CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA Magistrado ponente: PEDRO PABLO VANEGAS GIL Bogotá D.C., once (11) de agosto de dos mil veinticinco (2025) Acción: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2025-04852-00 Accionante: HERNANDO ENRIQUE BLANDON GARCIA Accionado: CAJA DE SUELDOS DE RETIRO DE LAS FUERZAS MILITARES Tema: Remite para reparto a otra autoridad judicial, de conformidad con las reglas de reparto del Decreto 1069 de 2015, modificado por los decretos 333 de 2021 y 799 de 2025.
AUTO 1. El señor Hernando Enrique Blandón García, actuando a nombre propio, presentó acción de tutela contra la Caja de Sueldos de Retiro de las Fuerzas Militares1 2. Verificado el expediente, el despacho considera que no es el llamado a conocer de la presente acción de tutela, conforme a lo establecido en el artículo 2.2.3.1.2.1.
Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 799 de 2025. Lo anterior, porque en virtud de las reglas de reparto el Consejo de Estado no es el llamado a conocer en primera instancia de tutelas contra la entidad que el actor identificó como accionada en el escrito de tutela, en la medida en que es una autoridad del orden nacional. 3.
En efecto, la autoridad accionada es la Caja de Sueldos de Retiro de las Fuerzas Militares y, por tanto, es necesario aplicar lo establecido en el numeral 2.º del artículo referido con antelación que establece lo siguiente: Las acciones de tutela que se interpongan contra cualquier autoridad, organismo o entidad pública del orden nacional, así como las actuaciones del presidente de la República, incluyendo las relacionadas con seguridad nacional, y las actuaciones administrativas, Políticas, programas y/o estrategias del Gobierno Nacional relacionadas con la erradicación de cultivos ilícitos, serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia, a los Jueces del Circuito o con igual categoría. 1 De la solicitud de amparo no es posible extraer con claridad cuáles son los derechos fundamentales o garantías constitucionales cuyo amparo solicita.
Accionante: Hernando Enrique Blandon García Accionado: Caja de Sueldos de Retiro de las Fuerzas Militares Radicado: 11001-03-15-000-2025-04852-00 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601350-6700 – Bogotá D. C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 2 4. En ese sentido, se concluye que esta autoridad judicial no es la llamada a conocer del presente asunto.
Por lo tanto, le corresponde tramitar este mecanismo constitucional a los juzgados administrativos de Barranquilla –reparto–, por ser el lugar de domicilio del accionante y, por tanto, el lugar en el que se manifiestan los efectos de la vulneración alegada. En mérito de lo expuesto, se RESUELVE:
PRIMERO: REMITIR la presente acción de tutela a los juzgados administrativos de Barranquilla –reparto–, por las razones expuestas.
SEGUNDO: NOTIFICAR la presente decisión al accionante por el medio más expedito y eficaz.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE PEDRO PABLO VANEGAS GIL Magistrado «Este documento fue firmado electrónicamente. Usted puede consultar la providencia oficial con el número de radicación en https://samai.consejodeestado.gov.co/Vistas/Casos/procesos.aspx»