CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA – SUBSECCIÓN “A” Aclaración de voto Bogotá D.C., veintidós (22) de agosto de dos mil veintidós (2022). Acción de tutela Radicado: 11001-03-15-000-2022-02221-00 Accionante: Federación Nacional de Cultivadores de Cereales (FENALCE) Accionados: Consejo de Estado, Sección Primera.
Respetuosamente aclaro mi voto de la decisión mayoritaria que declaró la carencia actual de objeto por sustracción de materia y exhortó al despacho de la magistrada Stella Jeannette Carvajal Basto de la Sección Cuarta de esta corporación, para que priorice el impulso del proceso de nulidad formulado por FENALCE, con radicado 2019-00171-00.
Las razones en las que me fundamento son las siguientes: En el proveído mencionado se indicó que era procedente dictar ese exhorto, dado que ha transcurrido un término de 3 años desde la radicación de la demanda sin que se haya adelantado ninguna actuación. Al respecto, considero que no había lugar a ello, puesto que, de un lado, el expediente referido ingresó al despacho mencionado el 9 de junio de la anualidad en curso y, de otro, no era factible priorizar el impulso del proceso, pues ello podría conllevar la alteración de turnos de los demás trámites que se encuentran a cargo de la funcionaria previamente mencionada, circunstancia que solo puede acontecer en los casos previstos en la ley.
Con estos argumentos sustento mi aclaración de voto, Fecha ut supra WILLIAM HERNÁNDEZ GÓMEZ Firma electrónica