CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN A CONSEJERA PONENTE: MARÍA ADRIANA MARÍN Bogotá D.C., cuatro (4) de abril de dos mil veintidós (2022) Radicación número: 11001-03-15-000-2022-01988-00 Actor: JOSÉ ÁNGEL SALAZAR LÓPEZ Y OTROS Demandado: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE ANTIOQUIA Referencia: AUTO QUE ADMITE ACCIÓN DE TUTELA Por reunir los requisitos legales, el Despacho dispone:
PRIMERO. Admitir la acción de tutela presentada por los señores José Ángel, Luis Alfredo, María Nubia, Jesús Orlando, Amilbia Eunice, Adalgiza Esneda, Mauricio Ancísar y Yolanda Estella Salazar López; Francisco Javier, Roberto Alonso y Marta Nelly Giraldo Gómez; Críspula Rosa Arias de Giraldo, Rubén Darío, Henry y Ferney Mauricio Giraldo Arias;
Aura Elena Arias de Idárraga, María Rubiela, María Noemi, Gustavo Alonso, Marta Oliva, Adán de Jesús, María Ligia y Hernán Ancízar Arias Giraldo, contra el Tribunal Administrativo de Antioquia, con el objeto de que se amparen sus derechos fundamentales de acceso a la administración de justicia, al debido proceso, a la igualdad, a la vida y a la integridad personal.
SEGUNDO. En calidad de parte demandada, notifíquese a los magistrados que integran la Sala Quinta de Decisión del Tribunal Administrativo de Antioquia. Entrégueseles copia de la demanda y de los anexos, a fin de que, dentro de los dos (2) días siguientes a la notificación de la presente providencia, rindan el informe que corresponda y alleguen las pruebas que pretendan hacer valer.
TERCERO. Notifíquese a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 610 del Código General del Proceso. Para practicar dicha notificación, se remitirá mensaje al buzón de correo electrónico de la entidad, informándole que el expediente queda a su disposición, por si desea revisarlo e intervenir.
CUARTO. Solicitar a la Secretaría del Tribunal Administrativo de Antioquia, que remitan, en medio magnético, el expediente contentivo del medio de control de Radicación número: 11001-03-15-000-2022-01988-00 Actor: José Ángel Salazar López Demandado: Tribunal Administrativo de Antioquia Referencia: auto que admite acción de tutela reparación directa con radicado 05001-33-33-013-2020-00345-01, demandantes: José Ángel Salazar López y otros.
QUINTO. Tener como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la demanda.
SEXTO. Reconocer al abogado Walter Raúl Mejía Cardona, como apoderado judicial de la parte accionante, en los términos de los poderes que obran en el expediente digital. Se deja constancia de que esta providencia se firma en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar la integridad y autenticidad del presente documento en el siguiente enlace: https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8080/Vistas/documentos/evalidador.aspx.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente MARÍA ADRIANA MARÍN Magistrada