CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN C Consejero ponente: GUILLERMO SÁNCHEZ LUQUE Bogotá D.C., uno (1) de diciembre de dos mil veintiuno (2021) Radicación número: 20001-23-31-000-2009-00112-01(41867) Actor: LAUDITH DAMARIS ÁLVAREZ POLANCO Y OTROS Demandado: NACIÓN-RAMA JUDICIAL-FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN Referencia: ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA CORRECCIÓN DE SENTENCIA-Procede por cambio, omisión o alteración de palabras.
La parte demandante solicitó la corrección de la sentencia del 3 de agosto de 2016, porque en la parte resolutiva se indicó que Anyeli Michel Álvarez Polanco era beneficiaria de la condena por daños morales cuando su nombre era Anyely Michel Álvarez Polanco. 1. El artículo 310 CPC, aplicable por remisión expresa del artículo 267 CCA, establece que toda providencia en que se haya incurrido en un error puramente aritmético es corregible por el juez que la dictó, en cualquier tiempo, de oficio o a solicitud de parte.
Este precepto aplica a los casos de error por omisión, cambio o alteración de palabras, siempre que estén contenidas en la parte resolutiva de la providencia o influyan en ella. La corrección solo persigue subsanar yerros aritméticos -como la equivocación en una operación aritmética, la discordancia de números, o la aplicación equivocada de una fórmula- o errores en palabras, omitidas o alteradas, que incidan en la providencia, sin que se pueda alterar o modificar en forma sustancial lo decidido. 2.
La providencia del 3 de agosto de 2016, en forma errada, indicó en el numeral primero de la parte resolutiva como beneficiaria de la condena por perjuicios morales, entre otros, a Anyeli Michel Álvarez Polanco cuando su nombre era Anyely Michel Álvarez Polanco, según da cuenta su registro civil de nacimiento (f. 8 c. 1, índice 33, Samai).
En consecuencia, se corregirá la sentencia en este sentido.
RESUELVE
PRIMERO. CORRÍGESE la parte resolutiva de la sentencia del 3 de agosto de 2016, en el numeral primero, en el sentido de señalar que Anyely Michel Álvarez Polanco es el nombre correcto de la beneficiaria de la condena por perjuicios morales. CÓPIESE,
NOTIFÍQUESE, CÚMPLASE Y DEVÚELVASE. Firmado electrónicamente JAIME ENRIQUE RODRÍGUEZ NAVAS Presidente de la Sala Firmado electrónicamente GUILLERMO SÁNCHEZ LUQUE Firmado electrónicamente NICOLÁS YEPES CORRALES FGC/LMM/Expediente electrónico