CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA SUBSECCIÓN B Bogotá, D.C., cinco (5) de julio de dos mil veintitrés (2023). Radicado número: 11001-03-15-000-2023-03506-00 Accionante: Jairo Augusto Pérez Vasco Accionado: Corte Constitucional Acción de Tutela Por reunir los requisitos contenidos en el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991, se admite la demanda que en ejercicio de la acción de tutela presenta el señor Jairo Augusto Pérez Vasco, contra la Corte Constitucional.
Póngase en conocimiento de la autoridad judicial accionada, la admisión de la presente demanda de tutela, haciéndole llegar copia de la misma, con el fin que rinda el informe señalado en el artículo 19 del Decreto 2591 de 1991, para lo cual se le otorga un término de dos (2) días contados a partir del recibo de la comunicación. Por Secretaría General, ofíciese a la Presidencia de la Corte Constitucional, para que, en el término de dos (2) días contados a partir del recibo de la notificación, allegue en medio magnético, los documentos relacionados con el tramite adelantado para dar respuesta a la petición remitida por el señor Jairo Augusto Pérez Vasco, a través de correo electrónico del 26 de octubre de 2022.
Radicado Nº. 11001-03-15-000-2023-03506-00 Actor: Jairo Augusto Pérez Vasco 2 Con el valor que les asigne la ley, téngase como prueba los documentos aportados con el escrito de tutela, los cuales serán apreciados en la oportunidad correspondiente.