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76001233100020100050301Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección C)Salvamento voto2015-07-28

Radicación interna: 54881 · ACCION DE REPARACION DIRECTA

Ponente: Guillermo Sanchez Luque

Actor: Jose Luis Muñoz Muñoz, Maria Teresa Muñoz, Miryan Nair Muñoz Muñoz, Jose Manuel Muñoz Suarez, Aura Carmenza Jimenez, Mireya Jimenez·Demandado: Red De Salud De Oriente Ese, E.S.E. Hospital Universitario Del Valle Evaristo Garcia, Hospital Universitario Del Valle Evaristo Garcia

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN C CONSEJERO NICOLÁS YEPES CORRALES Referencia: ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA Radicación: 76-001-23-31-000-2010-00503-01(54881) Demandante: AURA CARMENZA JIMÉNEZ Y OTROS Demandado: ESE RED SALUD DEL ORIENTE-HOSPITAL CARLOS HOLMES TRUJILLO Y OTRO SALVAMENTO DE VOTO Con el acostumbrado respeto por las decisiones adoptadas por Subsección, procedo a exponer las razones por las cuales salvé mi voto en la providencia del 22 de septiembre de 2022, mediante la cual la Sala revocó el fallo de primera instancia, proferido por el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, que había declarado la responsabilidad patrimonial del Hospital Carlos Holmes Trujillo por la muerte del hijo por nacer de Aura Carmenza Jiménez para, en su lugar, negar las pretensiones de la demanda.

Así pues, me aparto de la decisión adoptada en sentencia del 22 de septiembre de 2022, que consideró que no se demostró que la muerte del hijo por nacer de Aura Carmenza Jiménez fue consecuencia directa del proceso de atención médica del hospital Carlos Holmes Trujillo, pues, en mi criterio, las probanzas que obraban en el proceso daban cuenta de todo lo contrario, esto es, que dicha entidad sí incurrió en una falla del servicio que condujo a la muerte del menor.

De hecho, en mi sentir, las pruebas permiten evidenciar que la atención médica fue tardía y negligente, porque el hospital no hizo seguimiento especializado al estado del feto (que se probó que llegó en ópticas condiciones al centro médico) y no utilizó instrumentos de diagnóstico para detectar de forma oportuna los signos de sufrimiento fetal.

De tal suerte, como el embarazo de Aura Carmenza Jiménez ocurrió en condiciones normales, nada distinto a la tardanza en la atención médica prestada en el hospital Carlos Holmes Trujillo explica el deceso de su hijo por nacer, razón suficiente para tener por acreditada la falla del servicio y el nexo causal entre esta y el daño, por lo 2 que, lo que correspondía era, entonces, confirmar la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, que había declarado la responsabilidad patrimonial del Hospital Carlos Holmes Trujillo.

En este sentido, dejo expuestas las razones que me llevaron a salvar el voto frente de lo decidido en la sentencia del del 22 de septiembre de 2022. Fecha ut supra NICOLÁS YEPES CORRALES Magistrado EX1