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25000233600020170119601Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección C)Auto interlocutorio2023-07-18

Radicación interna: 70097 · LEY 1437 CONTROVERSIAS CONTRACTUALES

Ponente: William Edgardo Barrera Muñoz

Actor: Compañia Mundial De Seguros Sa, Consorcio Aeropistas·Demandado: Unidad Administrativa Especial De Aeronáutica Civil Aerocivil

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN C Consejero ponente: JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ (E) Bogotá D.C., catorce (14) de septiembre de dos mil veintitrés (2023) 1. Por cumplir con las exigencias a que se refiere el artículo 247-1 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo 1, y reunir los demás requisitos legales2, ADMÍTESEN los recursos de apelación oportunamente interpuestos por la Compañía Mundial de Seguros S.A. y la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil contra la sentencia del 10 de noviembre de 2022, proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera- Subsección C3. 2.

Para efectos de notificaciones, TÉNGASE en cuenta la información registrada en la Secretaría de la Sección Tercera de esta Corporación.

NOTIFÍQUESE por estado electrónico esta providencia a las partes, en atención a lo dispuesto en los artículos 201 de la Ley 1437 de 2011 y 9 de la Ley 2213 de 2022 y, personalmente, al representante del Ministerio Público. FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ VF Nota: se deja constancia de que esta providencia fue aprobada en la fecha de su encabezado y que se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar la integridad y autenticidad del presente documento en el link https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8080/Vistas/documentos/evalidador.

Igualmente puede acceder al aplicativo de validación escaneando con su teléfono celular el código QR que aparece a la derecha. Se recuerda que, con la finalidad de tener acceso al expediente, los abogados tienen la responsabilidad de registrarse en el sistema Samai. 1 Dado que los recursos de apelación fueron interpuestos el 9 de diciembre de 2022, esto es, en vigencia de la Ley 2080 de 2021 -26 de enero de 2021-, al presente asunto le resultan aplicables las disposiciones del CPACA con las modificaciones introducidas por esta ley, en atención a lo previsto en el artículo 86 de la Ley 2080 de 2021. 2 Obran a índice 81 y 82 del aplicativo Samai del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. 3 El recurso fue concedido por el Tribunal el 20 de febrero de 2023.

El expediente ingresó al despacho el 24 de julio de este mismo año. Radicación: 25000-23-36-000-2017-01196-01 (70.097) acumulado con 25000-23-36-000-2017-00469-00 Actor: Compañía Mundial de Seguros S.A. y otros Demandado Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Aerocivil Referencia: Controversias contractuales