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11001031500020230070000Consejo de Estado · Sala Consulta y Servicio CivilAuto interlocutorio2023-02-10

Radicación interna: 1041 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Rafael Francisco Suárez Vargas

Actor: Jose Santos Borda Rubio·Demandado: Consejo De Estado Seccion Tercera Susbeccion B

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO – ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA – SUBSECCIÓN A Bogotá D. C., dieciséis (16) de febrero de dos mil veintitrés (2023) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001 03 15 000 2023 00700 00 Accionante: José Santos Borda Rubio Accionado: Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección B Derechos: Debido proceso, defensa, acceso a la administración de justicia AUTO Por reunir los requisitos legales, se admite la acción de tutela de la referencia y se dispone lo siguiente: Primero. Notificar, como demandados, a los magistrados del Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección B, quienes conocieron del medio de control de reparación directa que se tramitó con el radicado 25000 23 26 000 2006 02209 01, que da origen al presente trámite constitucional.

Segundo. Notificar, como tercero interesado en las resultas de este proceso a la Nación-Fiscalía General de la Nación, al haber actuado como demandado dentro del medio de control de reparación directa que se tramitó con el radicado 25000 23 26 000 2006 02209 00 [01]. Tercero. Comisionar al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección C para que, de acuerdo con la información que reposa en el expediente, notifique del presente trámite constitucional a todas las personas que intervinieron dentro del medio de control de reparación directa que se tramitó con el radicado 25000 23 26 000 2006 02209 00 [01]; exceptuando al señor José Santos Borda Rubio y la Fiscalía General de la Nación. 2 Radicado: 11001 03 15 000 2023 00700 00 Accionante: José Santos Borda Rubio Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Las personas a notificar serán vinculadas como terceros interesados en las resultas de este proceso y las copias de las constancias de notificación derivadas de esta comisión deberán ser enviadas con destino a este despacho y expediente.

Cuarto. Requerir al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección C, para que envíe, con destino a este despacho, copia digital del expediente del medio de control de reparación directa que se tramitó con el radicado 25000 23 26 000 2006 02209 00 [01], en el que actuaron, en calidad de demandantes, los señores José Santos Borda Rubio y otros, y como demandada la Fiscalía General de la Nación. Quinto. Reconocer personería jurídica para actuar dentro de este proceso al abogado, señor Félix Orlando Vargas Cubides, según poder otorgado por la parte actora, de acuerdo con la documentación contenida en el expediente digitalizado.

Sexto. Remitir copia de la solicitud de tutela a los demandados y a los terceros interesados, para que procedan a ejercer su derecho de defensa, si a bien lo tienen, y rindan el respectivo informe dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación de la presente providencia. Notifíquese y cúmplase GGGJ