Bogotá, D.C., tres (3) de mayo de dos mil veintidós (2022) Radicación número: 76001-23-31-000-2010-00352-02 (67719) Demandante: Andrés Mauricio Ospina Ferro Demandado: Ministerio de Defensa Nacional Referencia: Acción contractual Tema: Corrección, de oficio, de error aritmético y otros. De conformidad a lo dispuesto en el artículo 286 del CGP, de oficio, el Despacho corrige el auto del veinticuatro (24) de enero de dos mil veintiuno (2021), toda vez que la providencia recurrida es un auto (el que decide sobre la liquidación de condena en abstracto) y no una sentencia, como allí se dijo.
Por consiguiente, la apelación se tramitará conforme a la norma que rige dicho trámite, esto es, el artículo 212 del CCA. Notifíquese y cúmplase, JAIME ENRIQUE RODRÍGUEZ NAVAS Magistrado Firmado electrónicamente