1 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 6013506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA MAGISTRADA PONENTE: MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO Bogotá, D.C., diez (10) de octubre de dos mil veinticinco (2025) Referencia Acción de tutela Radicado 11001-03-15-000-2025-06282-00 Demandante JORGE ELIECER CUERVO CUERVO Demandado MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Y OTRO ASUNTO AUTO QUE REMITE POR REGLAS DE REPARTO El Decreto 799 de 20251 estableció que: «(ii) Las acciones de tutela que se interpongan contra cualquier autoridad, organismo o entidad pública del orden nacional, así como las actuaciones del presidente de la República, incluyendo las relacionadas con seguridad nacional, y las actuaciones administrativas, Políticas, programas y/o estrategias del Gobierno Nacional relacionadas con la erradicación de cultivos ilícitos, serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia, a los Jueces del Circuito o con igual categoría».
Al estudiar el expediente se advierte que las autoridades accionadas son el Ministerio de Defensa Nacional y la Caja de Retiro de Fuerzas Militares. El señor Jorge Eliecer Cuervo Cuervo solicita la protección de sus derechos fundamentales a la dignidad humana, debido proceso, igualdad y seguridad social. Además, solicita que las demandadas vuelvan a liquidar las prestaciones sociales incluyendo diferentes primas, subsidios y otros rubros.
Debido a que las pretensiones están dirigidas a autoridades del orden nacional, por reglas de reparto, el caso le corresponde a los Juzgados del Circuito. En consecuencia, por intermedio de la Secretaría General remítase inmediatamente el expediente de la referencia a los Juzgados Administrativos del Circuito de Bogotá, para que se imparta el trámite que corresponda a la acción de tutela instaurada por el señor Jorge Eliecer Cuervo Cuervo.
Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente) MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO Este documento fue firmado electrónicamente. Para comprobar su validez e integridad lo puede hacer a través de la siguiente dirección electrónica: https://samai.consejodeestado.gov.co/Vistas/documentos/evalidador 1 Por el cual se modifica el artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015, Único Reglamentario del sector Justicia y del Derecho.