Radicado: 20001-23-39-000-2017-00291-01 (68933) Demandantes: Rándy Alberto Movilla Figueroa y otros 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado ponente: FREDY IBARRA MARTÍNEZ Bogotá, D. C., diez (10) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024) Referencia: Reparación directa Radicación: 20001-23-39-000-2017-00291-01 (68933) Demandantes: Rándy Alberto Movilla Figueroa y otros Demandada: Nación – Ministerio de Defensa – Policía Nacional Tema: Culpa patronal Aclaración de voto del magistrado Martín Bermúdez Muñoz Comparto la decisión de confirmar el fallo que negó las pretensiones de la demanda.
No obstante, considero que esta determinación debió fundamentarse en la falta de acreditación de la culpa patronal, conforme al artículo 216 del Código Sustantivo del Trabajo. En efecto, el daño cuya indemnización solicitan los demandantes se originó en un accidente de trabajo porque la víctima directa, un agente de policía, fue atropellada mientras cumplía con sus funciones.
De acuerdo con la disposición mencionada, la entidad demandada solo estaba obligada a reparar integralmente dicho daño <<[c]uando exista culpa suficiente comprobada del empleador en la ocurrencia del accidente de trabajo o de la enfermedad profesional>>. Sin embargo, en este caso no se acreditó tal circunstancia. Fecha ut supra, Con firma electrónica MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Magistrado