CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA SUBSECCIÓN B Bogotá, D.C., diez (10) de mayo de dos mil veintidós (2022) Radicado número: 11001-03-15-000-2022-02491-00 Actores: Orfenio de Jesús Quintero Rojas Accionado: Tribunal Administrativo del Valle del Cauca Acción de Tutela Por reunir los requisitos contenidos en el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991, se admite la demanda que en ejercicio de la acción de tutela, presenta el señor Orfenio de Jesús Quintero Rojas, a través de apoderada, en contra del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca.
En consecuencia, se dispone: Vincúlese, por tener interés en las resultas del proceso, al Juzgado Segundo (2°) Administrativo del Circuito Judicial de Buga y al Municipio de Guacarí, haciéndoles llegar copia del escrito de tutela, para que hagan las manifestaciones que consideren pertinentes, para lo cual se le otorga un término de dos (2) días contados a partir del recibo de la comunicación. Por Secretaría General ofíciese al Juzgado Segundo (2°) Administrativo del Circuito Judicial de Buga y al Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, para que, en el término de dos (2) días contados a partir del recibo de la notificación, alleguen a través de medio magnético, el expediente correspondiente al proceso de nulidad y restablecimiento con radicado número: 76111-33-33-002-2015-00284-00/01, demandante: Orfenio de Jesús Quintero Rojas Id Documento: 11001031500020220249100005025060005 Radicado Nº. 11001-03-15-000-2022-02491-00 Actor: Orfenio de Jesús Quintero Rojas Acción de Tutela 2 Con el valor que les asigne la Ley, téngase como prueba los documentos aportados con el escrito de tutela, los cuales serán apreciados en la oportunidad correspondiente.
Se reconoce personería a la abogada Amparo López Espejo, como apoderada de la parte actora, en los términos y para los efectos señalados en el poder otorgado.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. Id Documento: 11001031500020220249100005025060005