Calle 12 No. 7 – 65 – Tel: (57-1) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SALA VEINTIUNO ESPECIAL DE DECISIÓN CONSEJERO PONENTE: RAFAEL FRANCISCO SUÁREZ VARGAS Bogotá D.C., catorce (14) de agosto de dos mil veintitrés (2023) REFERENCIA: RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN Radicación: 11001-03-15-000-2014-01522-00 Demandante: UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL —UGPP— Demandado: OFELIA ALBÁN OREJUELA Temas: Topes pensionales, literal b), artículo 20 de la Ley 797 de 2003 ________________________________________________________________________ Con mi acostumbrado respeto, me permito exponer las razones de mi aclaración de voto a la sentencia de la referencia. El recurso se tramitó en vigencia de la Ley 1437 de 2011 y, en ese orden, el asunto se rige por el artículo 188 del CPACA1 el cual estatuye que cuando se ventila un asunto de interés público, como sucede en el asunto puesto que la UGPP busca controvertir una providencia judicial que ordenó el reajuste de una pensión con cargo al erario, no es dable imponer la condena en costas, en este caso, a la parte vencida, es decir a la señora Ofelia Albán Orejuela. 1 Artículo 86 del Decreto 2080 de 2021. […] En estos mismos procesos, los recursos interpuestos, la práctica de pruebas decretadas, las audiencias convocadas, las diligencias iniciadas, los términos que hubieren comenzado a correr, los incidentes en curso y las notificaciones que se estén surtiendo, se regirán por las leyes vigentes cuando se interpusieron los recursos.[…] 2 Radicación: 25000-23-42-000-2015-02149-01 (2544-2017) Demandante: Julio Enrique Barriga Garzón No obstante, en la providencia me acogí a la pauta mayoritaria que impuso la condena en costas, por considerarlo pertinente para conformar el quorum necesario para conformar la mayoría. Respetuosamente, MECG
11001031500020140152200Consejo de Estado · Sala especial de decisiónAclaración voto2014-06-17
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISION
Ponente: Nubia Margoth Peña Garzón
Actor: Unidad Administrativa De Gestion Pensional Y Contribuciones Parafiscales De La Proteccion Social·Demandado: Ofelia Alban Orejuela