Radicado: 11001-03-15-000-2025-06558-00 Demandante: María del Carmen Camacho Camacho Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERO PONENTE: WILSON RAMOS GIRÓN Bogotá, D C., 27 de octubre de 2025 Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2025-06558-00 Demandante: María del Carmen Camacho Camacho Demandados: Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá Tema: Debido proceso.
Derecho de petición. Auto que remite La señora María del Carmen Camacho Camacho, quien actúa en nombre propio, presentó acción de tutela contra Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá, al considerar vulnerado su derecho fundamental de petición. Como pretensiones, el parte demandante solicitó lo siguiente: Primero: Se ordene a CONSEJO SECCIONAL DE LA JUDICATURA DE BOGOTÁ D.C, contestar de manera clara, completa y congruente el derecho petición con radicado el día 17 de septiembre de 2025, a través de correo electrónico.
Segundo: Prevenir para que en ningún caso vuelvan a incurrir en las acciones que dieron mérito a iniciar esta tutela y que si lo hacen serán sancionadas conforme lo dispone el art. 52 del Dicto 2591/91. Al respecto, el Despacho precisa que el Decreto 1069 de 20151 reguló las reglas administrativas para el reparto de las acciones de tutela con el fin de racionalizar y desconcentrar su conocimiento.
En lo que aquí interesa, el numeral 6º del artículo 2.2.3.1.2.1. ibidem prevé: Las acciones de tutela dirigidas contra los Consejos Seccionales de la Judicatura y las Comisiones Seccionales de Disciplina Judicial serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia, a los Tribunales Superiores de Distrito Judicial. A partir de lo anterior, el Despacho advierte que la acción de tutela interpuesta por María del Carmen Camacho Camacho contra Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá, la debe conocer el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá en los términos del numera 6º del artículo 2.2.3.1.2.1 Decreto 1069 de 2015.
Por lo expuesto, el Despacho RESUELVE Remitir al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá la acción de tutela interpuesta por la señora María del Carmen Camacho Camacho. Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente) WILSON RAMOS GIRÓN La validez e integridad de este documento pueden comprobarse acudiendo a la siguiente dirección electrónica: https://samai.consejodeestado.gov.co/Vistas/documentos/evalidador