1 Radicado: 19001-23-33-000-2012-00380-08 Demandante: Richard Pérez Delgado Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA – SUBSECCIÓN A CONSEJERO PONENTE: RAFAEL FRANCISCO SUÁREZ VARGAS Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de febrero de dos mil veintidós (2022) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 19001-23-33-000-2012-00380-08 Demandante: Richard Pérez Delgado Demandado: Nación, Ministerio de Defensa Nacional AUTO Estando el proceso de tutela de la referencia para proferir decisión, en grado jurisdiccional de consulta, sobre la sanción por desacato impuesta a través de la providencia del 18 de febrero de 2022 emitida por el Tribunal Administrativo del Cauca, advierte el despacho que el 22 de febrero de 2022, el mayor Diego Armando Ospina Trujillo, en calidad de director del Establecimiento de Sanidad BAS 29 de Popayán, solicitó la inaplicación de sanción. Comoquiera que el inciso final del artículo 27 del Decreto 2591 de 1991, dispone claramente que el juez «mantendrá la competencia hasta que esté completamente restablecido el derecho o eliminadas las causas de la amenaza», y que el artículo 52 ibidem solo otorgó al superior jerárquico del juez de desacato resolver sobre la consulta de la sanción impuesta, corresponde, entonces, remitir al Tribunal Administrativo del Cauca la solicitud de inaplicación de la sanción, para que este proceda a resolver lo correspondiente.
Así las cosas, se dispone: Id Documento: 19001233300020120038008005025220007 2 Radicado: 19001-23-33-000-2012-00380-08 Demandante: Richard Pérez Delgado Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Por Secretaría General, remitir el expediente de la referencia al Tribunal Administrativo del Cauca para que proceda a resolver sobre la solicitud de inaplicación de la sanción por desacato, presentada por el director del Establecimiento de Sanidad BAS 29 de Popayán, mayor Diego Armando Ospina, el 22 de febrero de 2022.
Notifíquese y cúmplase, YASM Id Documento: 19001233300020120038008005025220007