Micelio
25000234100020200077101Consejo de Estado · Sección PrimeraAuto interlocutorio2023-11-15

Radicación interna: 10903 · ACCIONES POPULARES

Ponente: Nubia Margoth Peña Garzon

Actor: Junta De Accion Comunal Del Barrio Portal Del Divino Y Otros·Demandado: Alcaldia Mayor De Bogota Y Otros

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá, D.C., dieciocho (18) de diciembre de dos mil veintitrés (2023) Referencia: ACCIÓN POPULAR Número único de radicación: 25000-23-41-000-2020-00771-01 Actores: JUNTA DE ACCIÓN COMUNAL DEL BARRIO PORTAL DEL DIVINO Y OTROS Asunto: Admite recurso de apelación y decreta pruebas.

AUTO INTERLOCUTORIO I.- De conformidad con lo dispuesto en el numeral tercero del artículo 322 del Código General del Proceso - CGP, se admiten los recursos de apelación interpuestos por los apoderados de la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA -CAR y de BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL1, contra la sentencia de 21 de septiembre de 2023, proferida por la Sección Primera -Subsección “B”- del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

Notifíquese personalmente al señor Procurador Delegado en lo Contencioso Administrativo ante el Consejo de Estado y por estado a las demás partes. 1 En adelante el DISTRITO 2 Número único de radicación: 25000-23-41-000-2020-00771-01 Actores: JUNTA DE ACCIÓN COMUNAL DEL BARRIO PORTAL DEL DIVINO Y OTROS. Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Asimismo, se le advierte al señor Procurador Delegado en lo Contencioso Administrativo ante el Consejo de Estado que, de conformidad con el numeral 6 del artículo 247 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - CPACA, podrá emitir su concepto hasta antes de que ingrese el proceso al Despacho para sentencia. II.- Los apoderados de la CAR y del DISTRITO aportaron con sus recursos de apelación las siguientes pruebas: II.1.- Pruebas allegadas por la CAR: a.- Cartografía del “Municipio de Bogotá D.C.”, elaborada por la CAR el 13 de abril de 2023.

II.2.- Pruebas allegadas por el DISTRITO a.- Denuncia penal radicada bajo el núm. 2023EE190658 de 18 de agosto de 2023, presentada por la Secretaría Distrital de Ambiente ante La Fiscalía General de la Nación contra “Personas por determinar” por los delitos de concierto para delinquir y urbanización ilegal. b.- Memorandos núms. 2022IE216093 y 2022IE216096 de 25 de agosto de 2022, elaborados por la Subdirección de Ecosistemas y Ruralidad del Distrito y dirigido a la Dirección Legal Ambiental y la 3 Número único de radicación: 25000-23-41-000-2020-00771-01 Actores: JUNTA DE ACCIÓN COMUNAL DEL BARRIO PORTAL DEL DIVINO Y OTROS.

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Subdirección de Control Ambiental al Sector Público del ente territorial, cuyos asuntos son “[…] Loteo y construcciones. Parque Entrenubes, Fiscala - Usme RT 136. ID registro 333. Adecuaciones para construcciones Parque Entrenubes, Alaska - Usme RT 200.

ID registro 334. Parque Ecológico Distrital de Montaña Entrenubes […]”. c.- Memorando núm. 2023IE175626 de 1o. de agosto de 2023, elaborado por la Subdirección de Ecosistemas y Ruralidad del Distrito y dirigido a la Dirección Legal Ambiental del ente territorial, cuyo asunto es “[…] Solicitud de información sobre gestión adelantada en caso de loteo y construcciones en el Parque Distrital Ecológico de Montaña Entrenubes, Fiscala – Usme RT 136, relacionado con el memorando interno con proceso 5552175 y Radicación 2022IE216093 […]”.

Respecto de los documentos allegados por los recurrentes, el Despacho observa que concurre el presupuesto previsto en el numeral 3 del artículo 327 del CGP, habida cuenta que versan sobre hechos ocurridos después de transcurrida la oportunidad para pedir pruebas en primera instancia ante el a quo, esto es, con la contestación de la 4 Número único de radicación: 25000-23-41-000-2020-00771-01 Actores: JUNTA DE ACCIÓN COMUNAL DEL BARRIO PORTAL DEL DIVINO Y OTROS.

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co demanda2, razón por la que se tendrán como pruebas en esta instancia. Por lo anterior, córrase traslado de las citadas pruebas a las partes por el término de tres (3) días, contados a partir de la notificación de este proveído, para que puedan pronunciarse sobre las mismas.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN Consejera 2 EMPOCALDAS S.A. ESP y el DEPARTAMENTO DE CALDAS contestaron la demanda el 7 de octubre de 2020 y el 30 de septiembre de 2021, respectivamente.