Micelio
27001233300020150012501Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Salvamento voto2021-07-28

Radicación interna: 67278 · LEY 1437 REPARACION DIRECTA

Ponente: Martin Gonzalo Bermudez Muñoz

Actor: Hospital San Francisco De Asis·Demandado: Patrimonio Autonomo De Remanentes Caprecon Liquidado Parcaprecon, Fiduciaria La Previsora S.A . Sociedad Liquidadora De La Antv

REPÚBLICA DE COLOMBIA CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN B Bogotá DC, diecisiete (17) de junio de dos mil veinticuatro (2024). Magistrado ponente: MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Expediente: 27001-23-33-000-2015-00125-01 (67.278) Demandante: HOSPITAL SAN FRANCISCO DE ASÍS Demandado: CAPRECOM Medio de control: REPARACIÓN DIRECTA SALVAMENTO DE VOTO Con el debido respeto por las decisiones de la Sala, me aparté de lo decidido toda vez que, tal como lo manifesté durante la discusión del caso, considero que no era posible resolver el asunto como si se tratase, de pretensiones contractuales, por cuanto, el negocio –sometido al derecho privado– concluyó por la manifestación expresa de una de las partes lo cual impedía considerar que el contrato se ejecutó de común acuerdo más allá de su vigencia, de esta forma no hubo una prórroga tácita derivada del comportamiento de las partes porque ninguno de sus actos indicaba un acuerdo para extender el cumplimiento de las prestaciones tras la terminación unilateral, en consecuencia, ante la ausencia de un contrato las pretensiones solo podían analizarse desde la perspectiva del enriquecimiento sin causa.

FREDY IBARRA MARTÍNEZ Magistrado (Firmado electrónicamente) Constancia: el presente salvamento de voto fue firmado electrónicamente en la plataforma SAMAI, en consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta de conformidad con el artículo 2 de la Ley 2213 de 2022.