Micelio
11001031500020230298200Consejo de Estado · Sección Segunda (Subsección B)Auto interlocutorio2023-06-05

Radicación interna: 4620 · HABEAS CORPUS

Ponente: Juan Enrique Bedoya Escobar

Actor: Jhonny Fredy Castaño Mosquera Agente Oficioso De Alejandro Charria Uribe Y Otros·Demandado: Juzgado Primero De Ejecucion De Penas De Buenaventura Valle Y Otros

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA, SUBSECCIÓN B CONSEJERO PONENTE: JUAN ENRIQUE BEDOYA ESCOBAR Bogotá D.C., cinco (5) de junio de dos mil veintitrés (2023) Referencia: Habeas Corpus Radicación: 11001-03-15-000-2023-02982-00 Demandante: Jhonny Fredy Castaño Mosquera, quien dice actuar en calidad de agente oficioso de Alejandro Charria Uribe y otros Demandado: Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Valle y otros CORRIGE AUTO _________________________________________________________ Mediante auto, también, del 5 de junio de 2023 el despacho remitió el expediente de la referencia, de manera inmediata, a la oficina de reparto de habeas corpus, para lo de su competencia; sin embargo, por error involuntario, se refirió que fuera de la ciudad de Bogotá, cuando lo correcto es Jamundí, de acuerdo con el sitio de reclusión de los demandantes1.

Así las cosas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo del 286 del CGP, el despacho corrige, de oficio, el auto del 5 de junio de 2023, en el entendido que se el expediente debe ser remitido a la oficina de reparto de habeas corpus de Jamundí (Valle). Notifíquese y cúmplase JUAN ENRIQUE BEDOYA ESCOBAR Firma electrónica e deja constancia de que esta providencia se firma en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema valida la integridad y autenticidad del presente documento en el link http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador 1 Cojam Jamundí Valle