Micelio
11001031500020220092500Consejo de Estado · Sección CuartaAuto interlocutorio2022-02-04

Radicación interna: 1228 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Julio Roberto Piza Rodriguez

Actor: Victor Daniel Chantre Vernaza·Demandado: Consejo Superior De La Judicatura - Registro Nacional De Abogados

Radicado: 11001-03-15-000-2022-00925-00 Demandante: Víctor Daniel Chantre Vernaza Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-601) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERO PONENTE: JULIO ROBERTO PIZA RODRÍGUEZ Bogotá, 14 de febrero de 2022 Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2022-00925-00 Demandante: Víctor Daniel Chantre Vernaza Demandado: Consejo Superior de la Judicatura – Registro Nacional de Abogados Acepta desistimiento Estando el proceso para decidir sobre la admisión, el señor Víctor Daniel Chantre Vernaza presentó desistimiento de la acción de tutela formulada contra el Consejo Superior de la Judicatura - Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia, al haberse superado la razón de la vulneración a sus derechos fundamentales.

Al respecto, debe decirse que el artículo 26 del Decreto 2591 de 1991 faculta al recurrente para «desistir de la tutela». Mediante auto 345 de 2010, la Sala Plena de la Corte Constitucional estableció que «el desistimiento suele estar ligado a la satisfacción del actor por haber obtenido ya lo esperado, incluso sin necesidad del pronunciamiento judicial.

Se exceptúan de la posibilidad de ser desistidas únicamente las tutelas en que la controversia planteada afecta a un número considerable de personas y puede estimarse asunto de interés general, pues no resulta posible que uno solo de los afectados impida un pronunciamiento de fondo que interesa a todos ellos». En el caso concreto, el Despacho encuentra que la demanda de tutela no involucra intereses de carácter general ni el de un número considerable de personas, toda vez que se dirige contra el Consejo Superior de la Judicatura, para obtener respuesta de un derecho de petición. Esto es, se trata de un conflicto jurídico particular que no involucra intereses de carácter general.

Por lo tanto, es procedente aceptar el desistimiento. En consecuencia, el Despacho RESUELVE 1. Aceptar el desistimiento de la acción de tutela interpuesta por Víctor Daniel Chantre Vernaza contra el Consejo Superior de la Judicatura - Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia 2. Ejecutoriada la presente decisión, archivar el expediente, previas las constancias de rigor.

Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente) Julio Roberto Piza Rodríguez