Micelio
11001031500020230380900Consejo de Estado · Sección Segunda (Subsección B)Auto interlocutorio2023-07-13

Radicación interna: 5926 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Cesar Palomino Cortes

Actor: Fabio Ariel Cardozo Montealegre·Demandado: Tribunal Administrativo Del Valle Del Cauca

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA SUBSECCIÓN B Bogotá, D.C., veintiuno (21) de julio de dos mil veintitrés (2023). Radicado número: 11001-03-15-000-2023-03809-00 Accionante: Fabio Ariel Cardozo Montealegre Accionado: Tribunal Administrativo del Valle del Cauca Acción de tutela Por reunir los requisitos contenidos en el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991, se admite la demanda que en ejercicio de la acción de tutela presenta el señor Fabio Ariel Cardozo Montealegre, actuando a través de apoderado, contra el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca.

Póngase en conocimiento de la autoridad judicial accionada, la admisión de la presente demanda de tutela, haciéndole llegar copia de la misma, con el fin que rinda el informe señalado en el artículo 19 del Decreto 2591 de 1991, para lo cual se le otorga un término de dos (2) días contados a partir del recibo de la comunicación. Vincúlese, por tener interés en las resultas del proceso, a la Contraloría Municipal de Santiago de Cali; a los señores Gilberto Hernán Zapata Bonilla, Jorge Eliécer Correa y Elizabeth Satizabal Guevara y al Juzgado Dieciséis Administrativo de Cali; haciéndoles llegar copia del escrito de tutela, para que hagan las manifestaciones que consideren pertinentes, para lo cual se le otorga un término de dos (2) días contados a partir del recibo de la comunicación. Por Secretaría General, ofíciese al accionante y al Tribunal Administrativo del Valle del Cauca – Sala Segunda de Decisión, para que suministren la dirección Radicado Nº. 11001-03-15-000-2023-03809-00 Accionante: Fabio Ariel Cardozo Montealegre 2 de notificación electrónica de los señores Gilberto Hernán Zapata Bonilla, Jorge Eliécer Correa y Elizabeth Satizabal Guevara.

Por Secretaría General ofíciese al Tribunal Administrativo del Valle del Cauca – Sala Segunda de Decisión, para que, en el término de dos (2) días contados a partir del recibo de la notificación, allegue en medio magnético, el expediente correspondiente al medio de control de reparación directa con radicado No. 76001-33-33-016-2017-00020-02, demandante: Fabio Ariel Cardozo Montealegre.

Con el valor que les asigne la ley, téngase como prueba los documentos aportados con el escrito de tutela, los cuales serán apreciados en la oportunidad correspondiente. Se reconoce personería a la abogada Claudia Vanessa López Enciso, como apoderada de la parte actora, en los términos y para los efectos señalados en el poder otorgado.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE