Micelio
17001233300020230014001Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Aclaración voto2023-08-22

Radicación interna: 7149 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Martin Gonzalo Bermudez Muñoz

Actor: Aguas De Manizales Sa Eps·Demandado: Juzgado Primero Administrativo Del Circuito De Manizales

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Referencia: Acción de tutela Radicación: 17001-23-33-000-2023-00140-01 Accionante: Aguas de Manizales SA ESP BIC Accionado: Juzgado 1 Administrativo de Manizales Aclaración de voto de Alberto Montaña Plata Expongo los motivos que me llevan a aclarar el voto en la Sentencia de 6 de septiembre de 2023, mediante la cual la Sala revocó la decisión del Tribunal administrativo de Caldas, que declaró la improcedencia de la acción y, en su lugar, concedió la solicitud de amparo, dejó sin efectos la providencia de 28 de julio de 2023 del Juzgado 1 Administrativo de Manizales y ordenó a esa misma autoridad expedir decisión de remplazo.

Sea lo primero señalar que comparto la decisión adoptada en la mencionada providencia, esto es, el amparo del derecho al debido proceso. Sin embargo, estimo pertinente aclarar mi voto comoquiera era preciso señalar que (1) la información reclamada no es de público conocimiento; (2) dada su naturaleza (asignaciones salariales y valor de honorarios de los directivos y otros cargos de la ESP), dicha información tiene determinado valor en el sector y es sensible, pues puede llegar a constituir un criterio de retención de personal; y (3) la misma ha sido tratada, desde un comienzo, como confidencial.

En ese orden, debe indicarse que la fuente de los recursos de la ESP no desvirtúa la naturaleza de la información ni su carácter sensible, así como tampoco la condición de dicha sociedad de actor del mercado y, con ello, sus derechos, deberes y protección en general. Firmado electrónicamente ALBERTO MONTAÑA PLATA