Radicado: 11001-03-15-000-2023-05789-00 Accionante: Comunidad Indígena Huellas Ancestrales Se admite la tutela 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado ponente: MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Bogotá D.C., veintiséis (26) de octubre de dos mil veintitrés (2023) Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2023-05789-00 Accionante: Comunidad Indígena Huellas Ancestrales Accionados: Presidencia de la República y otros Temas: Acción de tutela por acción u omisión de autoridad pública / Admisión de la tutela / Cumplimiento de los requisitos de admisibilidad.
AUTO La Comunidad Indígena Huellas Ancestrales de Puerto Asís - Putumayo presenta acción de tutela –por medio de la gobernadora del cabildo– contra la Presidencia de la República, la Unidad Nacional de Protección, la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría General de la Nación y la Policía Nacional de Colombia con ocasión a que no han emitido respuesta oportuna y de fondo a las peticiones que presentó ante cada una de ellas, relacionadas con la necesidades de seguridad y protección especial de la actora.
La accionante pretende obtener el amparo de sus derechos fundamentales a la paz, petición, identidad cultural e igualdad. 1.- Mediante auto del 10 de octubre de 2023, el Despacho inadmitió la tutela y le requirió a la parte actora que allegara copia del acto mediante el cual fue reconocida como representante del Cabildo Indígena Huellas Ancestrales. 2.
El 17 de octubre de 2023, la señora Ana Hermenza Angelita Arévalo Erazo aportó memorial con corrección de la solicitud de amparo. Al efecto, anexó la Resolución No. 027 de 2023 de la Alcaldía Municipal de Puerto Asís <<Por medio de la cual se posesiona a la directiva de la Comunidad Indígena Huellas Ancestrales del Pueblo Pasto del Municipio de Puerto Asís para la vigencia 2023>>, acto en el cual consta su poder para actuar en representación de la Comunidad Indígena Huellas Ancestrales en virtud de su calidad de gobernadora del Cabildo.
Radicado: 11001-03-15-000-2023-05789-00 Accionante: Comunidad Indígena Huellas Ancestrales Se admite la tutela 2 Por reunir los requisitos legales, el Despacho
RESUELVE
PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela presentada por la Comunidad Indígena Huellas Ancestrales contra la Presidencia de la República, la Unidad Nacional de Protección, la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría General de la Nación y la Policía Nacional de Colombia.
SEGUNDO: NOTIFICAR la presente providencia a las autoridades accionadas, para que dentro de un término de dos (2) días, contados a partir de la notificación, se pronuncien sobre las pretensiones y los hechos de la acción de tutela.
TERCERO: Las anteriores notificaciones se realizarán vía correo electrónico y los anexos se incluirán como archivo adjunto del mismo modo. Los pronunciamientos de los notificados deberán remitirse por correo electrónico a la dirección indicada por la Secretaría General en el momento de la notificación.
CUARTO: Una vez recibida la información solicitada y cumplido el plazo para que las partes presenten sus informes, la Secretaría General remitirá al despacho –vía correo electrónico– las respuestas y documentos que se alleguen, para resolver.
QUINTO: PUBLÍQUESE la presente providencia en la página web de la Corporación. NOTÍFIQUESE Y CÚMPLASE Con firma electrónica MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Magistrado