Micelio
11001031500020230287000Consejo de Estado · Sección PrimeraAuto interlocutorio2023-05-30

Radicación interna: 4439 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Hernando Sanchez Sanchez

Actor: Victor Andres Tovar Trujillo, Juan Camilo Claros Castro, Ivan Medina Ninco, Rodrigo Bahamon Plaza Y Otros, Yuber Parraci Malagon Y Otros·Demandado: Consejo De Estado Seccion Quinta

Radicado: 11001-03-15-000-2023-02870-00 y otros acumulados Actor: Víctor Andrés Tovar Trujillo 1 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (601) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA CONSEJERO PONENTE: OSWALDO GIRALDO LÓPEZ Bogotá, D.C., siete (7) de septiembre de dos mil veintitrés (2023) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2023-02870-00 (acumulada) 11001-03-15-000-2023-03279-00 11001-03-15-000-2023-03301-00 Accionante: VÍCTOR ANDRÉS TOVAR TRUJILLO Y OTROS Accionado: CONSEJO DE ESTADO – SECCIÓN QUINTA RECHAZA RECUSACIÓN La Sala decide la recusación presentada por el señor Carlos Ernesto Rodríguez Chinchilla en contra del Consejero de Estado Hernando Sánchez Sánchez1.

I.

ANTECEDENTES 1. Mediante escrito enviado vía correo electrónico el 29 de mayo de 2023 a la Secretaría General de la Corporación2, el señor Víctor Andrés Tovar Trujillo, actuando por conducto de apoderado judicial, interpuso acción de tutela en contra de la sentencia proferida el 27 de abril de 2023 por la Sección Quinta de esta Corporación, en el medio de control de nulidad electoral radicado con el número 11001-03-28-000-2022-00033-00 (acumulado), que declaró la nulidad de su elección como representante a la Cámara por la circunscripción departamental del Huila, para el período constitucional 2022-2026. 1 Ingresado al despacho el 23 de agosto de 2023. 2 Visto en el índice 2 del radicado 2023-02870-00 en la Sede Electrónica para la Gestión Judicial Samai.

Radicado: 11001-03-15-000-2023-02870-00 y otros acumulados Actor: Víctor Andrés Tovar Trujillo 2 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (601) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 2. El asunto fue asignado por reparto el 30 de mayo de 2023 al despacho del Consejero de Estado Hernando Sánchez Sánchez3, quien, por auto del 31 mayo de 2023, inadmitió la acción4.

En proveído del 14 de junio de 2023 la admitió5 y ordenó vincular en calidad de terceros con interés legítimo al Consejo Nacional Electoral, a la Registraduría Nacional del Estado Civil, al Partido Cambio Radical y a los señores Carlos Ernesto Rodríguez Chinchilla, Gilberto Silva Ipus, Jhonny Marcel Díaz Ortega, William Eduardo Gutiérrez Ordóñez, Germán Córdoba Ordóñez e Iván Medina Ninco. 3.

Por escrito enviado vía correo electrónico el 15 de junio de 2023 a la Secretaría General de la Corporación6, Yuber Parraci Malagón y otros 107 accionantes más7, actuando en causa propia, interpusieron acción de tutela en contra de la misma sentencia proferida el 27 de abril de 2023 por la Sección Quinta del Consejo de Estado, en el medio de control de nulidad electoral 3 Visto en el índice 1 del radicado 2023-02870-00 en la Sede Electrónica para la Gestión Judicial Samai. 4 Visto en el índice 4 del radicado 2023-02870-00 en la Sede Electrónica para la Gestión Judicial Samai. 5 Visto en el índice 11 del radicado 2023-02870-00 en la Sede Electrónica para la Gestión Judicial Samai. 6 Visto en el índice 2 del radicado 2023-03279-00 en la Sede Electrónica para la Gestión Judicial Samai. 7 Yeimy Rodríguez, Margarita Díaz Núñez, William Criollo Triviño, Rosalba Torres Betancourt, Yamileth Tovar, Sandra Patricia Tole González, Daniel Fernando Munar, Ruby Alveni Parra Celis, Gloria Amparo Cuellar, Fabián Losada Tovar, Erika Andrea Criollo Torres, Martha Lucía Cabrera Claros, Jesús Jara Trujillo, Oscar Fernando Bermeo Cuellar, Gloria Patricia Tovar Ramírez, Cecilia Ramírez de Tovar, Sandra Paola Oyone, John Javier Páez Guiza, Rosa Icela Trujillo Penagos, Rafael Méndez, Ángel Augusto Tovar, Ángela Patricia Charry Mesa, Exilda Penagos Tovar, Luz Stephanie Trujillo Vargas, Robert Artunduaga Osorio, Juan Carlos Ortiz Tovar, Carlos Núñez Rodríguez, María Isabel Ortiz Muñoz, Adriana María Correa, Miller Criollo Ramón, Lucero Suárez Osso, Martha Cecilia Sánchez Trujillo, Victoria Delgado, Hermes Segura Torres, Maribel Núñez, Maribel Constanza González Ramos, Óscar Julián Parra Suárez, Tatiana Andrea Suárez Campos, César Martínez, Dairy Margarita Bustos Díaz, María Alejandra Hile Bustos, Sonia Ortiz, Yolanda Ramos Antury, Carmen Elisa Serrano Ortiz, Wilmer Bustos Rojas, María Victoria Munar, Román Núñez Pastrana, William Alvarado, Armando Guarnizo Trujillo, Mónica Munar Muñoz, Carlos Mario Almario, Marlody Bolaños, Kelly Johana Trujillo, Aurora Muñoz, Hermides Meneses, Miguel Manrique, Yanilson Noriega, Jorge Augusto Gasca, Fiober Ramírez, Leidy Marcela Barrera, Virgelina Bermeo, Betina Barrera, Mariano Barrera, Dorian Reinel Gasca, Regina Ramos, Diego Andrés Martínez, Jhonatan Felipe Jaramillo, Daly Eugenia Trujillo, Olga Johana Bermúdez Ortiz, Vivian Jimena Lamilla, María Camila Betancourt Cortés, María Alejandra Osorio, Nancy Vargas, Kevin Delgado, María Alejandra Méndez Ramírez, Daniela Andrea Almario, Marley Trujillo Tovar, Luz Dary Núñez Castro, María Camila Gironza Pava, Yulieth Criollo Betancourt, Dora Inés Núñez, Martha Liliana Bustos, Bercelio Hile, Luis Arturo Cortés, Libardo Cortés, Fabiola Sánchez, Alveny Tovar, Auxiliadora Fiesco, Mónica Andrea Méndez, Juan Darío Alvarado, Mary Luz Escobar, Luz Derly Vega Losada, Deisy Márquez, Pedro Nel Sánchez, Yuriana Prado, Cecilia Trujillo, Nidia Patricia Suárez, María Isabel Ochoa, Luisa Fernanda Sarmiento, Wendy Ahumada, Daniela María Joven, Jennifer Torres, Orlando Toledo, Jesús David Noriega, Stella Osorio, Nelly Osorio y María Denis Perdomo.

Radicado: 11001-03-15-000-2023-02870-00 y otros acumulados Actor: Víctor Andrés Tovar Trujillo 3 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (601) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co radicado con el número 11001-03-28-000-2022-00033-00 (acumulado) y solicitaron el amparo de sus derechos fundamentales a la “(…) CONFIANZA LEGÍTIMA, la IGUALDAD y el DEBIDO PROCESO (…)”, tutela que fue radicada con el nro. 11001-03-15-000-2023-03279-00, y asignada por reparto del 16 de junio de 2023 al despacho de la Consejera de Estado Myriam Stella Gutiérrez Arguello8. 4.

Por escrito enviado vía correo electrónico el 20 de junio de 2023 a la Secretaría General de la Corporación9, el señor Iván Medina Ninco, actuando en causa propia, igualmente interpuso acción de tutela en contra de la sentencia proferida el 27 de abril de 2023 por la Sección Quinta del Consejo de Estado, en el medio de control de nulidad electoral radicado con el número 11001-03-28-000-2022-00033-00 (acumulado), solicitando el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso y a la defensa, la cual fue radicada con el nro. 11001-03-15-000-2023-03301-00, y asignada por reparto del 20 de junio de 2023 al despacho de la Consejera de Estado Nubia Margoth Peña Garzón10, quien, por auto del 22 de junio de 2023, la remitió al despacho del Consejero Hernando Sánchez Sánchez para que estudiara sobre su posible acumulación11. 5.

Por escritos radicados entre el 21 y el 23 de junio de 2023, el Consejo Nacional Electoral, los señores Carlos Ernesto Rodríguez Chinchilla y Gilberto Silva Ipus, la Sección Quinta del Consejo de Estado, el partido político Cambio Radical y la Registraduría Nacional del Estado Civil contestaron la presente tutela (radicado nro. 11001-03-15-000-2023-02870-00)12. 8 Visto en el índice 1 del radicado 2023-03279-00 en la Sede Electrónica para la Gestión Judicial Samai. 9 Visto en el índice 2 del radicado 2023-03301-00 en la Sede Electrónica para la Gestión Judicial Samai. 10 Visto en el índice 1 del radicado 2023-03301-00 en la Sede Electrónica para la Gestión Judicial Samai. 11 Visto en el índice 4 del radicado 2023-03301-00 en la Sede Electrónica para la Gestión Judicial Samai. 12 Visto en los índices 15 a 18, 20 y 21 del radicado 2023-02870-00 en la Sede Electrónica para la Gestión Judicial Samai.

Radicado: 11001-03-15-000-2023-02870-00 y otros acumulados Actor: Víctor Andrés Tovar Trujillo 4 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (601) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 6. En proveído del 30 de junio de 2023 el Consejero de Estado Hernando Sánchez Sánchez dispuso la acumulación de la tutela con el radicado nro. 11001-03-15-000-2023-03301-00 a la presente acción de tutela, así como admitirla13. 7.

Por auto del 11 de julio de 2023 la Consejera de Estado Myriam Stella Gutiérrez Arguello remitió la tutela con el radicado nro. 11001-03-15-000- 2023-03279-00 a esta acción constitucional para estudiar una posible acumulación14. 8. Por auto del 25 de julio de 2023 el Consejero de Estado Hernando Sánchez Sánchez ordenó la acumulación de la tutela con el radicado nro. 11001-03-15- 000-2023-03279-00 a la presente acción constitucional y la admitió15. 9.

El 23 de agosto de 2023 el expediente ingresó a despacho16. 10. En la fecha del 31 de agosto de 2023 se hizo sorteo para nombramiento de conjuez en el presente asunto y la designación recayó en el doctor Jaime Humberto Tovar Ordoñez. II. LA RECUSACIÓN Por escrito enviado vía correo electrónico el 31 de julio de 2023 a la Secretaría General de la Corporación, el señor Carlos Ernesto Rodríguez Chinchilla, tercero vinculado al presente asunto, recusó al Consejero de Estado Hernando Sánchez Sánchez, manifestando que está incurso en la causal prevista en el numeral 9 13 Visto en el índice 10 del radicado 2023-03301-00 en la Sede Electrónica para la Gestión Judicial Samai. 14 Visto en el índice 11 del radicado 2023-03279-00 en la Sede Electrónica para la Gestión Judicial Samai. 15 Visto en el índice 17 del radicado 2023-03279-00 en la Sede Electrónica para la Gestión Judicial Samai. 16 Visto en el índice 49 del radicado 11001-03-15-000-2023-02870-00 en la Sede Electrónica para la Gestión Judicial Samai.

Radicado: 11001-03-15-000-2023-02870-00 y otros acumulados Actor: Víctor Andrés Tovar Trujillo 5 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (601) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co del artículo 141 del Código General del Proceso, según afirma, por tener “amistad cercana” con el accionante Víctor Andrés Tovar Trujillo17. Para sustentar lo anterior, afirmó que el hermano del Consejero recusado, el señor Raúl Sánchez Sánchez, “(…) hace parte, o es activista del grupo político en el Departamento del Huila que apoyo (sic) al representante electo VICTOR ANDRES TOVAR (sic), liderado en el departamento por el Congresista CARLOS JULIO GONZALEZ (sic) VILLA (…)”, adicional a que “(…) es de público conocimiento (…)” la cercanía del congresista con el doctor Raúl Sánchez Sánchez, y “(…) [l]a cercanía y lazo de amistad entre la familia Sánchez Sánchez y González Villa es indudable, basada en que son coterráneas, y tienen una histórica, evidente y estrecha cercanía (…)”.

Agregó que el Consejero recusado, además de la presente tutela, está conociendo en segunda instancia “(…) como Consejero ponente (…)”, la solicitud de pérdida de investidura con el radicado nro. 11001-03-15-000- 2022-03485-00, interpuesta por el señor Gilberto Silva Ipus en contra del señor Víctor Andrés Tovar Trujillo. III. MANIFESTACIÓN FRENTE A LA RECUSACIÓN Por escrito radicado el 22 de agosto de 2023 el Consejero de Estado Hernando Sánchez Sánchez18 no aceptó la procedencia de la causal de recusación invocada, y para ello señaló, por un lado, que, atendiendo lo dispuesto por el artículo 39 del Decreto 2591 de 1991, así como lo considerado por la Corte Constitucional en el auto A-296 de 2018, la recusación formulada es improcedente.

Y por el otro, indicó que, de conformidad con lo previsto por el numeral quinto del artículo 56 de la Ley 906 de 2004, en el presente asunto no existe causal 17 Visto en el índice 36 del radicado 2023-02870-00 en la Sede Electrónica para la Gestión Judicial Samai. 18 Visto en el índice 43 del radicado 2023-02870-00 en la Sede Electrónica para la Gestión Judicial Samai.

Radicado: 11001-03-15-000-2023-02870-00 y otros acumulados Actor: Víctor Andrés Tovar Trujillo 6 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (601) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co de impedimento de amistad íntima o enemistad grave entre él y alguna de las partes, denunciante, víctima o perjudicado de la acción de tutela. Por último, informó que el Consejero de Estado Gabriel Valbuena Hernández, en calidad de ponente de la pérdida de investidura con el radicado nro. 11001- 03-15-000-2022-03485-00, por auto del 4 de agosto de 2023, aceptó el desistimiento de los recursos de apelación interpuestos por las partes contra la sentencia de primera instancia dictada el 18 de enero de 2023 por la Sala Séptima Especial de la Sala Plena de la Corporación. IV.

CONSIDERACIONES La Sala, para decidir sobre la recusación formulada en el presente asunto contra el Consejero de Estado Hernando Sánchez Sánchez, analizará: (i) la recusación en materia de acciones de tutela y (ii) el caso concreto. 4.1. La recusación en materia de acciones de tutela La Sala advierte que, al tenor de lo previsto por el artículo 39 del Decreto 2591 de 1991, “(…) en ningún caso será procedente la recusación. El juez deberá declararse impedido cuando concurran las causales de impedimento del Código de Procedimiento Penal so pena de incurrir en la sanción disciplinaria correspondiente.

(…)”. Sobre la recusación en materia de acciones de tutela, la Corte Constitucional ha explicado que, “(…) por regla general, la recusación no resulta aplicable “en los juicios de tutela, ni en sus instancias, ni en el trámite especial de revisión”. Por lo tanto, en principio, las recusaciones presentadas en el marco de dichos trámites son improcedentes y deben ser rechazadas”19. 19 Corte Constitucional, auto 250 A del 21 de mayo de 2021.

Radicado: 11001-03-15-000-2023-02870-00 y otros acumulados Actor: Víctor Andrés Tovar Trujillo 7 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (601) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 4.2. El caso concreto En el asunto bajo examen, se recusó al señor Consejero Hernando Sánchez Sánchez para tramitar la presente acción de tutela; no obstante, conforme lo señalado líneas atrás, la recusación es improcedente.

Y si bien, de conformidad con el régimen legal aplicable, procede en los casos que establece la ley la declaratoria de impedimento, so pena de incurrir por su omisión en sanción disciplinaria, no se observa en el escrito que ha presentado el solicitante prueba alguna de la causal que alega, razón de más para desestimar la petición. En consecuencia, sin ser necesario descender en otras consideraciones, la Sala rechazará de plano la recusación interpuesta por el señor Carlos Ernesto Rodríguez Chinchilla.

En mérito de lo expuesto, el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera,

RESUELVE

PRIMERO: RECHAZAR DE PLANO la recusación formulada por el señor Carlos Ernesto Rodríguez Chinchilla en contra del Consejero de Estado Hernando Sánchez Sánchez, según lo explicado en la parte motiva.

SEGUNDO: En firme esta providencia devuélvase el expediente inmediatamente al despacho del Consejero Hernando Sánchez Sánchez.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, OSWALDO GIRALDO LÓPEZ NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN Consejero de Estado Consejera de Estado Presidente JAIME HUMBERTO TOBAR ORDOÑEZ Conjuez Radicado: 11001-03-15-000-2023-02870-00 y otros acumulados Actor: Víctor Andrés Tovar Trujillo 8 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (601) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSTANCIA: La presente providencia fue firmada electrónicamente por los integrantes de la Sección Primera en la sede electrónica para la gestión judicial SAMAI.

En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con la ley.