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11001031500020230222200Consejo de Estado · Sección Segunda (Subsección A)Auto interlocutorio2023-05-02

Radicación interna: 3469 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Gabriel Valbuena Hernandez

Actor: Diego Fernando Rodriguez Chilatra·Demandado: Tribunal Administrativo De Cundinamarca Seccion Tercera Subseccion A

w w w. c o n s e j o d e e s t a d o. g o v. c o Calle 12 No. 7–65 – Tel: (601) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA - SUBSECCIÓN A CONSEJERO PONENTE: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ Bogotá D.C., cinco (5) de mayo de dos mil veintitrés (2023). Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2023-02222-00 Accionante: DIEGO FERNANDO RODRIGUEZ CHILATRA Accionado: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA Y OTRO Auto admisorio Se ADMITE la solicitud de tutela instaurada por el señor Diego Fernando Rodríguez Chilatra, quien actúa a nombre propio, en contra del Juzgado Quinto Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá y del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección A por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales a la igualdad, debido proceso y trabajo, ocurrida con ocasión de la expedición de las providencias del 19 de diciembre de 2019 y 3 de marzo de 2022, respectivamente, proferidas en el curso del medio de control de reparación directa con radicado núm. 11001333603620150018601.

TÉNGANSE como pruebas, las aportadas con el escrito de tutela.

NOTIFÍQUESE al Juzgado Quinto Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá y al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección A como accionados y a la Nación, Ministerio de ACC IÓN D E T UTEL A Radicado: 11001-03-15-000-2023-02222-00 Accionante: Diego Fernando Rodríguez Chilatra w w w. c o n s e j o d e e s t a d o. g o v. c o Calle 12 No. 7–65 – Tel: (601) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia 2 Defensa Nacional, Ejército Nacional y a los demás intervinientes dentro del proceso del medio de control de reparación directa con radicado núm. 11001333603620150018600/01 como terceros interesados en las resultas del proceso.

Para efectos de notificación de estos últimos, COMISIÓNASE al Juzgado Quinto Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, LÍBRESE el despacho comisorio con los insertos del caso, como terceros interesados en las resultas del proceso. Asimismo,

NOTIFÍQUESE a la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, para que, si a bien lo tiene, intervenga en el presente proceso. REMÍTASE copia de la solicitud de tutela a las partes para que procedan a rendir el respectivo informe dentro del término de tres (3) días, contados a partir de la notificación de la presente providencia. REQUIÉRASE al Juzgado Quinto Administrativo del Circuito Judicial de para que allegue copia en medio magnético o el respectivo link de acceso al expediente del proceso de reparación directa con radicado núm. 11001333603620150018601, donde figura como demandante señor Diego Fernando Rodríguez Chilatra y otros.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ Consejero de Estado