Radicado: 76001-23-33-000-2022-01066-01 (28582) Demandante: Asobancaria Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA ACLARACIÓN DE VOTO Referencia: Nulidad y restablecimiento del derecho Radicación: 76001-23-33-000-2022-01066-01 (28582) Demandante: Asociación Bancaria y de Entidades Financieras de Colombia Asobancaria En el asunto, la Sala negó la solicitud de aclaración presentada por la parte demandada respecto de la sentencia proferida por esta Corporación el 01 de agosto de 2024 -que revocó la decisión de primera instancia y, en su lugar, anuló parcialmente el artículo 1 del Acuerdo 0529 de 2022 expedido por el concejo de Cali-.
Comparto la decisión contenida en el auto del 09 de septiembre de 2024 que negó la señalada solicitud de aclaración. Con todo, aclaro mi voto solamente para expresar que, frente a la sentencia del 01 de agosto de 2024 proferida en el asunto de referencia, salvé mi voto por considerar -en oposición a la posición mayoritaria de la cual me aparté- que atendiendo al principio constitucional de reserva de ley en materia tributaria, la opción prevista en el artículo 14 de la Ley 2082 de 2021 de poder aplicar en las ciudades capitales las normas que rigen para el Distrito Capital se debe predicar de una norma con rango de ley -en el caso, el Decreto Ley 1421 de 1993-, y no de una disposición con rango jerárquico igual o inferior -Acuerdo Distrital 816 de 202 o Decreto Distrital 352 de 2002- al acuerdo que adoptó la tarifa del tributo en Cali.
Y en ese orden, en mi opinión, correspondía confirmar la decisión de primera instancia que halló ajustada a la legalidad la norma acusada porque la tarifa del impuesto de industria y comercio para los servicios financieros allí dispuesta se encuentra dentro del margen establecido en la norma superior. Atentamente, (Firmado electrónicamente) WILSON RAMOS GIRÓN La integridad de este documento electrónico puede comprobarse con el «validador de documentos» disponible en: https://samai.consejodeestado.gov.co/Vistas/documentos/evalidador