre las expresiones enfrentadas. Aseguró que los productos y servicios identificados por el signo cuestionado, coinciden en las mismas clases de la Clasificación Internacional de Niza frente a los amparados por las marcas previamente registradas, y los que no, son complementarios; además se comercializan en iguales canales y utilizan similares medios de publicidad, por lo que de permitirse el registro de la expresión solicitada se incurriría en un alto riesgo de confusión en el mercado. 18 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Insistió que las pequeñas diferencias existentes entre las expresiones enfrentadas, son insuficientes para que el signo cuestionado en las clases que se pretende registrar, sea distintivo.

IV.-3. En esta etapa procesal, las sociedades HAMA GMBH [&] CO. KG, HONDA GIKEN KOGYO KABUSHIKI KAISHA, CREACIONES H.A.M. S.A.S., HAM-LET (ISRAELCANADA) LTDA., el señor LUIS ALEXANDER ANDRADE PLAZA y el agente del Ministerio Público, guardaron silencio. V.- INTERPRETACIÓN PREJUDICIAL El Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, dio respuesta a la solicitud de Interpretación Prejudicial de la norma comunitaria invocada como violada en la demanda, en los siguientes términos9: “[…]

PRIMERO: Declarar que carece de objeto emitir la interpretación prejudicial en los términos solicitados en el presente proceso, toda vez que la norma andina que fue objeto de la consulta prejudicial obligatoria formulada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado de la República de Colombia, dentro del proceso interno 11001032400020200022800 constituye un acto aclarado, en los términos expuestos en la parte considerativa de la presente providencia judicial.

SEGUNDO: La autoridad consultante deberá remitirse a los criterios jurídicos interpretativos contenidos en las sentencias emitidas en los procesos 145-IP-2022, 261-IP-2022, 350- IP- 2022 y 391-IP-2022, las cuales se encuentran publicadas en las Gacetas Oficiales del Acuerdo de Cartagena 5146 y 5147 del 13 de marzo de 2023. 9 Proceso 151-IP-2022. 19 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co TERCERO: Declarar que a través de la presente providencia judicial se cumple el mandato de garantizar la aplicación uniforme y coherente del ordenamiento jurídico comunitario andino.

CUARTO: Disponer el archivo del expediente […]”. VI.- CONSIDERACIONES DE LA SALA La SIC, mediante los actos administrativos acusados, esto es, las resoluciones núms. 80995 de 7 de diciembre de 2017 y 1277 de 23 de enero de 2020, denegó el registro como marca del signo nominativo “HAMM” a la actora, para amparar productos y servicios comprendidos en las clases 4ª, 7ª, 8ª, 9ª, 12, 14, 16, 17, 18, 25, 34, 35 y 37 de la Clasificación Internacional de Niza, al encontrarlo similarmente confundible con las marcas nominativas y mixtas previamente registradas: “HAMA”, en las clases 8ª, 11, 16, 18 y 20, de propiedad de HAMA GMBH [&] CO.

KG; ii) “HAMP HAMP SYNERGY”, en las clases 1ª, 4ª, 7ª, 9ª y 12, cuyo titular es la sociedad HONDA GIKEN KOGYO KABUSHIKI KAISHA; iii) “H.A.M.”, en la Clase 25, de propiedad de la compañía CREACIONES H.A.M. S.A.S.; iv) “HAM-LET”, en la Clase 6ª, cuyo titular es HAM-LET (ISRAELCANADA) LTD; y iv) “JAM”, en la Clase 16, de propiedad del señor LUIS ALEXANDER ANDRADE PLAZA; y que entre los productos y servicios que distinguían, existe conexidad competitiva. 20 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co A juicio de la demandante, el signo solicitado “HAMM” no es similarmente confundible con las marcas previamente registradas citadas de oficio por dicha entidad.

Adujo que frente a las marcas previamente registradas, “HAMA”, el signo cuestionado, “HAMM”, presenta diferentes secuencias vocálicas y consonánticas; y que, además, cuenta con una letra “A” en su terminación, lo que genera un impacto visual y fonético distinto, máxime si se tiene en cuenta que la vocal “A”, de la expresión solicitada, produce un sonido abierto, mientras que la consonante “M”, de las marcas previamente registradas, genera un sonido cerrado, bilabial y nasal.

Explicó que en relación con las marcas previamente registradas “HAMP HAMP SYNERGY”, tampoco se presenta riesgo de confusión y/o asociación, por lo que pueden coexistir pacíficamente en el mercado, habida cuenta que son diferentes desde los puntos de vista ortográfico, fonético y gráfico. Que en cuanto a la marca citada de oficio por la SIC “H.A.M.”, a su juicio, no se evidencian similitudes susceptibles de generar riesgo de confusión en el público consumidor con el signo cuestionado “HAMM”. 21 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Señaló que en relación con la marca previamente registrada, “HAM- LET”, a su juicio, no existe riesgo de confusión, puesto que es diferente frente a la expresión cuestionada “HAMM”, al estar la primera conformada por dos palabras separadas por un guion (-) y contar con elementos adicionales como lo es el vocablo “LET”.

Sostuvo que con el registro previo “JAM”, también es posible observar que no existen similitudes desde los puntos de vista ortográfico, fonético y gráfico, dado que presentan distintos diseños, así como diferentes estructuras ortográficas. Por su parte, la SIC aseguró que las diferencias entre las expresiones enfrentadas son insuficientes para que sea procedente el registro del signo cuestionado, máxime si se tiene en cuenta que tienen que valorarse en conjunto, sin desprender alguna partícula.

Indicó que la similitud fonética y ortográfica es evidente, dada la reproducción de letras y silabas que componen las marcas previamente registradas, además que conserven una secuencia similar, esto es, HAMM”, “HAMA”, “H.A.M”, “HAM-LET” y “HAMP HAMP SYNERGY”. 22 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co El Tribunal, en atención a la solicitud de interpretación prejudicial deprecada por esta Corporación, profirió la Interpretación Prejudicial 151-IP-2022, en la cual indicó que la autoridad consultante debe remitirse a los criterios interpretativos contenidos en las interpretaciones prejudiciales núms. 145-IP-202210, 261-IP-202211, 350-IP-202212 y 391-IP-202213, en las que se interpretó el artículo 136, literal a), de la Decisión 486.

Así las cosas, el texto de la norma aludida es el siguiente: Decisión 486. “[…] Artículo 136.- No podrán registrarse como marcas aquellos signos cuyo uso en el comercio afectara indebidamente un derecho de tercero, en particular cuando: a) sean idénticos o se asemejen, a una marca anteriormente solicitada para registro o registrada por un tercero, para los mismos productos o servicios, o para productos o servicios respecto de los cuales el uso de la marca pueda causar un riesgo de confusión o de asociación […]”.

Con el fin de realizar el examen de registrabilidad de las expresiones en controversia es preciso adoptar las reglas para efectuar el cotejo marcario, que señaló el Tribunal en los referidos pronunciamientos comunitarios14, así: 10 publicada en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena núm. 5154 de 12 de abril de 2023. 11 publicada en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena núm. 5146 de 13 de marzo de 2023. 12 publicada en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena núm. 5303 de 7 de septiembre de 2023. 13 publicada en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena núm. 5147 de 13 de marzo de 2023. 14 145-IP-2022, 261-IP-2022, 350-IP-2022 y 391-IP-2022. 23 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co “[…] 1.4.

Igualmente, al realizar el cotejo de los signos en conflicto, se deberá observar las siguientes reglas para el cotejo de marcas: a) La comparación debe efectuarse sin descomponer los elementos que conforman el conjunto de los signos en conflicto; es decir, cada uno debe analizarse con una visión de conjunto, teniendo en cuenta su unidad fonética, ortográfica, gráfica o figurativa y conceptual o ideológica. b) En la comparación se debe emplear el método del cotejo sucesivo; esto es, se debe analizar un signo y después el otro.

No es procedente realizar un análisis simultáneo, pues el consumidor difícilmente observará los signos al mismo tiempo, sino que lo hará en momentos diferentes. c) El análisis comparativo debe enfatizar las semejanzas y no las diferencias, pues es en las semejanzas en las que se puede percibir el riesgo de confusión o de asociación. d) Al realizar la comparación es importante colocarse en el lugar del consumidor y su grado de percepción, de conformidad con el tipo de productos o servicios de que se trate [ ]”.

Para efectos de realizar el cotejo a continuación se presentan el signo y las marcas en conflicto, así: HAMM SIGNO NOMINATIVO CUESTIONADO15 HAMA HAM-LET MARCAS MIXTAS Y NOMINATIVAS PREVIAMENTE REGISTRADAS16 15 Índice 3 del expediente digital agregado al Sistema SAMAI. 16 Índice 3 del expediente digital agregado al Sistema SAMAI. 24 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Como en el presente caso se va a cotejar un signo nominativo, “HAMM”, como lo es el cuestionado, a nombre de la actora, con unas marcas nominativas y mixtas “HAMA”, “HAM-LET”;

“H.A.M”, “HAMP HAMP SYNERGY” y “JAM”, previamente registradas por los terceros con interés directo en las resultas del proceso, es necesario establecer el elemento que predomina en las expresiones mixtas, para lo cual se requiere que el examinador se ubique en el lugar del consumidor con el fin de determinar cuál de los elementos es el que se capta con mayor facilidad y genera mayor recordación en la mente del consumidor.

La Sala observa que el elemento denominativo es el predominante en las expresiones mixtas previamente registradas, no así las gráficas que las acompañan, pues son las palabras las que cumplen un papel diferenciador porque su sola lectura es la que trae en la mente del consumidor la información que la distingue. Cabe precisar que los referidos pronunciamientos comunitarios enfatizan en que si el elemento determinante es el denominativo el cotejo se deberá realizar de conformidad con las siguientes reglas para la comparación entre marcas denominativas: “[…] 25 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co (i) Se debe analizar cada signo en su conjunto; es decir, sin descomponer su unidad fonética.

Sin embargo, es importante tener en cuenta las letras, las sílabas o las palabras que poseen una función diferenciadora en el conjunto, debido a que esto ayudaría a entender cómo el signo es percibido en el mercado. (ii) Se debe establecer si los signos en conflicto comparten un mismo lexema. Una palabra puede estar constituida por lexemas y morfemas.

Los primeros son la base y el elemento que no cambia dentro de la palabra cuando se hace una lista léxica de las derivaciones que pueden salir de ella, y cuyo significado se encuentra en el diccionario. Como ejemplo tenemos el lexema deport en: deport-e, deport-ivo, deport-istas, deport-ólogo. Los segundos, son fragmentos mínimos capaces de expresar un significado y que unido a un lexema modifica su definición. Si los signos en conflicto comparten un lexema o raíz léxica, se debe tener en cuenta lo siguiente:.

Por lo general el lexema es elemento que más impacta en la mente del consumidor, lo que se debe verificar al hacer un análisis gramatical de los signos en conflicto.. Por lo general en el lexema está ubicada la sílaba tónica.. Si los signos en conflicto comparten un lexema, podría generarse riesgo de confusión ideológica. Los lexemas imprimen de significado a la palabra.

Es muy importante tener en cuenta que el criterio ideológico debe estar complementado con otros criterios para determinar el riesgo de confusión en los signos en conflicto. (iii) Se debe tener en cuenta la sílaba tónica de los signos a comparar, pues si ocupa la misma posición, es idéntica o muy difícil de distinguir, la semejanza entre los signos podría ser evidente.

(iv) Se debe observar el orden de las vocales, toda vez que si se encuentran en el mismo orden asumirán una importancia decisiva para fijar la sonoridad de la denominación. (v) Se debe determinar el elemento que impacta de una manera más fuerte en la mente del consumidor, pues esto mostraría cómo es captada la marca en el mercado […]”. 26 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Ahora, es evidente para la Sala que la causal de irregistrabilidad prevista en el literal a) del artículo 136 de la Decisión 486 exige que se consideren probados dos requisitos: i) la semejanza determinante de error en el público consumidor; y ii) la identidad o similitud entre los productos que se pretenden proteger con la marca, al punto de poder causar confusión en aquél. A efectos de evaluar la similitud entre los signos, es necesario considerar los siguientes conceptos aludidos en las precitadas interpretaciones prejudiciales: “[…] a) Ortográfica: Se refiere a la semejanza de las letras de los signos en conflicto desde el punto de vista de su configuración; esto es, tomando en cuenta la secuencia de vocales, la longitud de la o las palabras, el número de sílabas, las raíces, o las terminaciones comunes de los signos en conflicto, los cuales pueden inducir en mayor grado a que la confusión sea más palpable u obvio. b) Fonética: Se refiere a la semejanza de los sonidos de los signos en conflicto.

La determinación de tal similitud depende, entre otros elementos, de la identidad en la sílaba tónica o de la coincidencia en las raíces o terminaciones; sin embargo, también deben tenerse en cuenta las particularidades de cada caso, con el fin de determinar si existe la posibilidad real de confusión entre los signos confrontados. c) Conceptual o ideológica: Se configura entre signos que evocan una idea y/o valor idéntico y/o semejante […]”.

Así las cosas, la Sala procederá a analizar las características propias del signo y las marcas en controversia, esto es, “HAMM”, “HAMA”, “HAM-LET”, “H.A.M”, “HAMP HAMP SYNERGY” y “JAM”, respecto 27 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co a sus semejanzas ortográficas, fonéticas e ideológicas, con el fin de determinar el grado de confusión que pueda existir entre los mismos.

Siendo ello así, respecto a la similitud ortográfica, es preciso indicar que entre el signo solicitado “HAMM” y las marcas previamente registradas “HAMA”, la Sala advierte significativas similitudes, que pueden inducir a mayor grado de confusión, teniendo en cuenta que el signo cuestionado reproduce la mayoría de letras contenidas en las marcas previamente registradas “HAMA”, esto es, “(H-A-M)”, y que la única diferencia radica en el intercambio de la vocal “A” por la “M”, en la terminación de la expresión cuestionada, la cual no goza de la suficiente distintividad y no contribuye a diferenciarlo de las marcas previamente registradas “HAMA”.

Asimismo, frente a la marca previamente registrada “H.A.M.”, ya que el signo cuestionado “HAMM” reproduce totalmente las letras “H-A- M”, en las cuales se encuentra toda la fuerza distintiva de la expresión y que la única diferencia radica en inclusión en la terminación de la letra “M”, así como la supresión de tres signos de puntuación (.), en el signo solicitado, las cuales no gozan de la suficiente distintividad y no contribuyen a diferenciarlo de la marca previamente registrada “H.A.M”. 28 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co De igual manera, frente a la marca previamente registrada “JAM”, habida cuenta que el signo cuestionado reproduce la mayoría de letras contenidas en la marca previamente registrada “JAM”, esto es, “(A- M)”, y que la única diferencia radica en el intercambio de la consonante “J”, por la “H”, en el inicio de la expresión cuestionada y la supresión de la constante “M”, en su terminación, las cuales no gozan de la suficiente distintividad y no contribuyen a diferenciarlo de la marca previamente registrada “JAM”.

Igualmente, ocurre frente a la marca previamente registrada “HAM- LET”, ya que el signo cuestionado reproduce totalmente la partícula “HAM”, en la cual se encuentra toda la fuerza distintiva de la expresión y que la única diferencia radica en inclusión de la letra “M” en su terminación, la supresión de un guion (-) y el vocablo “LET”, del signo solicitado, las cuales no gozan de la suficiente distintividad y no contribuyen a diferenciarlo de la marca previamente registrada “HAM-LET”.

También ocurre frente a las marcas previamente registradas “HAMP HAMP SYNERGY”, teniendo en cuenta que el signo cuestionado reproduce la mayoría de letras contenidas en las marcas previamente registradas “HAMP HAMP SYNERGY”, esto es, “(H-A-M/H-A-M)”, y que la única diferencia radica en el intercambio de la letra “P”, por la 29 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co “M”, y en la terminación de la expresión cuestionada y la supresión de la partícula “SYNERGY”, las cuales no gozan de la suficiente distintividad y no contribuyen a diferenciarlo de las marcas previamente registradas “HAMP HAMP SYNERGY”.

Además, debe tenerse en cuenta en estos dos últimos escenarios que en las marcas compuestas la primera palabra es la que tiene mayor poder de recordación en la mente del consumidor17, por lo que el vocablo “HAM”, de las marcas previamente registradas “HAM-LET” y “HAMP HAMP SYNERGY”, son las que el consumidor va a recordar con mayor preponderancia. De otra parte, debe tenerse en cuenta que la carga distintiva recae sobre las letras que reproduce por completo de las marcas previamente registradas, esto es, en “HAMA”, “H.A.M”, “JAN”, “HAM-LET” y “HAMP HAMP SYNERGY”, lo que lleva a que el signo solicitado “HAMM” no sea suficientemente distintivo y diferente a las marcas previamente registradas. 17 Criterio señalado por la Sala en sentencias de 24 de septiembre y 22 de octubre de 2020, expedientes identificados con los números únicos de radicación 2012-00215-00 y 2011-00027-00, CP.

Nubia Margoth Peña Garzón. 30 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Cabe señalar que la Sala, en sentencia de 9 de julio de 202018, fijó como regla que en los casos en los cuales un signo reproduzca elementos de otra marca, es necesario que contenga elementos adicionales que lo doten de una carga semántica particularizadora y, en ese sentido, permitan otorgarle la suficiente distintividad para diferenciarla de otras marcas, toda vez que de no cumplirse dicho requisito no procede su registro, habida cuenta que no se eliminaría el riesgo de confusión o de asociación y tampoco permitiría identificar su origen empresarial.

En efecto, así lo indicó: “[…] 57. Con fundamento en lo anterior, la Sala acoge como regla, que aquellos casos en los cuales una marca o signo reproduzca elementos de otra marca, es necesario que contenga elementos adicionales, que la doten de una carga semántica particularizadora y, en ese sentido, permitan otorgarle la suficiente distintividad para diferenciarla de otras marcas.

De no cumplirse lo anterior, no procederá el registro de la marca, comoquiera que no se elimina el riesgo de confusión o de asociación y tampoco permitiría identificar su origen empresarial. […]”. Por tanto, la Sala estima que, en el caso bajo examen, el signo cuestionado “HAMM” no cuenta con elementos adicionales que lo doten de una carga semántica particularizadora que permita otorgarle 18 Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, sentencia de 9 de junio de 2020, C.P. Hernando Sánchez Sánchez, núm. único de radicación 2011-00278-00.

Criterio reiterado en sentencia de 18 de ese mes y año, C.P. Nubia Margoth Peña Garzón, núm. único de radicación 2009- 00118-00. 31 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co suficiente distintividad para diferenciarlo de las marcas previamente registradas, “HAMA”, “HAM-LET”, “H.A.M”, “HAMP HAMP SYNERGY” y “JAM”.

En relación con la similitud fonética, es preciso indicar que entre el signo cuestionado “HAMM” y las marcas previamente registradas “HAMA”, “H.A.M”, “HAM-LET” y “HAMP HAMP SYNERGY”, tienen un sonido o pronunciación similar, por cuanto las expresiones enfrentadas coinciden con la expresión “HAM”. Igualmente, ocurre frente a la marca “JAM”, porque coinciden en las denominaciones “HAMM/JAM”, sin que el intercambio en el inicio de las consonantes “H”, por la “J”, sea relevante, ya que estas letras junto con el resto del conjunto marcario, tienen una pronunciación similar.

En efecto, basta hacer el siguiente ejercicio, para apreciar tal semejanza: HAMM - HAMA - HAMM - HAMA - HAMM - HAMA HAMM - HAMA - HAMM - HAMA - HAMM - HAMA HAMM - HAMA - HAMM - HAMA - HAMM - HAMA HAMM - HAMA - HAMM - HAMA - HAMM - HAMA HAMM – H.A.M - HAMM – H.A.M - HAMM – H.A.M 32 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co HAMM – H.A.M - HAMM – H.A.M - HAMM – H.A.M HAMM – H.A.M - HAMM – H.A.M - HAMM – H.A.M HAMM – H.A.M - HAMM – H.A.M - HAMM – H.A.M HAMM – HAM-LET - HAMM – HAM-LET - HAMM – HAM-LET HAMM – HAM-LET - HAMM – HAM-LET - HAMM – HAM-LET HAMM – HAM-LET - HAMM – HAM-LET - HAMM – HAM-LET HAMM – HAM-LET - HAMM – HAM-LET - HAMM – HAM-LET HAMM - HAMP HAMP SINERGY- HAMM - HAMP HAMP SINERGY HAMM - HAMP HAMP SINERGY- HAMM - HAMP HAMP SINERGY HAMM - HAMP HAMP SINERGY- HAMM - HAMP HAMP SINERGY HAMM - HAMP HAMP SINERGY- HAMM - HAMP HAMP SINERGY HAMM - JAM - HAMM - JAM - HAMM - JAM - HAMM - JAM HAMM - JAM - HAMM - JAM - HAMM - JAM - HAMM - JAM HAMM - JAM - HAMM - JAM - HAMM - JAM - HAMM - JAM HAMM - JAM - HAMM - JAM - HAMM - JAM - HAMM - JAM En cuanto a la similitud ideológica, la Sala estima que las palabras “HAMM”, “HAMP”, “SINERGY” y “LET”, que hacen parte del signo cuestionado y las marcas previamente registradas, provienen del idioma inglés, las cuales traducen, respectivamente, a “JAMON”, “HAMPA”, “SINERGIA” y “DEJAR”; sin embargo, sus significados no son del conocimiento común o de uso generalizado, por lo que se consideran como términos de fantasía, ya que no tienen un significado 33 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co conceptual propio en el idioma castellano que sea identificable por el consumidor promedio colombiano19.

Por su parte, la palabra “JAN”, presente en una de las marcas previamente registradas, de conformidad con el Diccionario de la Real Academia20, significan: “[…] 1. m. Cuba. Vara de madera dura, rematada en una punta de hierro, que se emplea para ahoyar en la tierra […]”. Por su parte, las partículas “HAM” y “HAMA”, que hacen parte de algunas de las marcas previamente registradas, deben tenerse como de fantasía, por cuanto éstas no tienen un significado conceptual propio en el idioma castellano que sean identificables por el consumidor promedio colombiano. Así las cosas y comoquiera que algunas de las expresiones enfrentadas contienen expresiones de fantasía, la Sala considera que el signo y las marcas previamente registradas no pueden cotejarse desde este aspecto. 19 No obra en el plenario medio probatorio que determine que la traducción de la palabra “HAM”, sea de conocimiento generalizado.

Criterio señalado por la Sala en sentencia de 18 de marzo de 2021, Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, C.P. Roberto Augusto Serrato Valdés, núm. único de radicación 2011-00321-00. 20https://dle.rae.es/jan, consultado el 6 de octubre de 2024. 34 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co En este orden de ideas, la Sala concluye que al encontrarse semejanzas ortográficas y fonéticas entre el signo cuestionado y las marcas previamente registradas existe riesgo de confusión directa.

Por lo tanto, se cumple el primer supuesto del artículo 136, literal a), de la Decisión 486, en cuanto a la semejanza a una marca registrada por un tercero. Ahora, para aplicar la causal bajo análisis, es necesario abordar el segundo supuesto, esto es, el tema de la conexión competitiva. Tratándose de esta materia, esta Sección en sentencia de 26 de noviembre de 201821 trajo a colación los criterios expuestos por el Tribunal, así: “[…] a) Si los productos o servicios pertenecen a una misma clase de la Clasificación Internacional de Niza.

Sin embargo, es preciso recordar que la inclusión de productos o servicios en una misma clase no resulta determinante para efectos de establecer la similitud entre los productos o servicios objeto de análisis. En efecto, podría darse el caso de que los signos comparados distingan productos o servicios pertenecientes a categorías o subcategorías disímiles, aunque pertenecientes a una misma clase de Clasificación Internacional de Niza. b) Los canales de aprovisionamiento, distribución y de comercialización, así como los medios de publicidad 21 Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, sentencia de 26 de noviembre de 2018, C.P. Hernando Sánchez Sánchez, expediente identificado con el número único de radicación 2009-00314-00. 35 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co empleados para tales fines, la tecnología empleada, la finalidad o función, el mismo género, la misma naturaleza de los productos o servicios, la utilización de estos, entre otros indicios o criterios.

Respecto del criterio relativo a los mismos canales de distribución, los grandes distribuidores no pueden ser tomados como referencia por cuanto disponen de una oferta muy variada. Es posible considerar la venta de productos dentro de tiendas especializadas en combinación con otros criterios. Asimismo, si los productos se dirigen a destinatarios diferentes, como regla general, no existirá conexión competitiva.

De igual manera, los canales de distribución independientes o diferentes indican la existencia de un know-how de fabricación diferente y, generalmente, de ausencia de similitud. c) El grado de sustitución (o intercambiabilidad) o complementariedad de los productos. En efecto, para analizar la conexión competitiva es pertinente tener en cuenta otros criterios como la intercambiabilidad, relativo al hecho de que los consumidores consideren que los productos son sustituibles entre sí para las mismas finalidades, o la complementariedad, relativo al hecho de que los consumidores juzguen que los productos deben utilizarse en conjunto, o que el uso de uno de ellos presupone el del otro, o que uno no puede utilizarse sin el otro.

Respecto del criterio de sustituibilidad o intercambiabilidad, se debe tener en consideración que existe conexión competitiva cuando los productos o servicio en cuestión resultan sustitutos razonables para el consumidor; es decir, que este podría decidir adquirir uno u otro sin problema alguno. La sustitución se presenta claramente cuando un ligero incremento en el precio de un producto origina una mayor demanda en el otro.

Para apreciar la conexión competitiva, o sustitución, entre productos, se deberá tener en consideración los precios de dichos bienes, sus características, su finalidad, los canales de aprovisionamiento o de distribución o de comercialización, los medios de publicidad utilizados, etc. [ ]”. Sobre este asunto, la Sala precisa que a fin de verificar la conexidad entre los productos amparados, hay circunstancias en las que uno o dos criterios son suficientes para establecer la conexión 36 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co competitiva y que no se requiere de la concurrencia de todos para la consecución del propósito de establecer dicha conexidad.

En el caso sub lite, la expresión cuestionada “HAMM” fue solicitada para amparar los siguientes productos y servicios de las clases 4ª, 7ª, 8ª, 9ª, 12, 14, 16, 17, 18, 25, 34, 35 y 37, de la Clasificación Internacional de Niza:.- Clase 4ª: “[…] Aceites y grasas para uso industrial; aceites de motor; aceites para engranajes; lubricantes; preparaciones para desempolvar; preparaciones para absorber, humedecer y concentrar el polvo; aditivos no químicos para carburantes, combustibles, lubricantes y aceites industriales; combustibles (incluidas gasolinas para motores) y combustibles de alumbrado; grasas, ceras y fluidos industriales; agentes de desmoldeo, a saber, aceites y grasas; aditivos relacionados con los productos mencionados, comprendidos en esta Clase […]”.

(Resaltado fuera del texto original)..- Clase 7ª: “[…] Equipos mecánicos para trabajos de construcción, movimiento de tierras, trituración, procesamiento, minería y agricultura; bombas, compresores, generadores y ventiladores; equipos de traslado y manipulación; equipos de levantamiento y alzamiento; motores, cadenas cinemáticas y partes genéricas de máquinas; acoplamientos para 37 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co máquinas y componentes de transmisión (excepto para vehículos terrestres); filtros (partes de máquinas o motores); cajas para filtros (partes de máquinas o motores); máquinas de construcción; instrumentos de construcción mecánicos, neumáticos, hidráulicos y electrónicos (no accionados manualmente); máquinas e instrumentos mecánicos para trabajos de construcción, arrastre, minería, procesamiento, demolición y agricultura, en particular máquinas para romper rocas, máquinas para romper hormigón, compactadoras, instrumentos compactadores, concentradores, aplanadoras, rodillos para el movimiento de tierras, compactadoras, rodillos en tándem, rodillos con ruedas de caucho, rodillos estáticos, rodillos de niveladoras, bulldozers, niveladoras y máquinas para el trabajo de tierras; esparcidores de aglutinantes, grava y virutas; pilones (máquinas); máquinas e instrumentos mecánicos para la construcción de carreteras, el movimiento de tierras, la minería a cielo abierto y subterránea, la ingeniería estructural y civil, el trabajo de tierras, el trabajo en carreteras, el trabajo con piedras, el trabajo con asfalto, el trabajo con hormigón, la reparación de carreteras, el reciclaje de superficies de carreteras, el reciclaje de asfalto, el reciclaje de betún, la demolición de carreteras, la ruptura de superficies de carreteras, la trituración, la ruptura, el trabajo en superficies de carreteras, la construcción de vertederos, la estabilización y compactación de tierras; máquinas e instrumentos de compactación, en particular para el movimiento de tierras, la construcción de carreteras y la construcción de 38 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co vertederos; partes y herramientas de los productos mencionados, en particular rodillos, tambores, rodillos y tambores vibratorios, rodillos y tambores oscilatorios, rodillos y tambores para compactar, romper y triturar, dispositivos de accionamiento de traslación, mecanismos de accionamiento vibratorios, mecanismos de accionamiento oscilatorios, motores, unidades de accionamiento, mecanismos de accionamiento híbridos, placas hidráulicas, placas vibratorias (placas compactadoras vibratorias), vibradoras, elementos de mecanismos de accionamiento, suspensiones, mecanismos de control, juntas, partes de desgaste, piezas de repuesto, herramientas de alto rendimiento de metales duros, herramientas para compactar, herramientas para aplastar, herramientas para romper, herramientas para fresar, soportes de herramientas, sistemas de soporte para el cambio de herramientas, revestimientos para rodillos y tambores, alojamientos de tambores, piezas de carrocerías, chasis, cabinas de conductores, soportes de dirección, espejos, depósitos, depósitos de agua, barras de trituración y aplastamiento, placas de trituración y aplastamiento, sistemas de frenado, frenos, forros de freno, pinzas de freno y zapatas de freno; herramientas de mano que (no sean accionadas manualmente); herramientas para máquinas; herramientas de aflojado para tapones de cierre (no accionadas manualmente); herramientas eléctricas; herramientas mecánicas; herramientas automáticas (no accionadas manualmente); herramientas hidráulicas (no accionadas manualmente); herramientas neumáticas (no 39 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co accionadas manualmente); equipos mecánicos para la elevación y bajada de máquinas y partes de máquinas; tubos en cuanto partes a medida de máquinas; mecanismos de control mecánicos, hidráulicos y neumáticos; cubiertas y partes de cubiertas, en particular en forma de cadenas, anillos y bandas, para partes de máquinas, en particular para rodillos y tambores; carenados y partes de carenados, en particular en forma de cadenas, anillos y bandas, para partes de máquinas, en particular para rodillos y tambores; lonas adaptadas para máquinas, en particular para rodillos y tambores; revestimientos adaptados para máquinas, en particular para rodillos y tambores; bujías de encendido; dispositivos de arranque; gatos (máquinas); gatos eléctricos, neumáticos e hidráulicos; partes y accesorios de todos los productos mencionados, comprendidos en esta clase; separadores electrostáticos […]”.

(Resaltado fuera del texto original)..- Clase 8ª: “[…] Herramientas e instrumentos de mano (accionados manualmente), en particular, para el tratamiento de materiales y para trabajos de construcción, reparación y mantenimiento; herramientas de aflojado para tapones de cierre (accionadas manualmente); herramientas de elevación; bombas accionadas manualmente para lubricantes, aceites y grasas industriales; instrumentos accionados manualmente para la distribución de lubricantes, aceites y grasas industriales; tambores para el enrollado y desbobinado de 40 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co cordeles y cuerdas (accionados manualmente); tornillos de banco; gatos accionados manualmente; partes y accesorios de todos los productos mencionados, comprendidos en esta clase […]”.

(Resaltado fuera del texto original)..- Clase 9ª: “[…] Aparatos e instrumentos científicos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de supervisión (inspección), de control, de regulación, de salvamento y de enseñanza; aparatos, unidades y sistemas de control electrónico; aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la electricidad; aparatos e instrumentos para la captura, grabación, transmisión, recepción y reproducción de sonidos, imágenes y datos; equipos de comunicación; soportes de datos para ilustraciones, sonidos y datos; máquinas de calcular; equipos de procesamiento de datos; ordenadores; software y hardware; periféricos informáticos; extintores; datos grabados; equipos audiovisuales y de tecnologías de la información; imanes, magnetizadores y desmagnetizadores; aparatos, instrumentos y cables eléctricos; dispositivos, equipos, potenciadores y correctores ópticos; dispositivos y equipos de seguridad, protección y señalización; dispositivos de navegación, orientación, posicionamiento, seguimiento, identificación y elaboración de mapas; instrumentos de navegación; instrumentos, dispositivos, aparatos y controladores de medición, detección y vigilancia; 41 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co instrumentos, dispositivos y aparatos para la medición y la indicación de la rigidez, el grado de compactación, la capacidad de soporte de carga y la temperatura del suelo, en particular, de superficies de carreteras y tierras; reguladores de temperatura; dispositivos y aparatos eléctricos y electrónicos, así como equipos compuestos por dichos productos, para telemática, telecomunicaciones y procesamiento de datos; aparatos, instrumentos, software y hardware para el seguimiento, la supervisión, la operación, el control remoto y las pruebas técnicas de productos de ingeniería mecánica y eléctrica, productos de ingería estructural, ingeniería civil y minería, instalaciones, vehículos, aparatos y máquinas industriales; dispositivos de prueba y control de calidad; instrumentos eléctricos de prueba; aparatos eléctricos y electrónicos para la evaluación del funcionamiento y fallos de productos de ingeniería mecánica y eléctrica, productos de ingería estructural, ingeniería civil y minería, instalaciones, vehículos, aparatos y máquinas industriales; aparatos de laboratorio y de investigación científica; unidades de filtración de laboratorio; aparatos de análisis y diagnóstico (excepto para uso médico); simuladores; dispositivos de dosificación; dispositivos láser, de infrarrojos y de ultrasonidos (excepto para uso médico); láseres que no sean para uso médico; conmutadores; cajas de control eléctricas, armarios de distribución y tableros de control; tableros de control eléctrico; palancas de mando; sensores; detectores; diodos electroluminiscentes; bocinas de señalización; zumbadores; letreros luminosos; reflectores ópticos; espejos 42 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co ópticos; radiotransmisores y radiorreceptores; antenas; antenas en cuanto aparatos de comunicación; transmisores; receptores ópticos y eléctricos; aparatos de señalización y paneles de señalización metálicos (luminosos o mecánicos); tableros de información; instrumentos, dispositivos y aparatos de nivelación; aparatos de control remoto; dispositivos eléctricos y electrónicos para la elevación o bajada de máquinas o partes de máquinas; indicadores de nivel de aceite; componentes de circuitos eléctricos; cables e hilos eléctricos; componentes de conexión eléctrica; relés eléctricos; fusibles; bornes (electricidad); tarjetas de circuitos y circuitos eléctricos; dispositivos de audio y receptores de radio; altavoces; ecualizadores gráficos; baterías; cargadores de pilas y baterías; amplificadores eléctricos; ropa de protección y seguridad contra accidentes o lesiones; calzado de protección; cascos de protección; gafas, en particular, gafas de seguridad para la protección de los ojos y gafas de sol; películas expuestas con fines educativos; películas cinematográficas con fines educativos; tarjetas llave (codificadas); partes y accesorios de todos los productos mencionados, comprendidos en esta clase […]”.

(Resaltado fuera del texto original)..- Clase 12: “[…] Vehículos de transporte; tractores de semirremolque; remolques para el transporte de cargas; vehículos de carga baja; camiones remolcadores; camiones; remolques para vehículos de motor terrestres; unidades basculantes para vehículos; vagonetas; volantes; ruedas; 43 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co neumáticos; llantas de ruedas; cámaras de aire para neumáticos; equipos de reparación para neumáticos y cámaras de aire de neumáticos; trenes transmisores de potencia, incluidos motores, para vehículos terrestres; componentes de acoplamiento y de transmisión para vehículos terrestres; cadenas de accionamiento y árboles de transmisión para vehículos terrestres; partes de carrocería para vehículos; rejillas de radiador para vehículos; bastidores; sistemas de frenado, frenos, pinzas de freno, zapatas de freno y forros de freno para vehículos; rascadores para neumáticos; limpiaparabrisas; lonas adaptadas para vehículos y remolques de vehículos; revestimientos adaptados para vehículos y remolques de vehículos; sistemas de alarma para vehículos; retrovisores para vehículos; bombas de aire para inflar neumáticos; partes y accesorios de todos los productos mencionados, comprendidos en esta clase […]”.

(Resaltado fuera del texto original)..- Clase 14: “[…] Metales preciosos y sus aleaciones, así como imitaciones de los mismos; piedras preciosas y perlas, así como imitaciones las mismas; vehículos y máquinas en miniatura (adornos) de metales preciosos; artículos de joyería; artículos de relojería e instrumentos cronométricos; joyeros y estuches para relojes; llaveros de fantasía; estatuas, figuritas, adornos, monedas y fichas de piedras o metales preciosos o semipreciosos o chapados con estos, así como sus imitaciones; obras de arte de metales preciosos; partes y 44 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co accesorios de todos los productos mencionados, comprendidos en esta clase […]”.

(Resaltado fuera del texto original)..- Clase 16: “[…] Papel; cartón; productos de imprenta; artículos de papel; artículos de papelería; instrumentos de escritura y estampación; bolígrafos; plumas estilográficas; lápices; material de dibujo; estuches para artículos de papelería y materiales de dibujo; imágenes; fotografías; tarjetas postales; tarjetas postales ilustradas; tarjetas de felicitación desplegables; tarjetas de felicitación; calcomanías; tarjetas de intercambio que no sean para juegos; dibujos; diagramas; planos; mapas de papel o de materias plásticas flexibles; periódicos; publicaciones periódicas; revistas (publicaciones periódicas); libros; cartillas (cuadernillos); catálogos; libros de consulta; manuales; libretas; calendarios; álbumes; marcapáginas; sellos; etiquetas que no sean de tela; materiales y soportes de arte y decoración; sobres de papelería; colas de papelería o para uso doméstico; brochas para pintores; artículos de oficina (excepto muebles); material de instrucción o material didáctico (excepto aparatos); obras de arte y figuras de papel o cartón, y maquetas de arquitectura; posavasos de papel o de cartón; materiales filtrantes de papel; bolsas y artículos de papel, cartón o materias plásticas para empaquetar, embalar y almacenar; fundas para dinero; productos de papel desechables; partes y accesorios de todos los productos mencionados, comprendidos en esta clase […]”. 45 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co.- Clase 17: “[…] Obturadores, materiales de sellado y masillas de relleno; materiales aislantes, de amortiguación y de aislamiento; tuberías, tubos y mangueras flexibles, así como sus piezas accesorias, incluidas válvulas; tuberías, tubos y mangueras no metálicos (excepto para la construcción); acoplamientos y conectores no metálicos para tuberías, tubos, mangueras y cables; productos de materias plásticas semiacabados; materias plásticas en forma de hojas, películas, bloques, varillas y tubos; materiales sin procesar y semiprocesados (no adaptados para usos específicos), comprendidos en esta clase, a saber, poliéster, fibras minerales, películas de materias plásticas flexibles (que no sean para empaquetar), materias plásticas semiprocesadas, fibras plásticas (que no sean para uso textil), materias plásticas recicladas, elastómeros, materiales sintéticos y compuestos, a saber, fibras de carbono, acetato de celulosa, fibras de vidrio y lana de vidrio, celulosa, fibras impregnadas con resinas sintéticas; productos acabados o semiacabados (adaptados para usos específicos), comprendidos en esta clase, a saber, moldes de ebonita, moldes de caucho para la producción de bordes de caminos, caucho semielaborado, a saber, molduras, materias plásticas semiprocesadas de moldeo por inyección, materiales amortiguadores, materiales de embalaje, amortiguadores de vibraciones, estatuas y obras de arte, a saber, figuritas de caucho y películas decorativas de materias plásticas en cuanto productos semiacabados, películas antideslumbrantes para cristales de ventanas (ahumadas), cubiertas de caucho para componentes eléctricos, 46 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co cubiertas de caucho para interruptores, películas de protección de materias plásticas (que no sean para empaquetar), revestimientos de tambores de caucho (productos semiacabados), anillos de estanqueidad, juntas de cilindros, espaciadores (que no sean elementos de fijación para tuberías), membranas de sellado y materiales filtrantes sintéticos semiprocesados, cintas adhesivas, tiras, bandas y películas, forros de embrague, materiales de restauración y reparación de neumáticos, cintas de marcado y artículos de protección de caucho; partes y accesorios de todos los productos mencionados, comprendidos en esta clase […]”..- Clase 18: “[…] Artículos de equipaje, bolsas, billeteras y otros tipos de estuches de transporte; morrales; paraguas y sombrillas; bastones; artículos de guarnicionería; partes y accesorios de todos los productos mencionados, comprendidos en esta clase […]”..- Clase 25: “[…] Prendas de vestir; calzado; artículos de sombrerería; partes y piezas accesorias de los productos mencionados, comprendidas en esta clase […]”..- Clase 34: “[…] Artículos para fumadores, en particular encendedores; ceniceros; fósforos (cerillas); partes y accesorios de todos los productos mencionados, comprendidos en esta clase […]”. 47 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co.- Clase 35: Gestión empresarial; administración comercial; publicidad; difusión de anuncios; alquiler de espacios publicitarios; servicios de marketing y promoción de ventas; consultoría sobre administración comercial; consultoría sobre la gestión y organización empresariales; servicios de información comercial; demostraciones de productos y servicios de presentación de productos, asimismo por Internet; dirección y organización de ferias con fines comerciales y publicitarios; servicios de transacciones comerciales y suministro de información al consumidor, a saber, servicios de subastas, organización de contactos comerciales, servicios de compra colectiva, evaluaciones en relación con cuestiones comerciales, organización de competiciones con fines publicitarios, servicios comerciales de agencias, servicios de importación y exportación, servicios de negociación e intermediación, servicios de pedidos, servicios de comparación de precios, servicios de adquisición por cuenta de terceros, servicios de suscripción; servicios de análisis, investigación e información empresariales; procesamiento de datos (trabajos de oficina); recopilación electrónica de datos; recopilación y sistematización de datos e información en bases de datos electrónicas; gestión de calidad, a saber, optimización de procesos mediante planificación organizativa; recopilación de estadísticas; análisis costo beneficio; análisis del precio de costo; estudios comerciales sobre la utilización de la capacidad; gestión de proyectos empresariales; gestión organizativa de proyectos y gestión organizativa de flotas de vehículos y 48 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co máquinas, y consultoría organizativa y comercial conexa; explotación de líneas directas de información, de quejas y de emergencia, asimismo en línea, a saber, recogida, compilación y reenvío de solicitudes o quejas de clientes por teléfono o medios electrónicos; servicios de agencias de importación y exportación; programación organizativa del tiempo de funcionamiento y la localización de productos de ingeniería mecánica y eléctrica, productos de ingería estructural, ingeniería civil y minería, instalaciones, vehículos, aparatos y máquinas industriales; servicios de relocalización de empresas; búsqueda de patrocinadores; servicios de venta minorista y mayorista, también por Internet, de aceites y grasas industriales, aceites de motor, aceites para engranajes, lubricantes, preparaciones para quitar el polvo, preparaciones para absorber, humedecer y concentrar el polvo, aditivos no químicos para carburantes, combustibles, lubricantes y aceites industriales, combustibles (incluidos carburantes para motores), combustibles para el alumbrado, grasas, ceras y fluidos industriales, agentes de desmoldeo, a saber, aceites y grasas, equipos mecánicos para trabajos de construcción, movimiento de tierras, trituración, procesamiento, minería y agricultura, bombas, compresores, generadores, ventiladores, equipos de traslado y manipulación, equipos de elevación y levantamiento, motores, sistemas de propulsión, partes genéricas de máquinas, acoplamientos para máquinas y componentes de transmisión (excepto para vehículos terrestres), filtros (partes de máquinas o motores), cajas para filtros (partes de máquinas o motores), 49 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co máquinas de construcción, instrumentos de construcción mecánicos, neumáticos, hidráulicos y electrónicos (no accionados manualmente), máquinas e instrumentos mecánicos para trabajos de construcción, arrastre, minería, procesamiento, demolición y agricultura, en particular máquinas para romper rocas, máquinas para romper hormigón, compactadoras, instrumentos compactadores, concentradores, aplanadoras, rodillos para el movimiento de tierras, compactadoras, rodillos en tándem, rodillos con ruedas de caucho, rodillos estáticos, rodillos de niveladoras, bulldozers, niveladoras y máquinas para el trabajo de tierras, esparcidores de aglutinantes, grava y virutas, pisones (máquinas), máquinas e instrumentos mecánicos para la construcción de carreteras, el movimiento de tierras, la minería a cielo abierto y subterránea, la ingeniería estructural y civil, el trabajo de tierras, el trabajo en carreteras, el trabajo con piedras, el trabajo con asfalto, el trabajo con hormigón, la reparación de carreteras, el reciclaje de superficies de carreteras, el reciclaje de asfalto, el reciclaje de betún, la demolición de carreteras, la ruptura de superficies de carreteras, la trituración, la ruptura, el trabajo en superficies de carreteras, la construcción de vertederos, la estabilización y compactación de tierras, máquinas e instrumentos de compactación, en particular para el movimiento de tierras, la construcción de carreteras y la construcción de vertederos, partes de máquinas, en particular herramientas, rodillos, tambores, rodillos y tambores vibratorios, rodillos y tambores oscilatorios, rodillos y tambores para 50 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co compactar, romper y triturar, dispositivos de accionamiento de traslación, mecanismos de accionamiento vibratorios, mecanismos de accionamiento oscilatorios, motores, unidades de accionamiento, mecanismos de accionamiento híbridos, placas hidráulicas, placas vibratorias (placas compactadoras vibratorias), vibradoras, elementos de mecanismos de accionamiento, suspensiones, mecanismos de control, juntas, partes de desgaste, piezas de repuesto, herramientas de alto rendimiento de metales duros, herramientas para compactar, herramientas para aplastar, herramientas para romper, herramientas para fresar, soportes de herramientas, sistemas de soporte para el cambio de herramientas, revestimientos para rodillos y tambores, alojamientos de tambores, piezas de carrocerías, chasis, cabinas de conductores, soportes de dirección, espejos, depósitos, depósitos de agua, barras de trituración y aplastamiento, placas de trituración y aplastamiento, sistemas de frenado, frenos, forros de freno, pinzas de freno y zapatas de freno, herramientas de mano (no accionadas manualmente), herramientas para máquinas, herramientas de aflojado para tapones de cierre (no accionadas manualmente), herramientas eléctricas, herramientas mecánicas, herramientas automáticas, herramientas hidráulicas (no accionadas manualmente), herramientas neumáticas (no accionadas manualmente), equipos mecánicos para la elevación y bajada de máquinas y partes de máquinas, tubos en cuanto partes a medida de máquinas, mecanismos de control mecánicos, hidráulicos y neumáticos, cubiertas y partes de 51 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co cubiertas, en particular en forma de cadenas, anillos y bandas, para partes de máquinas, en particular para rodillos y tambores, carenados y partes de carenados, en particular en forma de cadenas, anillos y bandas, para partes de máquinas, en particular para rodillos y tambores, lonas adaptadas para máquinas, revestimientos adaptados para máquinas, bujías de encendido, arranques, gatos (máquinas), gatos eléctricos, neumáticos e hidráulicos, herramientas e instrumentos de mano (accionados manualmente), en particular para el tratamiento de materiales y para trabajos de construcción, mantenimiento y reparación, herramientas de aflojado para tapones de cierre (accionadas manualmente), herramientas de elevación, bombas accionadas manualmente para lubricantes y aceites y grasas industriales, instrumentos accionados manualmente para la distribución de lubricantes y aceites y grasas industriales, tambores para el enrollado y desbobinado de cordeles y cuerdas, tornillos de banco, gatos accionados manualmente, aparatos e instrumentos científicos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de supervisión (inspección), de control, de regulación, de salvamento y de enseñanza, aparatos, unidades y sistemas electrónicos de control, aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación y control de la electricidad, aparatos e instrumentos para la captura, grabación, transmisión, recepción y reproducción de sonidos, imágenes o datos, equipos de comunicación, 52 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co soportes de datos para ilustraciones, sonidos y datos, máquinas de calcular, equipos de procesamiento de datos, ordenadores, software y hardware, periféricos informáticos, extintores, datos grabados, equipos audiovisuales y de tecnologías de la información, imanes, magnetizadores y desmagnetizadores, aparatos, instrumentos y cables eléctricos, dispositivos, equipos, potenciadores y correctores ópticos, dispositivos y equipos de seguridad, protección y señalización, dispositivos de navegación, orientación, posicionamiento, seguimiento, identificación y elaboración de mapas, instrumentos de navegación, instrumentos, dispositivos, aparatos y controladores de medición, detección y vigilancia, instrumentos, dispositivos y aparatos para la medición y la indicación de la rigidez, el grado de compactación, la capacidad de soporte de carga y la temperatura del suelo, en particular de superficies de carreteras y tierras, reguladores de temperatura, dispositivos y aparatos eléctricos y electrónicos, así como equipos compuestos por dichos productos, para telemática, telecomunicaciones y procesamiento de datos, aparatos, instrumentos, software y hardware para el seguimiento, la supervisión, la operación, el control remoto y las pruebas técnicas de productos de ingeniería mecánica y eléctrica, productos de ingería estructural, ingeniería civil y minería, instalaciones, vehículos, aparatos y máquinas industriales, dispositivos de prueba y control de calidad, instrumentos eléctricos de prueba, aparatos eléctricos y electrónicos para la evaluación del funcionamiento y fallos de productos de ingeniería mecánica y eléctrica, 53 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co productos de ingería estructural, ingeniería civil y minería, instalaciones, vehículos, aparatos y máquinas industriales, aparatos de investigación científica y de laboratorio, unidades filtrantes para laboratorios, aparatos de análisis y diagnóstico (que no sean para uso médico), simuladores, dispositivos de dosificación, dispositivos láser, de infrarrojos y de ultrasonidos (que no sean para uso médico), láseres (que no sean para uso médico), interruptores, cajas de control eléctricas, armarios de distribución y tableros de control, paneles de control eléctricos, palancas de mando, sensores, detectores, diodos electroluminiscentes, bocinas de señalización, zumbadores, letreros luminosos, reflectores ópticos, espejos ópticos, radiotransmisores y radiorreceptores, antenas, antenas en cuanto aparatos de comunicación, transmisores, receptores ópticos y eléctricos, aparatos de señalización y paneles de señalización metálicos (luminosos o mecánicos), tableros de información, instrumentos, dispositivos y aparatos de nivelación, separadores electrostáticos, aparatos de control remoto, dispositivos eléctricos y electrónicos para la elevación o bajada de máquinas o partes de máquinas, indicadores de nivel de aceite, componentes de circuitos eléctricos, cables e hilos eléctricos, componentes de conexión eléctrica, relés eléctricos, fusibles, bornes (electricidad), tarjetas de circuitos y circuitos eléctricos, dispositivos de audio y receptores de radio, altavoces, ecualizadores gráficos, baterías, cargadores de baterías, amplificadores eléctricos, ropa de protección y seguridad contra accidentes o lesiones, calzado de protección, cascos 54 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co de protección, gafas, en particular gafas de seguridad para la protección de los ojos y gafas de sol, películas expuestas con fines educativos, películas cinematográficas con fines educativos, tarjetas llave (codificadas), vehículos de transporte, tractores de camiones, remolques para el transporte de cargas, vehículos de carga baja, camiones de remolque, camiones, remolques para vehículos terrestres de motor, unidades basculantes para vehículos, vagonetas, volantes, ruedas, neumáticos, llantas de ruedas, cámaras de aire para neumáticos, equipos de reparación para neumáticos y cámaras de aire de neumáticos, sistemas de propulsión, incluidos los motores para vehículos terrestres, componentes de acoplamiento y de transmisión para vehículos terrestres, cadenas de accionamiento y árboles de transmisión para vehículos terrestres, piezas de carrocería de vehículos, rejillas de radiador para vehículos, bastidores, sistemas de frenado, frenos, pinzas de freno, zapatas de freno y forros de freno para vehículos, rascadores para neumáticos, limpiaparabrisas, lonas adaptadas para vehículos y remolques de vehículos, revestimientos adaptados para vehículos y remolques de vehículos, sistemas de alarma para vehículos, espejos para vehículos, bombas de aire para neumáticos, metales preciosos y sus aleaciones, e imitaciones de estos, piedras preciosas y perlas, e imitaciones de estos, vehículos y máquinas en miniatura (adornos) de metales preciosos, artículos de joyería, artículos de relojería e instrumentos cronométricos, joyeros y estuches para relojes, llaveros de 55 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co fantasía, estatuas, figuritas, adornos, monedas y fichas, de piedras o metales preciosos o semipreciosos, o chapados con estos, o imitaciones de estos, obras de arte de metales preciosos, papel, cartón, productos de imprenta, artículos de papel, artículos de papelería, instrumentos de escritura y estampado, bolígrafos, plumas estilográficas, lápices, materiales de dibujo, estuches para artículos de papelería y materiales de dibujo, ilustraciones, fotografías, tarjetas postales, tarjetas postales ilustradas, tarjetas de felicitación desplegables, tarjetas de felicitación, calcomanías, tarjetas de intercambio (que no sean para juegos), dibujos, diagramas, planos, mapas de papel o de materias plásticas flexibles, periódicos, publicaciones periódicas, revistas (publicaciones periódicas), libros, cartillas, catálogos, libros de consulta, manuales, libretas, calendarios, álbumes, marcapáginas, sellos, marcadores (que no sean de materias textiles), materiales y soportes de arte y decoración, sobres de papelería, colas de papelería o para uso doméstico, brochas para pintores, artículos de oficina (excepto muebles), materiales de instrucción y pedagógicos (excepto aparatos), obras de arte y figuras de papel o cartón, y maquetas de arquitectura, posavasos de papel o de cartón, materiales filtrantes de papel, bolsas y artículos de embalaje, empaquetado y almacenamiento de papel, cartón o materias plásticas, fundas para dinero, productos de papel desechables, juntas, selladores, materiales de relleno, materiales aislantes, de amortiguación y de aislamiento, tuberías, tubos y mangueras flexibles, así como sus piezas accesorias, incluidas válvulas, 56 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co tuberías, tubos y mangueras no metálicos (que no sean para la construcción), acoplamientos y conectores no metálicos para tuberías, tubos, mangueras y cables, productos de materias plásticas semiacabados, materias plásticas en láminas, películas, bloques, varillas y tubos, materiales sin procesar y semiprocesados (no adaptados para usos específicos), a saber, poliéster, fibras minerales, películas de materias plásticas flexibles (excepto para empaquetar), materias plásticas semiprocesadas, fibras plásticas (que no sean para uso textil), materias plásticas recicladas, elastómeros, materiales sintéticos y compuestos, a saber, fibras de carbono, acetato de celulosa, fibras de vidrio y lana de vidrio, celulosa, fibras impregnadas con resinas sintéticas, productos acabados o semiacabados (adaptados para usos específicos), a saber, moldes de ebonita, moldes de caucho para la producción de bordes de caminos, caucho semielaborado, a saber, molduras, materias plásticas semiprocesadas de moldeo por inyección, materiales amortiguadores, materiales para empaquetar, amortiguadores de vibraciones, estatuas y obras de arte, a saber, figuritas de caucho y películas decorativas de materias plásticas en cuanto productos semiacabados, películas antideslumbrantes para cristales de ventanas (ahumadas), cubiertas de caucho para componentes eléctricos, cubiertas de caucho para interruptores, películas de protección de materias plásticas (que no sean para empaquetar), revestimientos de tambores de caucho (productos semiacabados), anillos de estanqueidad, juntas de cilindros, inducidos, 57 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co conectores, espaciadores (excepto elementos de fijación para tuberías), membranas de sellado y materiales filtrantes sintéticos semiprocesados, cintas adhesivas, tiras, bandas y películas, forros de embrague y forros de freno, materiales de restauración y reparación de neumáticos, cintas de marcado y artículos de protección de caucho, artículos de equipaje, bolsos, billeteras y otros tipos de carteras, mochilas, paraguas, sombrillas, bastones, artículos de guarnicionería, prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería, vehículos y máquinas en miniatura (a escala reducida), vehículos y máquinas en miniatura (artículos de juego), juguetes, juegos, artículos de juego, souvenirs, equipos y artículos de deporte, adornos para fiestas, árboles de Navidad artificiales, artículos para fumadores, en particular encendedores, ceniceros, fósforos, así como partes y piezas accesorias de los productos mencionados; arrendamiento, alquiler y leasing de productos asociados con la prestación de los servicios mencionados, comprendidos en esta clase; servicios de asesoramiento e información sobre los servicios mencionados, comprendidos en esta clase […]..- Clase 37: “[…] Construcción; supervisión de obras de construcción; consultoría sobre construcción; edificación, construcción y demolición; servicios de estabilización de tierras; servicios de compactación de tierras; servicios de minería; servicios de movimiento de tierras; construcción de carreteras; construcción de 58 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co canales; construcción de vertederos; servicios de trituración de sólidos (comprendidos en esta clase); arrendamiento, alquiler y leasing de máquinas de construcción, compactadoras, instrumentos compactadores, concentradores, aplanadoras, rodillos para el movimiento de tierras, compactadoras, rodillos en tándem, rodillos con ruedas de caucho, rodillos estáticos y rodillos de niveladoras, y sus partes; servicios de instalación, limpieza, reparación y mantenimiento de máquinas de construcción, compactadoras, instrumentos compactadores, concentradores, aplanadoras, rodillos para el movimiento de tierras, compactadoras, rodillos en tándem, rodillos con ruedas de caucho, rodillos estáticos y rodillos de niveladoras, y sus partes; servicios de instalación, limpieza, reparación y mantenimiento de hardware, productos de ingeniería mecánica y eléctrica, productos de ingería estructural, ingeniería civil y minería, instalaciones, vehículos, aparatos y máquinas industriales, y sus partes; servicios de instalación, limpieza, reparación y mantenimiento de estructuras, en particular, edificios, canales y carreteras; tratamiento contra la herrumbre; aplicación de recubrimientos superficiales, en particular aplicación de recubrimientos de protección de superficies; arrendamiento, alquiler y leasing de productos asociados con la prestación de los servicios mencionados, comprendidos en esta clase; servicios de asesoramiento e información sobre los servicios mencionados, comprendidos en esta clase; consultoría técnica sobre la construcción; 59 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co consultoría técnica sobre la compactación de tierras y la estabilización de tierras […]”.

Por su parte, las marcas previamente registradas “HAMA” distinguen los siguientes productos y servicios en las clases 8ª, 11, 16, 18 y 20, ibidem:.- Clase 8ª: “[…] Herramientas e instrumentos de mano impulsados manualmente; cuchillería, tenedores y cucharas; armas blancas; máquinillas de afeitar […]”. (Resaltado fuera del texto original)..- Clase 11: “[…] Aparatos de alumbrado, de calefacción, de producción de vapor, de cocción, de refrigeración, de secado, de ventilación, de distribución de agua e instalaciones sanitarias […]”.

(Resaltado fuera del texto original)..- Clase 16: “[…] Papel, cartón y artículos de estas materias, no comprendidos en otras clases; productos de imprenta; artículos de encuadernación; fotografías; papelería; adhesivos (pegamentos) para la papelería o la casa; material para artistas; pinceles; máquinas de escribir y artículos de oficina (excepto muebles); material de instrucción o de enseñanza (excepto aparatos); materias plásticas para embalaje (no 60 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co comprendidas en otras clases); caracteres de imprenta; clichés […]”.

(Resaltado fuera del texto original)..- Clase 18: “[…] Cuero e imitaciones de cuero, productos de estas materias no comprendidos en otras clases; pieles de animales; baúles y maletas; paraguas, sombrillas y bastones; fustas y guarnicionería (talabartería (al) […]”. (Resaltado fuera del texto original)..- Clase 20: “[…] Muebles, espejos, marcos; productos, no comprendidos en otras clases, de madera, corcho, caña, junco, mimbre, cuerno, hueso, marfil, ballena, concha, ámbar, nácar, espuma de mar, sucedáneos de todas estas materias o de materias plásticas […]”.

(Resaltado fuera del texto original). Por su lado, la marca previamente registrada, “H.A.M” distingue los siguientes productos en la Clase 25 ibidem: “[…] Ropa, vestidos, camisas, camisetas, sueteres, pantalones, pantalones cortos, buzos, chaquetas, ropa interior, medias, calcetines, pantalonetas; sombreros, gorras; calzado, zapa- tos, sandalias, zapatos deportivos, cinturones, jeans […]”.

(Resaltado fuera del texto original). 61 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Ahora, la marca previamente registrada, “JAM” distingue los siguientes productos en la Clase 16 ibidem: “[…] Artículos para pintores, tales como pinceles, brochas, rodillos, materiales para artistas, revistas, folletos, libros, cartillas, catálogos, afiches, calcomanías, fascículos, libretas, cuadernos, material de lectura, material gráfico, material de instrucción o de enseñanza, artículos de papel, papelería, y todo tipo de publicaciones impresas relacionadas con la industria de la construcción y decoración […]”.

(Resaltado fuera del texto original). Por su parte, las marcas previamente registradas “HAMP HAMP SYNERGY” distinguen los siguientes productos en las clases 1ª, 4ª, 7ª, 9ª y 12, ibidem:.- Clase 1ª: “[…] Aditivos para gasolina […]”. (Resaltado fuera del texto original)..- Clase 4ª: “[…] Aceites para motores […]”. (Resaltado fuera del texto original)..- Clase 7ª: “[…] Cadenas de dirección diferentes a las de vehículos terrestres, dientes de rueda de cadena, cojines para la fricción de frenos, pistones, filtros de aceite por derivación, árboles o ejes de 62 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co transmisión, bombas de agua, zapatas de freno diferentes a la de vehículos […]”.

(Resaltado fuera del texto original)..- Clase 9ª: “[…] Baterías eléctricas, distribuidores […]”. (Resaltado fuera del texto original)..- Clase 12: “[…] Cadenas de dirección para vehículos terrestres, dientes de rueda de cadena, cojinetes para la fricción de frenos, calcomanías o papeles engomados por un lado para vehículos, limpiador de aire, cajas de cambios o de engranajes para manejo de potencia, bombas para manejo de potencia, faros o luces delanteras, árboles o ejes de transmisión, espejos retrovisores, bombillas para señales direccionales en vehículos, cubiertas de motor, puertas para vehículos, baúles, techos para vehículos, limpiavidrios, zapatas de freno para vehículos […]”.

(Resaltado fuera del texto original). Por último, la marca previamente registrada “HAM-LET” distingue los siguientes productos en la Clase 6ª, ibidem: “[…] Tubos, acoples para tuberías y válvulas de metal para un amplio rango de aplicaciones industriales […]”. (Resaltado fuera del texto original). De acuerdo con lo anterior no cabe duda que existe conexión competitiva, pues al comparar los productos que reivindica el signo 63 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co cuestionado y aquellos que distinguen las marcas previamente registradas, esto es, “HAMP HAMP SYNERGY” en las clases 1ª, 4ª, 7ª y 12 de la Clasificación Internacional de Niza, además que comparten algunas clases del nomenclátor y son productos coincidentes, se evidencia que presentan una misma finalidad, pues están dirigidos al área de combustibles, aditivos, lubricantes, aceites para motores, así como para automotores y sus repuestos, entre estos, neumáticos, bandas y frenos; corresponden al mismo género, esto es, el sector automotriz; dichos productos comparten los mismos canales de comercialización, ya que suelen expenderse en los mismos establecimientos, esto es, almacenes de automotores, estaciones de servicio y concesionarios; se promocionan por iguales medios, tales como folletos, televisión, prensa y redes sociales; y sus consumidores podrían asumir razonablemente que los productos en cuestión provienen del mismo empresario, en atención a la semejanza del signo y marcas enfrentados.

Igual ocurre frente a los productos que identifican las expresiones enfrentadas en la Clase 9ª ibidem, pues corresponden a la misma Clase del nomenclátor y están dirigidos al área de baterías eléctricas, dispositivos y aparatos eléctricos y cargadores de pilas y baterías. Asimismo, ocurre en relación con los productos que distingue el signo cuestionado en las clases 8ª, 16, 18 y 34 de la Clasificación 64 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Internacional de Niza, frente a los identificados por las marcas opositoras “HAMA” en las clases 8ª, 16 y 18 y “JAM”, en la Clase 16 ibidem, por cuanto comparten algunas clases del nomenclátor y presentan una misma finalidad y complementariedad, ya que están dirigidos a los sectores respectivamente de: i) herramientas e instrumentos manuales; y ii) papel, cartón y productos de imprenta; iii) marroquinería; y iv) fundas y/o estuches para encendedores, ya sea en cuero u otro tipo de marroquinería; dichos productos comparten los mismos canales de comercialización y de publicidad, debido a que se promocionan y/u ofrecen por los mismos medios: folletos, prensa, revistas, televisión y redes sociales; y sus consumidores podrían asumir razonablemente que los productos en cuestión provienen del mismo empresario, en atención a la semejanza del signo y las marcas enfrentadas.

Asimismo, existe conexión competitiva entre los productos y servicios que pretende amparar el signo cuestionado en las clases 14, 25 y 35 de la Clasificación Internacional de Niza y aquellos productos que identifica la marca previamente registrada “H.A.M”, en la Clase 25, además que comparten una Clase del nomenclátor y son productos y servicios coincidentes, pueden compartir los mismos canales de comercialización y de publicidad, debido a que se promocionan por los mismos medios: folletos, prensa, revistas, televisión y redes sociales; 65 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co suelen expenderse en los mismos establecimientos, esto es, en tiendas o almacenes; son empleados para uso humano en general y se utilizan de manera conjunta, sustituta o complementaria; tienen la misma finalidad, esto es, configurar una imagen personal y estética del ser humano22; y sus consumidores podrían asumir que los productos y servicios en cuestión provienen del mismo empresario, en atención a la semejanza e identidad del signo y marcas enfrentadas.

Así, también ocurre frente a los productos que distingue el signo cuestionado en la Clase 17 de la Clasificación Internacional de Niza, frente a los identificados por la marca previamente registrada “HAM- LET” en la Clase 6ª ibidem, por cuanto además que son productos complementarios, se evidencia que presentan una misma finalidad, pues están dirigidos al área de construcción; dichos productos comparten los mismos canales de comercialización, ya que suelen expenderse en los mismos establecimientos, esto es, almacenes y 22 Sobre el particular, vale la pena traer a colación lo dispuesto en la sentencia de 11 de abril de 2024, expediente identificado con el número único de radicación 2014-00360-00, C.P. Nubia Margoth Peña Garzón, en la que en un asunto similar en la que las expresiones enfrentadas “GUCCI” y “PUCCI”, identificaban iguales productos, entre otros, en las clases 14, 18, 25 y 35 de la Clasificación Internacional de Niza, se concluyó que existía conexidad competitiva.

En efecto: “[…] De acuerdo con lo anterior no cabe duda que existe conexión competitiva, pues al comparar los productos y servicios que reivindica el signo cuestionado y aquellos que distinguen las marcas opositoras en las clases 3ª, 9ª, 14, 18, 25 y 35 de la Clasificación Internacional de Niza, además que pertenecen a las mismas clases del nomenclátor y son productos y servicios coincidentes, pueden compartir los mismos canales de comercialización y de publicidad, debido a que se promocionan por los mismos medios: folletos, prensa, revistas, televisión y redes sociales; suelen expenderse en los mismos establecimientos, esto es, en tiendas o almacenes; son empleados para uso humano en general y se utilizan de manera conjunta, sustituta o complementaria; tienen la misma finalidad, esto es, configurar una imagen personal y estética del ser humano; y sus consumidores podrían asumir que los productos y servicios en cuestión provienen del mismo empresario, en atención a la semejanza del signo y marcas enfrentadas […]”.

(Resaltado fuera del texto original). 66 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co ferreterías; se promocionan por iguales medios, tales como folletos, televisión, prensa y redes sociales; y sus consumidores podrían asumir razonablemente que los productos en cuestión provienen del mismo empresario, en atención a la semejanza del signo y marcas enfrentados.

De igual manera, respecto de los servicios que distingue el signo cuestionado en la Clase 37 de la Clasificación Internacional de Niza, frente a los productos identificados por la marca cotejada “HAM-LET” en la Clase 6ª y la marca previamente registrada “HAMA”, en la Clase 11 ibidem, por cuanto son productos y servicios complementarios, ya que presentan una misma finalidad, pues están dirigidos al sector de la construcción, entre este, acabados, mueblería, marcos, aparatos de calefacción, ventilación e instalaciones sanitarias y servicios reparación, edificación y demolición; pertenecen al mismo género; esto es; materiales y servicios para la construcción; dichos productos y servicios comparten los mismos canales de comercialización y de publicidad, debido a que se promocionan por los mismos medios: folletos, prensa, revistas, televisión y redes sociales y suelen expenderse en los mismos establecimientos, esto es, tiendas, supermercados y ferreterías; y sus consumidores podrían asumir razonablemente que los productos y servicios en cuestión provienen 67 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co del mismo empresario, en atención a la semejanza del signo y marcas enfrentadas.

Adicionalmente, se advierte un uso conjunto o complementario, ya que para la prestación del servicio de construcción que pretende identificar el signo cuestionado en la Clase 37 de la Clasificación Internacional de Niza, necesariamente se requiere de los diferentes elementos y materiales de construcción que se encuentran amparados por las marcas previamente registradas en las clases 6ª, 7ª, 8ª, 11, 17 y 20 de la citada Clasificación. También se advierte que entre los servicios de la Clase 35, que pretende amparar el signo solicitado, en especial, “[…] instalaciones, vehículos, aparatos y máquinas industriales (…) servicios de venta minorista y mayorista, también por Internet, de aceites y grasas industriales, aceites de motor, aceites para engranajes, lubricantes, (…) aditivos no químicos para carburantes, combustibles, lubricantes y aceites industriales, combustibles (incluidos carburantes para motores), combustibles para el alumbrado, grasas, ceras y fluidos industriales, agentes de desmoldeo, a saber, aceites y grasas, equipos mecánicos para trabajos de construcción […]” y los productos de las Clases 1ª y 4ª, identificados por la marca “HAMP HAMP SYNERGY”, 68 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co a saber, “[…] Aditivos para gasolina […]” y “[…] Aceites para motores […]”, hay complementariedad.

Así las cosas, al existir entre el signo y las marcas confrontadas semejanzas significativas y una relación entre los productos y servicios que distinguen, debe concluirse que existe riesgo de confusión directa, por lo que los mismos no pueden coexistir pacíficamente en el mercado porque, como ya se dijo, podrían generar riesgo de confusión que llevaría al consumidor promedio a asumir que dichos productos y servicios tienen un mismo origen empresarial, lo cual beneficiaría la actividad empresarial de la sociedad actora HAMM AG.

Ello, teniendo en cuenta que en la Interpretación Prejudicial rendida en este proceso se señaló lo siguiente: “[…] Se deberá examinar si entre los signos confrontados existe identidad o semejanza, para luego determinar si esto es capaz de generar riesgo de confusión (directo o indirecto) o de asociación en el público consumidor […]”.

En virtud de lo anterior, es evidente que también existe riesgo de confusión indirecta para el consumidor promedio, en lo tocante al origen empresarial, por razón de las significativas similitudes antes anotadas, lo que daría lugar a que el consumidor en mención creyera que los productos y servicios que distinguen las expresiones enfrentadas provienen del mismo titular. 69 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Y con fundamento en las mismas razones, la Sala concluye que también existe riesgo de asociación debido a que el consumidor podría pensar erróneamente que los servicios identificados con tales expresiones son productores relacionados económicamente.

Frente a la confusión indirecta y el riesgo de asociación, esta Sección en la sentencia de 5 de febrero de 201523, que ahora se prohíja, indicó lo siguiente: “[…] Al respecto, el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, en su interpretación prejudicial allegada, indicó: “… El riesgo de confusión es la posibilidad de que el consumidor al adquirir un producto piense que está adquiriendo otro (confusión directa), o que piense que dicho producto tiene un origen empresarial diferente al que realmente posee (confusión indirecta).

El riesgo de asociación es la posibilidad de que el consumidor, que aunque diferencie las marcas en conflicto y el origen empresarial del producto, al adquirirlo piense que el productor de dicho producto y otra empresa tienen una relación o vinculación económica”. (Proceso 70-IP-2008, publicado en la G.O.A.C. Nº 1648 del 21 de agosto de 2008, marca: SHERATON).

(…) Hay riesgo de confusión cuando el consumidor o usuario medio no distingue en el mercado el origen empresarial del producto o servicio identificado por un signo de modo que pudiera atribuir, por la falsa apreciación de la realidad, a dos productos o servicios 23 Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, sentencia de 5 de febrero de 2015, C.P. María Elizabeth García González, núm. único de radicación 2008-00065-00. 70 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co que se le ofrecen un origen empresarial común al extremo que, si existe identidad o semejanza entre el signo pendiente de registro y la marca registrada o un signo previamente solicitado para registro, surgiría el riesgo de que el consumidor o usuario relacione y confunda aquel signo con esta marca o con el signo previamente solicitado[…]” (Las negrillas y subrayas fuera de texto).

Por tal razón, en aplicación de los principios prior tempore, potior iure e in dubio pro signo priori, deben protegerse las marcas nominativas y mixtas previamente registradas, “HAMA”, “HAM-LET”, “H.A.M”, “HAMP HAMP SYNERGY” y “JAM”. Así, lo ha señalado el Tribunal en numerosas interpretaciones prejudiciales24: “[…] la confusión no se requiere que sea inminente o real basta la mera posibilidad o la simple duda o incertidumbre de que con la comercialización o utilización de los signos pueda producirse ese error o confusión, para que la oficina nacional competente impida el registro del signo posteriormente solicitado.

Todo esto en aplicación de los principios “primero en el tiempo, primero en el derecho” (“prior tempore, potior iure”), como para el caso de duda (“in dubio pro signo priori”) […]”. Así las cosas, al existir semejanza entre el signo y las marcas cotejados y, además, conexidad competitiva entre los productos y servicios amparados por ellos, la Sala considera que se configuró la causal de irregistrabilidad señalada en el artículo 136, literal a), de la Decisión 486. 24 Entre otros, en las interpretaciones prejudiciales emitidas con los núms. 32-IP-96, 13-IP-98 y 59-IP- 2001. 71 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co En este orden de ideas, la Sala concluye que no se violó la norma alegada como vulnerada por la actora; y que le asistió razón a la SIC al denegar el registro como marca del signo nominativo “HAMM”, para amparar productos y servicios de las clases 4ª, 7ª, 8ª, 9ª, 12, 14, 16, 17, 18, 25, 34, 35 y 37 de la Clasificación Internacional de Niza, razón suficiente para que se mantenga incólume la presunción de legalidad que amparan a los actos administrativos acusados, los cuales están acordes a los parámetros fijados por el ordenamiento jurídico comunitario y en los que se argumentó de forma clara y precisa los motivos que llevaron a la decisión que en cada una de ellas se adoptó. En consecuencia, la Sala denegará las pretensiones de la demanda, como en efecto se dispondrá en la parte resolutiva de esta providencia. En mérito de lo expuesto, el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley F A L L A:

PRIMERO: DENEGAR las pretensiones de la demanda, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia. 72 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2020-00228-00 Actora: HAMM AG Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co SEGUNDO: ENVIAR copia de la providencia al Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, de conformidad con lo establecido en el artículo 128 de la Decisión 500 de la Comisión de la Comunidad Andina.

TERCERO: En firme esta providencia archivar el expediente, previas las anotaciones de rigor.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, Se deja constancia de que la anterior providencia fue leída, discutida y aprobada por la Sala en la sesión del día 14 de noviembre de 2024. GERMÁN EDUARDO OSORIO CIFUENTES OSWALDO GIRALDO LÓPEZ Presidente Aclara voto NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN HERNANDO SÁNCHEZ SÁNCHEZ Aclara voto CONSTANCIA: La presente providencia fue firmada electrónicamente por los integrantes de la Sección Primera en la sede electrónica para la gestión judicial SAMAI.

En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con la ley.