CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN A Consejera ponente: MARÍA ADRIANA MARÍN Bogotá, D.C., quince (15) de septiembre de dos mil veinticinco (2025). Radicación: 25000-23-36-000-2021-00210-01 (72985) Demandante: INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU Demandado: COMPAÑÍA COLOMBIANA DE CONSULTORES S.A.S Referencia: MEDIO DE CONTROL DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES Por venir debidamente sustentados y por reunir los demás requisitos legales1, se admiten los recursos de apelación interpuestos por la partes2, contra la sentencia del 26 de febrero de 2025, proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, mediante la cual se accedió parcialmente a las pretensiones de la demanda3.
Por Secretaría de la Sección, en atención a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 198 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, notifíquese personalmente la presente providencia al Ministerio Público y, por estado, a las partes. Ejecutoriada la presente providencia, la Secretaría, antes de pasar el expediente al Despacho, deberá verificar cuál de los eventos estipulados en el artículo 247 del CPACA -modificado por el artículo 67 de la Ley 2080 de 2021- se cumple y proceder de conformidad.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente MARÍA ADRIANA MARÍN Magistrada EPRM / CP Exp. digital 1 El Despacho encuentra que el presente asunto tiene vocación de doble instancia, toda vez que reúne los requisitos del artículo 247 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Además, la cuantía estimada de la mayor de las pretensiones de la demanda es de $948.775.452, la cual resulta superior a los 500 SMLMV para la fecha de presentación de la demanda -28 de mayo de 2021-, exigidos por el artículo 152, numeral 5, y 157 ibidem. 2 - Demandante: índice 56, Samai del Tribunal. - Demandada: índice 57, Samai del Tribunal.
(CP -pág 34 y ss) 3 índice 53, Samai del Tribunal.