Acción especial de revisión Radicado: 11001-03-15-000-2021-04179-00 (6070) 1 CONSEJO DE ESTADO SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SALA ESPECIAL DE DECISIÓN No. 10 CONSEJERO PONENTE: JUAN ENRIQUE BEDOYA ESCOBAR Referencia Acción especial de revisión Radicación 11001-03-15-000-2021-04179-00 (6070) Recurrente UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL -UGPP- Asunto SALVAMENTO PARCIAL DE VOTO De manera respetuosa, procedo a salvar parcialmente el voto respecto de la sentencia del 8 de noviembre de 2024, mediante la cual se declaró infundada la acción de la referencia y se condenó en costas a la UGPP.
Lo anterior, porque no comparto la segunda de las determinaciones adoptadas, al tratarse de un proceso en los que se ventila un interés público, como lo es la protección del erario. Esto, según lo previsto en el inciso primero del artículo 188 del C.P.A.C.A., de conformidad con el cual la sentencia dispondrá sobre la condena en costas “salvo en los procesos que se ventile un interés público”.
Cabe anotar, además, que esta posición ha sido sostenida por la jurisprudencia de la corporación al manifestar, entre otros, que “el ejercicio del mecanismo de revisión de que trata el artículo 20 de la Ley 797 de 2003, constituye una herramienta para afrontar los graves casos de corrupción en esta materia y evitar el detrimento del Tesoro Público y un mecanismo de defensa de los principios de eficiencia, universalidad, solidaridad, integralidad, unidad y participación que rigen el servicio público esencial de seguridad social, además de una garantía del principio de sostenibilidad financiera del sistema pensional1”.
Cordialmente, MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO Fecha ut supra 1 Cfr., entre otras: Consejo de Estado, Sala Plena de lo Contencioso Administrativo, Sala Especial de Decisión Nro. 19, sentencia del 18 de agosto de 2021, M.P.: William Hernández Gómez, radicado Nro.: 11001-03-15- 000-2020-03549-00. Consejo de Estado, Sala Plena de lo Contencioso Administrativo, Sala Especial de Decisión Nro. 9, sentencias del 22 de noviembre de 2021, 10 de diciembre de 2021, y, 25 de febrero de 2022, M.P.: Gabriel Valbuena Hernández, radicados Nro.: 11001-03-15-000-2020-03231-00, 11001-03-15- 000-2019-05024-00, y, 11001-03-15-000-2019-04468-00, respectivamente.