Micelio
11001031500020230335800Consejo de Estado · Sección Segunda (Subsección A)Auto interlocutorio2023-06-22

Radicación interna: 5226 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Gabriel Valbuena Hernández

Actor: Luris Del Socorro Pombo Escaf·Demandado: Tribunal Administrativo Del Atlantico

w w w. c o n s e j o d e e s t a d o. g o v. c o Calle 12 No. 7–65 – Tel: (601) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA - SUBSECCIÓN A CONSEJERO PONENTE: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ Bogotá D.C., veintisiete (27) de junio de dos mil veintitrés (2023). Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2023-03358-00 Accionante: LURIS DEL SOCORRO POMBO ESCAF Accionado: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL ATLANTICO Auto admisorio Se ADMITE la solicitud de tutela instaurada por la señora Luris del Socorro Pombo Escaf, quien actúa por conducto de apoderado, en contra del Tribunal Administrativo del Atlántico, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, igualdad, acceso a la administración de justicia y seguridad social, con ocasión del trámite impartido al medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho con radicado núm. 08-001-23-33-000- 2015-00495-00.

TÉNGANSE como pruebas, las aportadas con el escrito de tutela.

NOTIFÍQUESE al Tribunal Administrativo del Atlántico como accionado y a la Nación - Caja de Sueldos de Retiro de las Fuerzas Militares de Colombia - CREMIL como tercero interesado en las resultas del proceso. Asimismo,

NOTIFÍQUESE a la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, para que, si a bien lo tiene, intervenga en el presente proceso. ACC IÓN D E T UTEL A Radicado: 11001-03-15-000-2023-03358-00 Accionante: Luris del Socorro Pombo Escaf w w w. c o n s e j o d e e s t a d o. g o v. c o Calle 12 No. 7–65 – Tel: (601) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia 2 REMÍTASE copia de la solicitud de tutela a las partes para que procedan a rendir el respectivo informe dentro del término de tres (3) días, contados a partir de la notificación de la presente providencia. REQUIÉRASE al Tribunal Administrativo del Atlántico para que allegue copia en medio magnético o el respectivo link de acceso al expediente del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho con radicado núm. 08-001-23-33-000-2015-00495-00, donde figura como demandante la señora Luris del Socorro Pombo Escaf.

Se RECONOCE PERSONERÍA a la abogada Martha Lucia Henríquez Villarreal con tarjeta profesional núm. 32.900 del Consejo Superior de la Judicatura como apoderada de la parte demandante, en los términos y para los fines conferidos en el poder especial obrante en el expediente.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ Consejero de Estado