Micelio
11001031500020230692900Consejo de Estado · Sección PrimeraAuto interlocutorio2023-11-15

Radicación interna: 10859 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Nubia Margoth Peña Garzon

Actor: Andres Felipe Arredondo Campiño·Demandado: Tribunal Administrativo De Antioquia Y Otro

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá, D.C., diecisiete (17) de noviembre de dos mil veintitrés (2023) Número único de radicación: 11001-03-15-000-2023-06929-00 Referencia: Acción de tutela Actor: ANDRÉS FELIPE ARREDONDO CAMPIÑO Asunto: Admite demanda AUTO INTERLOCUTORIO Por ajustarse a las formalidades previstas en el Decreto Ley 2591 de 19 de noviembre de 19911, se admite la acción de tutela presentada por los señores ANDRÉS FELIPE ARREDONDO CAMPIÑO contra la SALA PRIMERA DE DECISIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE ANTIOQUIA, por estimar que le vulneraron su derecho fundamental al debido proceso, al haber proferido la providencia de 24 de octubre de 2023, dentro del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho identificado con el número único de radicación 2022-00253-01.

En consecuencia, se dispone: a): Notifíquese a los magistrados de la Sala Primera de Decisión del Tribunal Administrativo de Antioquia. Remítaseles copia de la solicitud de tutela, para que si a bien lo tienen rindan informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir 1 "Por el cual se reglamenta la acción de tutela consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política". 2 Número único de radicación: 11001-03-15-000-2023-06929-00 Actor: ANDRÉS FELIPE ARREDONDO CAMPIÑO Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co b): Por tener interés directo en las resultas del proceso, vincúlense y notifíquese al MUNICIPIO DE LA PINTADA (ANTIOQUIA), parte demandada dentro del proceso que dio origen a la presente acción. Asimismo, al JUZGADO CATORCE ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN, que conoció en primera instancia del proceso en mención. Remítaseles copia de la solicitud de tutela a la señora Alcaldesa del Municipio de la Pintada y al Juez Catorce Administrativo del Circuito de Medellín, para que si a bien lo tienen rindan informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co c): Ténganse como pruebas, en cuanto fueren conducentes y por el valor que en derecho les corresponda, los documentos aportados por el actor con la solicitud de tutela. d): Tiénese al doctor DIEGO LEÓN TAMAYO CASTRO como apoderado especial del actor, de conformidad con el poder obrante en el expediente. 3 Número único de radicación: 11001-03-15-000-2023-06929-00 Actor: ANDRÉS FELIPE ARREDONDO CAMPIÑO Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co e): Ofíciese al Juzgado Catorce Administrativo del Circuito de Medellín para que remita, en el término de la distancia, con destino al proceso de la referencia, copia física o digital del expediente identificado con el número único de radicación 2022-00253-01, contentivo del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho promovido por el actor contra el MUNICIPIO DE LA PINTADA (ANTIOQUIA), al correo electrónico secgeneral@consejodeestado.gov.co

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, (Firmado electrónicamente) NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN Consejera