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66001233300020180042101Consejo de Estado · Sección PrimeraAuto interlocutorio2021-09-16

Radicación interna: 9041 · ACCIONES POPULARES

Ponente: Hernando Sanchez Sanchez

Actor: Procuraduria 28 Judicial Ii Ambiental Y Agraria De Pereira·Demandado: Corporacion Autonoma Regional De Risaralda Y Otros

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA CONSEJERO PONENTE: HERNANDO SÁNCHEZ SÁNCHEZ Bogotá, D.C., ocho (8) de marzo de dos mil veinticuatro (2024) Referencia: Medio de control de protección de los derechos e intereses colectivos Núm. Único de Radicación: 660012333000201800421-01 Actor: Procuradora 28 Judicial II Ambiental y Agraria de Pereira Demandados: Corporación Autónoma Regional de Risaralda y Municipio de Dosquebradas Coadyuvante: Cotty Morales Caamaño Asunto: Resuelve sobre la admisión de un recurso de apelación adhesiva.

AUTO INTERLOCUTORIO Este Despacho procede a resolver sobre la admisión de un recurso de apelación adhesiva interpuesto contra la sentencia de 30 de julio de 2021 proferida por el Tribunal Administrativo de Risaralda. Consideraciones: 1. Vistos los artículos: i) 37 de la Ley 472 de 5 de agosto de 1998, sobre recurso de apelación; y ii) 322 de la Ley 1564 de 12 de julio de 2012, en especial, el parágrafo, sobre apelación adhesiva. 2.

Atendiendo a que la señora Cotty Morales Caamaño, en calidad de coadyuvante presentó recurso de apelación adhesiva1 mediante escrito del 3 de septiembre de 20212, contra la sentencia de 30 de julio de 2021 proferida por el 1 Mediante apoderado 2 Cfr. Índice 49 del expediente digital, SAMAI. Archivo denominado: 39_039APELACIONADHESIVA(.PDF) NroActua 49.

Número único de radicación: 66001233300020180042100 2 Número único de radicación: 660012333000201800421-01 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Tribunal Administrativo de Risaralda, el cual cumple con los requisitos previstos en la ley, este Despacho procederá a su admisión. En mérito de lo expuesto, el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, en Sala Unitaria, RESUELVE:

PRIMERO: ADMITIR la apelación adhesiva presentada por la señora Cotty Morales Caamaño, en calidad de coadyuvante contra la sentencia de 30 de julio de 2021 proferida por el Tribunal Administrativo de Risaralda.

SEGUNDO: NOTIFICAR a las partes e intervinientes, por estado.

TERCERO: Cumplido lo anterior, se ordena a la Secretaría General REMITIR el expediente al Despacho para proveer lo que en derecho corresponda.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. HERNANDO SÁNCHEZ SÁNCHEZ Consejero de Estado