CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN A Consejero ponente: JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ Radicación: 52001-2333-000-2019-00302-01 (74080) Demandante: Nación –Ministerio del Interior Demandado: Municipio de San Francisco Referencia: Controversias contractuales ACLARACIÓN DE VOTO Aclaro el voto emitido en favor de la sentencia, en punto del razonamiento incorporado en el párrafo 50, en el que se afirmó que no había lugar a actualizar el monto de la cláusula penal pecuniaria en segunda instancia porque el a quo, si bien declaró el incumplimiento, no procedió a actualizarlo, no lo ordenó y negó las demás pretensiones de la demanda, lo cual no fue impugnado y la Sala no podía incurrir, de oficio, en ello.
Comparto la decisión de confirmar la condena a la accionada1. Sin embargo, estimo que en la providencia se debió reflexionar, a partir del silencio del fallador de primer grado y de la demandante, sobre la previsión contenida en el Código General del Proceso, artículo 83, inciso 2, conforme a la cual: El juez de segunda instancia deberá extender la condena en concreto hasta la fecha de la sentencia de segunda instancia, aun cuando la parte beneficiada con ella no hubiese apelado”, en clave - especialmente- del artículo 187, inciso 4, del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el cual señala que hace parte de la sentencia el ajuste con base en el IPC.
Con ello, se habría respaldado de mejor manera la imposibilidad, solo para el caso concreto, de adoptar la indexación. Fecha ut supra, Firmado electrónicamente FERNANDO ALEXEI PARDO FLÓREZ Nota: esta aclaración de voto fue suscrita en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar la integridad y autenticidad del presente documento en el link https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8080/Vistas/documentos/evalidador.
Igualmente puede acceder al aplicativo de validación escaneando con su teléfono celular el código QR que aparece a la derecha. 1 Resolutivo tercero del fallo apelado: “Como consecuencia de la anterior declaración, CONDENAR al Municipio de San Francisco-P a reconocer y pagar al Ministerio del Interior, la suma de SETENTA Y DOS MILLONES DE PESOS ($72.000.000.60), con fundamento en la cláusula penal pecuniaria estipulada en la cláusula décima novena del convenio interadministrativo F-326 de 2015, equivalente al diez (10%) por ciento del valor total del convenio”.