CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN A CONSEJERA PONENTE: MARÍA ADRIANA MARÍN Bogotá, D.C., dieciocho (18) de enero de dos mil veintitrés (2023) Radicación: 11001-03-15-000-2023-00175-00 Actor: EDWIN MORENO IBARGÜEN Demandado: CONSEJO DE ESTADO, SALA 17 ESPECIAL DE DECISIÓN Referencia: AUTO QUE ADMITE ACCIÓN DE TUTELA Por reunir los requisitos legales, el Despacho dispone:
PRIMERO. Admitir la acción de tutela presentada por el señor Edwin Moreno Ibargüen contra el Consejo de Estado, Sala 17 Especial de Decisión, con el objeto de que se amparen sus derechos fundamentales al debido proceso y de acceso a la administración de justicia.
SEGUNDO. En calidad de parte demandada, notifíquese a los magistrados que integran la Sala 17 Especial de Decisión del Consejo de Estado. Entrégueseles copia de la demanda y de los anexos, a fin de que, dentro de los dos (2) días siguientes a la notificación de la presente providencia, rindan el informe que corresponda y alleguen las pruebas que pretendan hacer valer.
TERCERO. En calidad de tercero con interés, notifíquese al ministro de Justicia y del Derecho, al director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y al director del Departamento Administrativo de la Función Pública. Entrégueseles copia de la demanda y de los anexos, a fin de que, si a bien lo tienen, intervengan dentro de los dos (2) días siguientes a la notificación de la presente providencia.
CUARTO. Notifíquese a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 610 del Código General del Proceso. Para practicar dicha notificación, se remitirá mensaje al buzón de correo electrónico de la entidad, informándole que el expediente queda a su disposición, por si desea revisarlo e intervenir.
Radicación número: 11001-03-15-000-2023-00175-00 Actor: Edwin Moreno Ibargüen Demandado: Consejo de Estado - Sala 17 Especial de Decisión Referencia: auto que admite acción de tutela QUINTO. Tener como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la demanda.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente MARÍA ADRIANA MARÍN Magistrada Esta providencia fue firmada electrónicamente mediante el aplicativo SAMAI. La autenticidad e integridad de su contenido pueden ser validadas escaneando el código QR que aparece a la derecha o dirigiéndose el siguiente enlace: https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8080/Vistas/documentos/evalidador.aspx.