Magistrado ponente: JAIME ENRIQUE RODRÍGUEZ NAVAS Bogotá D.C., veinticuatro (24) de febrero de dos mil veintitrés (2023). Radicado número: 11001-03-15-000-2023-00964-00. Accionante: Jackeline Martínez Cortés. Accionados: Tribunal Administrativo del Quindío. Referencia: Acción de tutela. AUTO ADMISORIO Jackeline Martínez Cortés, actuando por medio de apoderado y en ejercicio de la acción de tutela, solicitó la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso, al acceso a la administración de justicia, a la seguridad social, a la favorabilidad en material laboral, a la igualdad, y a la seguridad jurídica.
Tales garantías las consideró vulneradas por el Tribunal Administrativo del Quindío, con ocasión de la sentencia que dictó el 9 de febrero de 2023, en el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho con número de radicado 63001-33-33-006-2022-00064-00/01/02. El despacho, al encontrar reunidos los requisitos previstos en el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991 y por ser competente para conocer de la presente acción de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Constitución Política, el Decreto 2591 de 1991 y el Acuerdo de Sala Plena del Consejo de Estado No. 080 de 12 de marzo de 2019,
RESUELVE
PRIMERO. ADMITIR la solicitud instaurada, en ejercicio de la acción de tutela, por Jackeline Martínez Cortés, en contra del Tribunal Administrativo del Quindío.
SEGUNDO. SOLICITAR al Tribunal Administrativo del Quindío y al Juzgado Sexto Administrativo del Circuito de Armenia, que, quien tenga el expediente con número de radicado radicado 63001-33-33-006-2022-00064-00/01/02, informe a este despacho los nombres y direcciones de las personas que integraron las partes demandantes, demandadas y terceras dentro del proceso de la referencia.
TERCERO. VINCULAR, como terceros con interés en este trámite, al Juzgado Sexto Administrativo del Circuito de Armenia, a la Nación – Ministerio de Educación Nacional, al Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio, al Municipio de Armenia, y a quienes hubieran participado en el proceso ordinario con número de radicado 63001-33-33-006-2022-00064-00/01/02, de acuerdo con el informe que se reciba en virtud de la orden contenida en el numeral segundo de esta providencia.
CUARTO. OFICIAR al Tribunal Administrativo del Quindío y al Juzgado Sexto Administrativo del Circuito de Armenia, que, quien tenga el expediente con número de radicado radicado 63001-33-33-006-2022-00064-00/01/02, allegue al despacho, por cualquier medio, su copia en calidad de préstamo, en el término de tres (3) días contados a partir de la notificación de la presente providencia.
QUINTO. COMUNICAR a la parte accionada y a los terceros con interés vinculados al presente trámite, que podrán presentar informes sobre los hechos en que se sustenta la presente acción, en el término de tres (3) días contados a partir del recibo de la notificación. Estos se consideran rendidos bajo la gravedad de juramento (artículos 19 y 20 del Decreto 2591 de 1991).
SEXTO. RECONOCER personería al abogado Yobany Alberto López Quintero, identificado con cédula de ciudadanía 89.009.237 de Armenia, y tarjeta profesional número 112.907 del Consejo Superior de la Judicatura, en los términos y para los efectos del poder conferido por el actor, contenido en el archivo electrónico identificado con certificado 9266B040A85FE770 1C95EE9D77E8A7EB 41C8A5E547B821E2 485FF4BDB42EB65F 68472473526C8C0D, ubicado en el índice 2 del expediente digital.
SÉPTIMO. SUSPENDER los términos de la presente acción constitucional hasta tanto se dé cumplimiento a las órdenes impartidas en esta providencia y el expediente regrese al Despacho desde la Secretaría General.
OCTAVO. ORDENAR que, por conducto de la Secretaría General de esta Corporación, se notifique el presente proveído a la parte accionante de la forma más expedita posible. La Secretaría General solamente devolverá el expediente al Despacho, una vez se haya efectivamente notificado a los sujetos procesales. Notifíquese y cúmplase, JAIME ENRIQUE RODRÍGUEZ NAVAS Magistrado MOG