Demandante: Javier Buitrago Buitrago Demandado: Tribunal Administrativo de Santander Radicación: 11001-03-15-000-2022-03918-00 1 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA Magistrado Ponente: LUIS ALBERTO ÁLVAREZ PARRA Paipa, veintiuno (21) de julio de dos mil veintidós (2022) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación No: 11001-03-15-000-2022-03918-00 Demandante: JAVIER BUITRAGO BUITRAGO Demandado: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SANTANDER Tema: Admisión tutela AUTO Procede el Despacho a resolver sobre la admisión de la solicitud de amparo presentada por el señor Javier Buitrago Buitrago contra el Tribunal Administrativo de Santander. 1.
ANTECEDENTES El señor Javier Buitrago Buitrago, por intermedio de apoderado judicial, mediante escrito enviado por correo electrónico el 15 de julio de 2022, a la dirección tutelaenlinea1@deaj.ramajudicial.gov.co, presentó acción de tutela con el fin de que se protejan sus derechos fundamentales de acceso a la administración de justicia, igualdad y laborales.
Las referidas garantías constitucionales las consideró vulneradas con ocasión del auto de 17 de enero de 2022, mediante el cual se resolvió el recurso de apelación que presentó contra la providencia de 3 de noviembre e 2020, del Juzgado Segundo (2°) Administrativo del Circuito Judicial de San Gil, que había rechazado la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho que impetró contra el municipio de Coromoro (Santander), la cual se identificó con el radicado número 68679-33-33-002-2017- 00189-00/01. 2.
CONSIDERACIONES El Despacho considera que la petición de amparo reúne los requisitos exigidos por el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991, esto es, se indicó con claridad la acción u omisión que la motiva, se deducen los derechos que consideran violados o amenazados, el nombre de las autoridades públicas autoras de la amenaza, así como Demandante: Javier Buitrago Buitrago Demandado: Tribunal Administrativo de Santander Radicación: 11001-03-15-000-2022-03918-00 2 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co el nombre y el lugar de residencia de los solicitantes, por lo tanto, se admitirá la acción de tutela impetrada.
En mérito de lo expuesto, el consejero Ponente, RESUELVE:
PRIMERO: ADMITIR la tutela presentada por el señor Javier Buitrago Buitrago contra el Tribunal Administrativo de Santander.
SEGUNDO: NOTIFICAR la admisión de la tutela a la parte actora y a los magistrados del Tribunal Administrativo de Santander, para que, si a bien lo tienen, rindan informe sobre los hechos y argumentos de la solicitud de amparo, dentro del término de dos (2) días, contados a partir de la fecha de su recibo.
TERCERO: TENER como prueba, con el valor legal que le corresponda, los documentos allegados electrónicamente con la tutela.
CUARTO: REQUERIR al Tribunal Administrativo de Santander y al Juzgado Segundo (2°) Administrativo del Circuito Judicial de San Gil, para que, quien lo tenga, remita de manera inmediata copia digital del expediente del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho identificado con el número de radicado 68679-33-33-002- 2017-00189-00/01, al correo electrónico secgeneral@consejoestado.ramajudicial.gov.co con destino al proceso de tutela de la referencia.
QUINTO: VINCULAR, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto Ley 2591 de 1991, al Juzgado Segundo (2°) Administrativo del Circuito Judicial de San Gil [autoridad judicial que conoce en primera instancia del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho] y al municipio de Coromoro (Santander) [parte demandada en el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho] para que, si lo consideran del caso, intervengan en la presente tutela dentro del término de dos (2) días contados a partir de la fecha del recibo de la correspondiente notificación. Lo anterior, porque en su condición de terceros interesados pueden resultar afectados con la decisión que se tome en la acción de tutela de la referencia.
SEXTO: ORDENAR a la Oficina de Sistemas del Consejo de Estado que realice una publicación en la página web de la Corporación, con la información de la tutela de la referencia, con el fin ponerla en conocimiento de los terceros interesados. Demandante: Javier Buitrago Buitrago Demandado: Tribunal Administrativo de Santander Radicación: 11001-03-15-000-2022-03918-00 3 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co SÉPTIMO: RECONOCER al abogado José Roberto Guerrero Gamboa como apoderado judicial del accionante, en los términos y para los efectos del poder otorgado en su favor y allegado al expediente.
OCTAVO: MANTENER el expediente de la presente acción en la Secretaría General de esta Corporación hasta que se cumplan los respectivos plazos, lapso en el cual se suspenden los términos perentorios de la acción constitucional.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE LUIS ALBERTO ÁLVAREZ PARRA Magistrado “Este documento fue firmado electrónicamente. Usted puede consultar la providencia oficial con el número de radicado en http://relatoria.consejodeestado.gov.co.8081”